Antecedentes
La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC,
por sus siglas en inglés) tiene normas para que los fabricantes de
productos de telecomunicaciones y los proveedores de estos
servicios hagan sus productos y servicios accesibles a las
personas con discapacidades, si es factible. Estas normas ponen en
práctica la Sección 255 de la Ley de Comunicaciones la cual exige
que los fabricantes y proveedores fabriquen equipos y provean
servicios respectivamente que sean compatibles con los
dispositivos periféricos y con el equipo especializado en las
instalaciones del cliente, normalmente utilizados por personas con
discapacidades, si dicha compatibilidad es factible. La FCC
recientemente ha determinado que los proveedores de telefonía por
Internet (VoIP) interconectado deben cumplir con la Sección 255.
Productos y servicios a los
que se refiere la Sección 255
Las normas de la FCC incluyen todo el
equipo hardware y software de la red telefónica, y el
equipo en las instalaciones del cliente (CPE, por sus
siglas en inglés). El CPE es el equipo de
telecomunicaciones usado en casa u oficina (u otra
instalación) para originar, encaminar o terminar una
telecomunicación. Por ejemplo, los teléfonos, máquinas de
fax, máquinas contestadoras y buscapersonas. Esta sección
incluye el CPE con y sin funciones de telecomunicación o
aquel que tiene cierto grado de funciones de
telecomunicación.
Las normas de la FCC cubren los
servicios básicos y especiales de telecomunicaciones,
incluyendo llamadas telefónicas normales, llamadas en
espera, marcación rápida, redirección de llamadas,
asistencia de directorios telefónicos por computadora,
monitoreo de llamadas, identificador de llamadas,
rastreador de llamadas y marcación repetida. También
cubren los sistemas de respuesta de voz interactiva (IVR,
por sus siglas en inglés) y correo de voz. Los sistemas
telefónicos IVR ofrecen al consumidor menús de selección. |
Definiciones
Accesible: Un producto o servicio se
considera accesible si tiene funciones de entrada, control y
mecánicas accesibles, así como también funciones de salida,
pantalla y control. Por ejemplo, un buscapersonas sería accesible
para las personas ciegas o sordas si tuviera controles y funciones
visuales y de audio para ingresar la información y recuperar los
mensajes.
Utilizable: Para que un producto o
servicio sea utilizable por personas discapacitadas deberá poder
ser aprendido y usado eficientemente por el discapacitado. Esto
incluye que provea el acceso a la información y documentación para
el producto o servicio, incluyendo instrucciones y guías de uso.
Además, las compañías deben proporcionar acceso funcional
equivalente a los servicios de ayuda al cliente como son líneas de
servicio técnico y bases de datos, centros de llamadas, centros de
servicio, acceso a servicios de reparación y de facturación.
Compatible: Las normas de la FCC
establecen que cuando no es factible que un producto o servicio
determinado sea accesible a los discapacitados, entonces ese
producto o servicio debe ser compatible con los dispositivos
periféricos o equipo especializado en las instalaciones del
cliente (SCPE, por sus siglas en inglés), si esto es factible de
hacer. Los dispositivos periféricos son dispositivos que permiten
que los discapacitados tengan acceso a los productos y servicios
de telecomunicaciones. Algunos ejemplos son los teléfonos de texto
(TTY, por sus siglas en inglés), los dispositivos de señalización
visual y amplificadores. El SCPE incluye equipo que normalmente se
usa en las instalaciones de una persona discapacitada para poder
originar, encaminar y finalizar las llamadas u otros contactos de
telecomunicaciones. El TTY con conexión directa a la red es
considerado un SCPE. Los dispositivos de tecnología de asistencia,
como son los audífonos o anteojos, que tienen una amplia
aplicación fuera del contexto de las telecomunicaciones, no se
consideran equipo periférico o SCPE, aún si se usan conjuntamente
con el equipo periférico o SCPE. Las normas establecen los
siguientes requisitos para cumplir con la compatibilidad:
-
Acceso electrónico externo a todos los
mecanismos de información y control;
-
Un punto de conexión para dispositivos
externos de procesamiento de audio;
-
Capacidad de conexión a los TTY; y
-
Capacidad para usar las señales de los TTY.
Identificación de necesidades de acceso
Las compañías deben involucrarse en una serie
de actividades para identificar las barreras a la accesibilidad y
utilidad de los productos y servicios de telecomunicaciones. Por
ejemplo:
-
Cuando la compañía realice estudios de
mercado, diseño de productos, pruebas, demostraciones piloto y
ensayos de producto, deberá incluir a los discapacitados dentro
de su población objeto;
-
Las compañías deben trabajar en conjunto
con las organizaciones que están relacionadas con personas
discapacitadas; y
-
Las compañías deben hacer todo esfuerzo
razonable para probar las soluciones de acceso con las personas
discapacitadas.
¿Cuándo deben evaluar los fabricantes de equipo y proveedores de servicios de telecomunicaciones las necesidades de acceso para discapacitados?
Los fabricantes y proveedores deben evaluar
la accesibilidad, utilidad y compatibilidad de sus equipos y
servicios tan pronto y lo más consistente posible con el proceso
de diseño, desarrollo y fabricación de los mismos. Además, deberán
revisar la accesibilidad de sus productos en cada "oportunidad
natural", inclusive cuando rediseñen el producto, mejoren los
servicios o hagan cambios significativos en la forma como agrupan
el paquete de productos y servicios. Los cambios estéticos que no
cambian el diseño real del producto, como es el color, la forma,
el nombre del modelo o la designación de un producto, no
originarán la reevaluación de acceso del mismo.
¿Necesitan las compañías revisar la
accesibilidad y utilidad de todos sus productos y servicios?
Las compañías deberán incorporar en el diseño
de sus productos o servicios todas aquellas características que
requieran poco o ningún gasto o dificultad. En algunos casos es
posible que sea factible incorporar algunas características de
acceso en algunos productos y servicios, pero no en todos. En esos
casos las compañías tienen la flexibilidad de distribuir dichas
características en toda su línea de productos o servicios, en
tanto hagan todo aquello que sea factible.
¿Cómo determina la FCC las acciones que son
factibles?
El estándar de "factible" exige que las
compañías incorporen todas las características de acceso que sean
fáciles de lograr sin mucha dificultad o costo. Para determinar lo
que es factible de hacer, las compañías deben hacer un balance del
costo y de la naturaleza del acceso que se requiere con sus
recursos disponibles. Las compañías con más recursos, necesitarán
hacer más para lograr el acceso, que las compañías con menores
presupuestos. Esto lo determinará la Comisión evaluando cada caso.
Es posible que una compañía no necesite integrar una
característica de acceso cuando al hacerlo se altere esencialmente
el producto, reduciendo su funcionalidad haciendo que algunas
características no sean utilizables, o impida o deteriora en forma
importante el uso del producto por otras personas, o si altera
substancial y materialmente la forma, tamaño o peso del producto.
En forma similar, una compañía no tiene que incorporar un
dispositivo de acceso que técnicamente no sea posible. Sin
embargo, las compañías que desean hacer este argumento, deben
proporcionar evidencia que apoye su posición.
¿Cubren las normas de la Sección 255 de la
FCC la arquitectura de la red?
Además de cubrir el equipo y servicios, las
normas exigen que la arquitectura de la red de telecomunicaciones
esté diseñada de tal forma que no obstaculice el acceso a las
personas discapacitadas. Esta arquitectura cubre la red pública
conmutada e incluye las bases de datos de hardware y software
asociadas con los servicios de encaminamiento de
telecomunicaciones en todo el país.
¿Cómo pueden los consumidores contactar a
los fabricantes y proveedores de servicio para darles a conocer
sus inquietudes de acceso a las telecomunicaciones?
No obstante que no es necesario, los
consumidores pueden si lo desean contactar al fabricante o
proveedor del servicio antes de presentar una queja con la FCC.
Ellos ya han proporcionado a la Comisión información para
contactar a las personas y oficinas dentro de sus empresas que son
responsables de manejar los problemas y agravios sobre
accesibilidad. Los consumidores pueden encontrar esta información
en el sitio Web del Despacho de Derechos para Discapacitados de la
FCC en
www.fcc.gov/cgb/dro/section255.html.
Presentación de quejas
La FCC puede imponer una variedad de castigos
a las compañías que no cumplen con la Sección 225, incluyendo
multas (sólo contra las compañías telefónicas), órdenes de cese y
abstención, y en casos extremos, la solicitud de productos
renovados que sean accesibles a los discapacitados. Por lo tanto,
si tiene problemas para acceder a equipos o servicios de
telecomunicaciones y no puede resolver el problema directamente
con el proveedor, puede presentar la queja con la FCC, sin cargo
alguno. Puede hacerlo usando el formulario en línea que se
encuentra en
www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html, por correo
electrónico escribiendo al Centro para el Consumidor
fccinfo@fcc.gov; por teléfono
llamando al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; por fax al 1-866-418-0232; o por correo a:
Federal Communications Commission
Consumer
and Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints
Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.
Lo que debe incluir su queja
La mejor manera de proporcionar toda la
información que la FCC necesita para procesar su queja es
completando el formulario en línea. Si no usa el formulario de
quejas electrónico, su queja debe indicar, como mínimo:
-
su nombre, dirección, su dirección de
correo electrónico y un número de teléfono donde localizarlo;
-
si presenta la queja en nombre de otra
persona, dar el nombre, dirección, dirección de correo
electrónico, teléfono donde se localiza durante el día esa
persona y cuál es su relación con ella;
-
formato o método de respuesta preferido
(carta, fax, teléfono de voz, correo electrónico, TRS, TTY,
texto ASCII, grabación de audio o Braille);
-
el nombre, dirección y número de teléfono
(si lo sabe) de la compañía o compañías involucradas en su
queja;
-
la marca y número de modelo del equipo o
aparato si su queja se relaciona con accesibilidad al equipo de
telecomunicaciones; y
-
Una breve descripción de su queja y la
resolución que está buscando y una descripción completa del
equipo o servicio del cual se queja, incluyendo la fecha de
compra, uso o intento de uso
Para más información
Para más información
sobre los programas de la FCC para promover los
servicios de telecomunicaciones para personas
discapacitadas, visite el sitio Web del Despacho de
Derechos de Discapacitados de la FCC en
www.fcc.gov/cgb/dro/welcomeSpanish.html. Para
información sobre otros temas de telecomunicaciones,
visite el sitio Web de la Oficina de Asuntos
Gubernamentales y del Consumidor en
www.fcc.gov/cgb/spanish/; o
contacte el Centro para el Consumidor usando la
información proporcionada en la sección de presentación
de quejas. |
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