Antecedentes
La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC,
por sus siglas en inglés) creó en 1982 el servicio de Televisión
de Baja Potencia (LPTV) para permitir las transmisiones
televisivas locales orientadas a comunidades pequeñas. Estas
comunidades pueden estar en áreas rurales o ser comunidades
individuales dentro de áreas urbanas mayores. El servicio de
LPTV es un medio menos costoso y más flexible de transmisión de
programas orientados a satisfacer los intereses de los
televidentes en áreas pequeñas localizadas, en comparación con
las transmisiones de las estaciones de TV tradicionales que
ofrecen todos los servicios. Este servicio ha creado
oportunidades para estaciones nuevas, ha dado los medios para la
autoexpresión local y permitido el uso completo del espectro de
transmisión.
Requisitos de la FCC
Las estaciones de LPTV tienen una
“prioridad secundaria del espectro” con respecto a las
estaciones que ofrecen todos los servicios. Esto significa
que las estaciones de LPTV no deben interferir con
la recepción de estaciones televisivas que ya existen o
futuras que ofrecen todos los servicios, deben aceptar
interferencia de las estaciones con servicios completos y
deben ceder la transmisión a las nuevas estaciones si hay
interferencia.
En caso de interferencia entre los
sistemas de cable y las estaciones de LPTV, se aplica la
política “el primero en tiempo, primero con derecho.” Bajo
esta política, el sistema de cable o la estación de LPTV
que haya tenido el uso inicial del canal, tiene la
prioridad y no es responsable de corregir la interferencia.
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Funcionamiento de la estación de LPTV
Las estaciones de LPTV son manejadas por
diversos grupos y organizaciones – escuelas preparatorias y
universidades, iglesias, grupos religiosos, gobiernos locales,
negocios grandes y pequeños y ciudadanos. Los modos de operación y
programación de una estación de LPTV varían mucho y pueden ir
desde la programación transmitida vía satélite, programas
sindicados, películas y una gama amplia de programas producidos
localmente. Las estaciones de LPTV algunas veces diseñan segmentos
del programa o toda la programación para un grupo específico de
televidentes (teniendo en cuenta la edad, lenguaje o interés
particular).
Desde el punto de vista técnico, las
estaciones de LPTV transmiten en uno de los canales estándar de
televisión VHF o UHF. La distancia desde la cual una estación
puede ser vista depende de varios factores - altura de la antena,
potencia del transmisor, antena de transmisión y naturaleza del
medio ambiente (rural o urbano, colinas o terreno plano).
Solicitud para una estación de LPTV
Se aceptan nuevas solicitudes para las
estaciones de LPTV y traductoras de TV sólo durante ciertos plazos
designados. La FCC anuncia dichos plazos como mínimo 30 días antes
de su inicio. El anuncio especifica los detalles sobre cómo hacer
la solicitud. Los interesados deben verificar periódicamente el
sitio Web de la Oficina de Medios de Comunicación (MB, por sus
siglas en inglés) en
www.fcc.gov/mb/video para ver las fechas de solicitud.
Propiedad y funcionamiento de una
estación de LPTV
No existe límite en cuanto al número de
estaciones de LPTV que puede poseer una sola entidad. Los
titulares actuales de televisoras, operadores de cable y
periódicos pueden ser propietarios de estaciones de LPTV. Estas
estaciones pueden funcionar en cualquier canal disponible de VHF
(2-13) o UHF (14-51), siempre y cuando no causen interferencias
objetables.
La FCC no asigna canales para el servicio
de LPTV; los solicitantes seleccionan los canales y aplican
durante un cierto período de tiempo.
Las estaciones de LPTV están limitadas a
una potencia radiada de 3 kilovatios (VHF) y 150 kilovatios
(UHF). No hay límites sobre la potencia de salida del transmisor
ni sobre la altura de la antena, siempre y cuando la estructura
de la torre haya sido registrada en la FCC.
Programación y contenido de la
programación
Las estaciones de LPTV están sujetas a un
mínimo de reglamentos relacionados con los programas. No existe
una cantidad prescrita sobre la programación que no es de
entretenimiento o la programación local, no hay límites de
comerciales y no hay un mínimo de horas de transmisión. Sin
embargo, se prohíbe la difusión de programas obscenos en todo
momento y la difusión de programas considerados indecentes y
profanos entre las 6 a.m. y 10 p.m.
Para más
información
Para más información
sobre las estaciones de LPTV, visite el sitio Web de la
Oficina de Medios de Comunicación en
www.fcc.gov/mb. Para
información sobre otros temas de comunicaciones, visite
la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor
en www.fcc.gov/cgb, o comuníquese
con el Centro para el Consumidor de la FCC por correo
electrónico escribiendo a
fccinfo@fcc.gov;
llamando al 1-888-CALL- FCC (1-888-225-5322) voz o al
1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; por fax al
1-866-418-0232; o escribiendo a:
Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554. |
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