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Televisión educativa para niños

Información de la FCC para el Consumidor


Antecedentes

Los datos recientes indican que, en promedio, los niños en Estados Unidos pasan cerca de tres horas al día viendo televisión. Este "huésped" de nuestros hogares tiene el potencial de moldear significativamente el desarrollo de nuestros hijos. Por este motivo, el Congreso ha determinado que las televisoras, comerciales y no comerciales, tienen la obligación de ofrecer una programación educativa e informativa para los niños. Además, las televisoras con licencia, operadores de cable y proveedores de servicio de satélite deben limitar la cantidad de comerciales durante los programas infantiles.

En 1990, el Congreso aprobó la Ley de Televisión Infantil (CTA, por sus siglas en inglés) para incrementar la programación educativa e informativa para niños. La CTA exige que cada televisora de los Estados Unidos satisfaga las necesidades educativas e informativas de los niños a través de una programación completa, incluyendo programas especialmente diseñados para dichas necesidades ("programación educativa"). También limita el tiempo que las televisoras pueden destinar a comerciales durante los programas infantiles.

La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) ha creado normas para llevar a cabo este mandato. Conforme a las normas de la FCC, las televisoras deben:

  • informar anticipadamente a los padres y consumidores sobre los programas educativos que se transmiten.

  • definir el tipo de programas que califican como programas educativos.

  • transmitir programación educativa por lo menos tres horas a la semana.

Programación educativa

La "programación educativa" es aquella especialmente diseñada para satisfacer las necesidades educativas e informativas de los niños de 16 años de edad y menores, y debe cumplir con los siguientes criterios adicionales:

  • tener una duración mínima de 30 minutos;

  • transmitirse entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m. y

  • ser un programa semanal

Información sobre la programación infantil

Uno de los objetivos centrales de las normas de la FCC es ofrecer a los padres y al público en general mayor información sobre la programación educativa, lo que ayudará a los padres a supervisar lo que sus hijos ven en la televisión, e incentivará un diálogo constante entre el público y las televisoras en cuanto al desempeño de las televisoras con respecto a la CTA.

Para lograr el objetivo mencionado, las normas de la FCC requieren que las estaciones comerciales de televisión identifiquen un programa educativo mostrando durante el programa el ícono “E/I” que denota que el programa es educativo y/o informativo.” Las estaciones comerciales también deben dar información que identifique tales programas para los editores de teleguías y listas de programación.

Las normas también requieren que las televisoras comerciales presenten ante la Comisión informes trimestrales sobre su programación educativa, y que los pongan a disposición del público. Los titulares de licencias deben presentar a la FCC y colocar en sus archivos de inspección pública un informe trimestral sobre la programación infantil (Formulario 398 de la FCC) que identifique a su programación educativa y mencione el esfuerzo que hacen por cumplir con sus obligaciones en cuanto a la programación educativa.

Restricciones de la transmisión de comerciales

Las normas de la FCC restringen el tiempo de transmisión de material comercial durante cierta programación infantil a 10.5 minutos por hora los fines de semana y 12 minutos por hora entre semana. Estos requisitos se aplican a las televisoras, operadores de cable y proveedores de servicio satelital. Estas restricciones se prorratean para los programas que tienen menos de una hora de duración. La programación en cuestión por el tiempo de comerciales permitido limita sus programas producidos y transmitidos original y principalmente para niños de 12 años y menores.

Las televisoras comerciales tienen la obligación de colocar en sus archivos de inspección pública las certificaciones que indican que han cumplido con los límites de transmisión de comerciales, e identificar cualquier exceso. Al momento que la estación solicite a la FCC la renovación de su licencia, deberá certificar que no sobrepasó el límite estipulado durante la vigencia de la licencia, o deberá explicar cualquier exceso en su caso.

Los límites de la transmisión de comerciales no se aplican a las televisoras educativas no comerciales ya que dichas estaciones tienen generalmente prohibido transmitir comerciales. Los operadores de cable y proveedores de servicio satelital también deben conservar los registros para verificar el cumplimiento con las normas, y ponerlos a disposición para su inspección pública.

El material comercial no sólo corresponde a la publicidad. Por ejemplo, un anuncio comercial se refiere principalmente a un producto que no está relacionado con el programa, sin embargo, cuando dicho anuncio también hace referencia o incluye ofertas de productos que están relacionados con el programa, entonces la transmisión de tal anuncio comercial durante, antes o después del programa se considera como material comercial que dura todo el programa. Para evitar esto, el material comercial relacionado con el programa infantil debe separarse de ese programa con material no afín al mismo.

Obligaciones adicionales a la programación infantil

Desde que se aprobaron las primeras normas para la programación infantil, la FCC ha establecido obligaciones para la programación educativa e informativa infantil para las emisoras de multidifusión digital y puesto restricciones al incremento de comerciales de la programación infantil tanto analógica como digital y para la televisión por cable. Para las emisoras digitales, a partir del 1° de enero de 2007, su programación principal deberá tener por lo menos tres horas a la semana de programas educativos. Para las emisoras de multidifusión digital, el requisito mínimo de programación educativa se incrementará conforme se incremente la programación gratuita de vídeo en sus canales de multidifusión.

Además, el límite que establece la FCC de comerciales (10.5 minutos por hora durante los fines de semana y 12 minutos por hora entre semana) aplica a toda la programación de video digital, gratuita o pagada, dirigida a niños de 12 años de edad y menores.

Finalmente, se permiten mostrar las direcciones de sitios Web durante los programas orientados a niños de 12 años de edad y menores sólo si el sitio cumple con los siguientes requisitos:

  • Ofrece una cantidad importante de material de buena fe o no comercial relacionada con la programación.

  • Su fin primario no es comercial, incluyendo ya sea el comercio electrónico o la publicidad.

  • La página principal del sitio Web y otras páginas del menú están claramente identificadas para distinguir las secciones comerciales de las no comerciales; y

  • La página del sitio Web a la cual los consumidores son dirigidos no se usa para comercio electrónico, publicidad u otros fines comerciales (por ejemplo, no contiene enlaces marcados como “tienda” y no hay enlaces con otras páginas con material comercial).

Las televisoras y operadores de cable no pueden mostrar direcciones de sitios Web durante o antes y después de los programas infantiles si, en las páginas del sitio Web sin contenido comercial con relación a ese programa o personaje del programa, se venden productos presentando a un personaje en el programa o se usa un personaje del programa para vender los productos.

Estos requisitos para los sitios Web aplicarán a la programación tanto analógica como digital. La prohibición aplica sólo cuando las direcciones del sitio Web se muestran durante el programa o material promocional que no cuenta como tiempo comercial. No aplica a ciertos anuncios de servicios públicos, identificaciones de estaciones y anuncios de emergencias.

¿Qué es “la venta usando a un personaje del programa”?

“La venta usando a un personaje del programa” es cualquier aval de personajes que pueda confundir al televidente infantil haciendo que no distinga entre el material del programa y el material ajeno al programa. Las normas de la FCC permiten la venta de mercancía presentando a un personaje relacionado con el programa en partes de un sitio Web que estén suficientemente separadas del programa para mitigar el impacto de la “venta usando a un personaje del programa”.

Para más información sobre la televisión educativa para niños, visite el sitio Web de la Oficina de Medios de Comunicación de la FCC en: www.fcc.gov/mb/policy/cetv.html.

Presentación de quejas con la FCC

Si considera que alguna de estas normas se ha violado, usted puede presentar una queja con la FCC. No tendrá que pagar por hacerlo. La queja puede ser presentada electrónicamente, llenando el formulario que se encuentra en línea en www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html. También puede escribir al Centro para el Consumidor a fccinfo@fcc.gov; llamar al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232; o escribir a:

Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.

Lo que debe incluir su queja

La mejor manera de proporcionar toda la información que la FCC necesita para procesar su queja es completando el formulario en línea. Si no usa el formulario de quejas electrónico, su queja debe indicar, como mínimo:

  • su nombre, dirección, su dirección de correo electrónico y un número de teléfono para localizarlo;

  • los nombres y teléfonos de todas las compañías telefónicas u otras compañías involucradas en su queja y su ubicación (ciudad y estado) si la compañía es proveedora de servicio de cable o satélite;

  • la identificación de la estación (KDIU-FM o WZUE TV), la frecuencia de la estación de radio (1020 u 88.5) o el canal de TV (13) y ubicación de la estación (ciudad y estado);

  • red, nombre del programa, y fecha y hora del programa si su queja se relaciona con un programa en particular; y

  • cualquier detalle adicional de su queja incluyendo hora, fecha y naturaleza de la conducta o actividad de la cual se queja e información que identifique a las compañías, organizaciones o individuos involucrados.

Para más información

Para más información sobre éste o cualquier otro tema de telecomunicaciones, visite el sitio Web de la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor en www.fcc.gov/cgb, o comuníquese con el Centro para el Consumidor usando la información proporcionada arriba en la sección de presentación de quejas.


Para ésta u otra publicación para el consumidor en formato accesible (texto electrónico ASCII, Braille, letra grande, o audio) escríbanos o llame a la dirección o teléfono indicados abajo, o envíe un e-mail a FCC504@fcc.gov.

Visite www.fcc.gov/cgb/contacts/ para recibir información sobre éste y otros temas de la FCC para el consumidor a través del servicio de suscripción electrónica de la Comisión.

Este documento tiene como único propósito el educar al consumidor y no afectará ningún procedimiento o caso sobre este asunto u otros relacionados.

10/21/08

 

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last reviewed/updated on 10/30/08 


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