Cómo Solicitar La Ayuda Por Desastre De FEMA - Preguntas Más Frecuentes

Fecha de Publicación: 6 de junio de 2008
Número de Publicación: 1758-025

» Arkansas Severas tormentas, tornados e inundaciones

LITTLE ROCK, Ark. -- Los residentes de Arkansas que vivan en los condados afectados por las severas tormentas, inundaciones y tornados ocurridos del 2 al 12 de mayo puede que cumplan con los requisitos para recibir Asistencia Individual de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés), del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos. Los residentes del área deben primero inscribirse con FEMA para ser considerados para recibir las ayudas.

¿Cómo solicito la ayuda?
Hay dos formas de solicitar la ayuda por desastre. Los residentes pueden solicitar la ayuda a través de Internet, visitando el Centro de Asistencia Individual en www.fema.gov/spanish o llamando al 1-800-621-3362 (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana), o al TTY 1-800-462-7585 para las personas con impedimentos auditivos o del habla. Las líneas están abiertas de 8 a.m. a 6 p.m., todos los días.

¿Qué tipo de ayuda está disponible?
La Asistencia Individual puede abarcar subvenciones para pagar por viviendas temporales, reparaciones de casas y otros gastos relacionados con el desastre y que no están cubiertos por los seguros o por otros programas de ayuda. También hay préstamos por desastres con bajos intereses disponibles, otorgados por la Administración de Pequeños Negocios de los Estados Unidos (SBA, por sus siglas en inglés) para cubrir aquellas pérdidas residenciales y de negocios que no son compensadas en su totalidad por los seguros. Las subvenciones no tienen que devolverse, pero los préstamos de la SBA sí tendrán que ser devueltos.

¿Cumplo con los requisitos para la Asistencia Individual aunque tenga seguro?
Aunque usted tenga seguro, debe solicitar la asistencia, porque tal vez descubra que no está lo suficientemente asegurado, o que tenga necesidades insatisfechas después que su seguro le entregue el acuerdo de liquidación. Si usted todavía no se ha comunicado con su agente de seguro para presentarle una reclamación, tenga la bondad de hacerlo lo más pronto posible. Si usted no presenta una reclamación ante su compañía de seguros, ello puede afectar su elegibilidad para la ayuda. Su seguro es su fuente principal de dinero para volver a encaminar su vida después que ocurre un desastre. Pero hay muchas cosas que no cubren los seguros, por lo tanto, los programas por desastres podrían ayudarlo.

Ya solicité la ayuda. ¿Cuál es el próximo paso?
Después de que usted solicite la ayuda, FEMA le enviará por correo una copia de su solicitud y una copia del folleto "Ayuda por desastres: Una guía para el solicitante sobre el Programa para Individuos y Familias", el cual responderá a muchas de sus preguntas. Esta publicación útil le explica cómo funcionan los programas de ayuda de FEMA; describe otras formas de ayuda ofrecidas por otras agencias federales, del estado y voluntarias a las que usted podría tener derecho; y le ofrece muchos consejos importantes sobre cómo sacarles el mayor provecho a estos programas.

Si su casa o lo que tenía dentro de ella sufrieron daños, un inspector deberá ponerse en contacto con usted dentro de los diez días siguientes a la fecha en que usted presentó su solicitud, para concertar una cita e ir con usted a su casa dañada por el desastre. Todos los inspectores llevan una identificación con foto que muestra que están afiliados al gobierno de los Estados Unidos. Si usted recibe por correo postal una solicitud de préstamo por desastre de la SBA, deberá rellenar la solicitud y enviarla de vuelta para que lo tengan en cuenta para otorgarle un préstamo, o para otras formas de ayuda por desastre.

¿Cómo puedo averiguar sobre el progreso de mi caso?
Visite www.fema.gov/spanish/ o llame a la línea directa de FEMA, al 1-800-621-3362 (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana), o al TTY 1-800-462-7585 para las personas con impedimentos auditivos o del habla. Usted también puede revisar el estatus de su solicitud en cualquier Centro de Recuperación por Desastre.

¿Tengo que ser residente legal de los Estados Unidos para recibir la Asistencia Individual?
Sí. Para cumplir con los requisitos para recibir ayuda monetaria de FEMA, usted debe ser ciudadano de los  Estados Unidos o ser extranjero que cumpla con los requisitos. Dentro de la categoría de extranjero que cumple con los requisitos generalmente se incluyen a aquellas personas que residen legalmente en el país (que tienen una tarjeta de residencia) o aquellas que tienen estatus legal debido a asilo político, refugio, parole (los que son admitidos en los Estados Unidos por razones humanitarias), aplazamiento de deportación o por violencia doméstica. Diríjase a un funcionario de inmigración si usted tiene alguna pregunta sobre su estatus legal.

¿Hay algún tipo de ayuda disponible para los inmigrantes indocumentados?
Usted puede solicitar la Asistencia Individual en nombre de un hijo suyo que sea ciudadano de los Estados Unidos o extranjero que cumple con los requisitos. O puede ser que otro adulto que sea miembro del núcleo familiar cumpla con los requisitos para la ayuda de familia si tiene sus papeles en regla.

Los damnificados por el desastre pueden inscribirse a través de Internet, visitando el Centro de Asistencia Individual en www.fema.gov/spanish o llamar al número gratuito de inscripción de FEMA, al 1-800-621-3362 (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana), o al TTY 1-800-462-7585 para las personas con impedimentos auditivos o del habla. Ambos números están funcionando desde las 8 a.m. hasta las 6 p.m., todos los días.

FEMA coordina el papel del gobierno federal en la preparación, prevención, mitigación de los efectos, respuesta y recuperación de todos los desastres en el país, ya sean naturales o provocados por el hombre, incluidos los actos de terrorismo.

Fecha de la última actualización: Viernes, 06-Jun-2008 15:39:04