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Protegiendo a los Niños de Contenido Inadecuado en Aparatos y Teléfonos Móviles

Información de la FCC para el Consumidor


Antecedentes

El número de personas de todas las edades que utilizan aparatos y teléfonos móviles para comunicarse, recopilar información y entretenerse, en todo tipo de lugares, aumenta de manera constante. Conforme se introducen nuevas tecnologías inalámbricas o móviles, así también hay formas nuevas y extensas de obtener información y entretenimiento mediante teléfonos o dispositivos móviles.

Con los beneficios de la tecnología inalámbrica, vienen aunados daños potenciales: el mayor uso de teléfonos y dispositivos inalámbricos por parte de los niños, lo que les da la oportunidad de tener acceso a material inadecuado para ellos, lejos de la supervisión de padres y apoderados.



Control del acceso al material para inadecuado

El material para adultos y otros materiales, potencialmente objetables, se han hecho cada vez de más fácil acceso a través de las transmisiones de la televisión abierta y por suscripción, películas, videos y grabaciones de audio, juegos de video y la Internet. En el caso de la televisión, desde el primero de enero de 2000, la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) exige que los nuevos televisores de 13 pulgadas o más contengan un microprocesador especial o “V-chip” que permite a los padres u otras personas a cargo de los menores, bloquear la programación de televisión de la que quieren privar a sus niños. También se exige que los computadores personales que incluyen un sintonizador de televisión y un monitor de 13 pulgadas o más incluyan un V-chip. Para obtener más información sobre esta tecnología, vea nuestra hoja informativa para el consumidor, en www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/vchip.html.

Tras la reciente puesta en vigencia de la Ley Audiovisual de Seguridad Infantil de 2007, la FCC comenzará a analizar formas de bloquear tecnologías de otros aparatos, aparte de los televisores. La Ley ordena a la FCC iniciar un estudio de:

  • La existencia y disponibilidad de tecnologías de bloqueo avanzadas, compatibles con varios aparatos de comunicaciones.

  • Métodos para alentar el desarrollo, instalación y uso de tecnologías de ese tipo, por parte de los padres, que no afecten el empaque ni el precio del contenido.

  • La existencia, disponibilidad y uso de iniciativas y herramientas que ya están disponibles en el mercado y que otorgan a los padres capacidad de control.

La nueva ley ordena a la FCC buscar información sobre tecnologías de bloqueo apropiadas, no sólo para la programación de televisión, sino también para el contenido disponible en aparatos de telefonía móvil y en la Internet. La FCC también debe examinar tecnologías de bloqueo, capaces de filtrar el lenguaje en el subtitulado opcional y que operen de manera independiente de las clasificaciones establecidas por los creadores de programas. La FCC debe emitir un informe para el Congreso, resumiendo sus conclusiones.

Directivas voluntarias de la industria de telefonía móvil

La industria de aparatos inalámbricos y teléfonos móviles, asociada en la denominada CTIA, por sus siglas en inglés (The Wireless Association®), ha desarrollado una directiva voluntaria destinada a los proveedores de servicios de telefonía móvil, la que clasifica el contenido que los proveedores proporcionan a sus clientes en los aparatos inalámbricos. Sólo el contenido adquirido directamente del proveedor de servicios de telefonía móvil -ya sea una compra individual o como parte del paquete por el que paga mensualmente- puede ser clasificado y bloqueado, si el proveedor opta por hacerlo.

El contenido que ha sido generado o es propiedad de los suscriptores, como textos o mensajería instantánea y mensajería electrónica (incluyendo las salas de charla y la publicación de mensajes) y el contenido al que se accede mediante Internet no pueden ser clasificados. Sin embargo, las directivas instan a los proveedores de servicios de telefonía móvil a proveer programas que filtren el contenido al que se accede vía Internet.

Las empresas proveedoras de telefonía móvil que optan por seguir esta directiva aceptan aplicar por lo menos dos clasificaciones de contenido y bloquean el contenido para los suscriptores que desean limitar el acceso. Las dos clasificaciones mínimas de contenido son:

(1) Acceso general o disponible para los consumidores de todas las edades.

(2) Acceso restringido o sólo para jóvenes a partir de los 18 años de edad o para personas menores de 18 años, cuando así lo autorice específicamente el padre o tutor. El sistema de clasificación Restringida generalmente utiliza los criterios de los sistemas ya existentes de clasificación para películas, televisión, música y juegos o se basa en ellos.

La FCC alienta los esfuerzos de la industria por resolver todos los aspectos que preocupan al consumidor sobre el acceso a material inadecuado para niños, pero no garantiza ni ha participado en el desarrollo de estas directivas en particular. Estas directivas son voluntarias y no tienen la fuerza de las normas de la FCC y la FCC no puede responder por quejas ni adoptar acción alguna en caso de incumplimiento de directivas que no corresponden a prohibiciones impuestas por las normas de la FCC. Puede obtener más información sobre estas directivas y las empresas operadoras de telefonía móvil participantes, ya sea consultando www.ctia.org (en inglés), llamando a la CTIA al (202) 785-0081 o escribiendo a la CTIA, 1400 16th Street, NW, Suite 600, Washington, DC 20036.

Lo que usted debe saber

Una de las mejores formas en que los padres pueden proteger a los niños de contenidos potencialmente inadecuados en teléfonos o dispositivos móviles, es conociendo los tipos de contenido y aplicaciones o programas a los que los menores pueden acceder mediante su aparato en particular. Las selecciones disponibles varían, dependiendo del nivel de sofisticación del aparato y de los servicios que usted puede haber contratado a su proveedor de telefonía móvil. Los proveedores generalmente ofrecen descargar contenido por una sola vez o por el uso de alguna aplicación, por una tarifa determinada cada vez o descargar contenidos o aplicaciones de manera ilimitada, por una tarifa fija.

A continuación, los tipos de contenido que pueden descargarse:

  • Imágenes, como “el tapiz” de fondo para la pantalla de su teléfono.

  • Juegos, incluyendo algunos que también están disponibles para sistemas de juegos como Playstation© o Xbox©.

  • Música y canciones, incluyendo tonos de llamada, tonos de aviso y descargas de canciones completas.

  • Videos, incluyendo ciertos programas de televisión, películas y videos musicales, así como programación especial en video, creada para teléfonos móviles y disponible sólo mediante ese tipo de aparatos.

  • Mensajes de texto, foto y video. La mayoría de los teléfonos móviles y dispositivos inalámbricos pueden usarse para intercambiar mensajes, incluyendo los mensajes de texto e instantáneos, así como fotos y videos. Si su servicio incluye acceso a Internet, los aparatos móviles también pueden enviar y recibir mensajes electrónicos. Estos servicios pueden ser usados para solicitar, comprar y recibir contenido de varias fuentes, incluyendo sitios de Internet. Por ejemplo, los usuarios pueden enviar un “código corto” de cinco dígitos para solicitar cierto tipo de información, como los resultados deportivos o pronósticos meteorológicos que son enviados directamente a sus teléfonos móviles o dispositivos inalámbricos.

Adicionalmente, los aparatos móviles más sofisticados pueden ser usados para navegar en Internet. La mayoría de los teléfonos móviles inteligentes, como el iPhone y los asistentes digitales personales (PDAs, por sus siglas en inglés) poseen pantallas de mayor tamaño y teclados completos que ofrecen las mismas capacidades de navegación que las computadoras portátiles. Numerosos proveedores de servicios de telefonía móvil también ofrecen acceso a páginas de Internet de uso frecuente, como Yahoo o ESPN, las que han sido diseñadas especialmente para ser vistas mediante aparatos portátiles más simples, con pantallas más pequeñas y teclados limitados.

Lo que usted puede hacer

A continuación, algunas medidas que puede adoptar para ayudar a evitar que sus niños se expongan a contenidos inadecuados en sus teléfonos móviles o dispositivos inalámbricos.

  • Conozca y comprenda las capacidades de los aparatos móviles que usan sus hijos y el tipo de contenido y aplicaciones disponibles bajo su plan de servicio (ya sea incluidos o proporcionados por una tarifa adicional).

  • Consulte con su proveedor de servicio respecto al bloqueo de programas u otros controles para los padres que puedan ser instalados en dispositivos o teléfonos móviles utilizados por los menores.

  • Consulte con sus niños respecto a la forma en que utilizan sus aparatos móviles y lo que envían y reciben o descargan (y de qué fuente).

  • Si sus niños tienen acceso a sitios de Internet desde sus dispositivos móviles, sepa a qué sitios tienen acceso y los peligros asociados con ellos, en particular, los sitios electrónicos de redes sociales y las salas de charla vía electrónica. Para información general respecto a la seguridad de los niños en Internet, vea nuestra hoja de información para el consumidor, en Internet, www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/cipa.html.

  • Monitoree sus cuentas o facturas. Las compras de contenido o de aplicaciones efectuadas desde un aparato móvil y que no están incluidas en su plan de servicio regular deberían aparecer como un artículo separado en su cuenta. Las normas de la FCC sobre transparencia en los recibos de venta exigen a las compañías telefónicas describir los servicios que se cobran en lenguaje claro, no engañoso y simple. La firma que le envía la cuenta debe identificar al proveedor de los servicios relacionados con cada cargo. Cada recibo debe mostrar uno o más teléfonos de llamada gratuita a los que usted puede llamar para averiguar sobre cualquier cambio en la cuenta.

  • Visite sitios de organizaciones sobre seguridad y educación en la Internet, como www.wiredkids.org (en inglés).

Para Más información

Para obtener más información sobre otros temas de comunicaciones, visite el sitio en Internet de la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor en www.fcc.gov/cgb o comuníquese con el Centro para el Consumidor por correo electrónico a fccinfo@fcc.gov. Puede llamar al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232 o escribir a:

Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.


Para ésta u otra publicación para el consumidor en formato accesible (texto electrónico ASCII, Braille, letra grande, o audio) escríbanos o llame a la dirección o teléfono indicados abajo, o envíe un e-mail a FCC504@fcc.gov.

Visite www.fcc.gov/cgb/contacts/ para recibir información sobre éste y otros temas de la FCC para el consumidor a través del servicio de suscripción electrónica de la Comisión.

Este documento tiene como único propósito el educar al consumidor y no afectará ningún procedimientos o caso sobre este asunto u otros relacionados.

02/18/09

 

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last reviewed/updated on 02/25/09 


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