Las Personas Que No Son Ciudadanos Podrían Recibir Ayuda De Recuperación Por Desastre

Fecha de Publicación: 2 de noviembre de 2007
Número de Publicación: 1731-007

» California Fuegos Forestales

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PASADENA, Calif. -- Las personas que no sean ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para recibir asistencia por desastre a través de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) por los incendios forestales que comenzaron en octubre.

Hay ayuda por desastre disponible para los residentes y negocios en los condados de Los Ángeles, Orange, Riverside, San Bernadino, San Diego, Santa Bárbara, y Ventura, los cuales fueron designados áreas de desastre por el Presidente Bush.

La ayuda está disponible para ciudadanos estadounidenses, residentes no ciudadanos y extranjeros que reúnan los requisitos. Su situación como inmigrante no será puesta en peligro si solicita asistencia de FEMA.

Los extranjeros que reúnen los requisitos necesarios son:

Un padre que no sea ciudadano pero cuyo hijo sea ciudadano estadounidense puede solicitar asistencia en representación del niño. Los tutores legales solamente certifican por el niño. No se recabará información alguna sobre la situación legal del adulto.

Para poder obtener la asistencia de FEMA, los solicitantes deben demostrar que son ciudadanos estadounidenses, residentes no ciudadanos o extranjeros que reúnen los requisitos. FEMA realiza comprobaciones al azar de solicitudes para verificar la ciudadanía estadounidense y la documentación de extranjeros emitida por la Oficina de Ciudadanía y Servicios Inmigratorios de los Estados Unidos. Sin embargo, la asistencia se puede otorgar siempre y cuando alguien en la familia/hogar cumpla los requisitos necesarios. No se recabará información alguna sobre la situación de las demás personas en el hogar.

La asistencia para las personas y familias elegibles incluye fondos para vivienda temporal y reparaciones necesarias para el hogar, fondos para la reparación y reemplazo de propiedad personal y otras necesidades causadas por el desastre, asistencia de desempleo por desastre, préstamos de bajos intereses para propietarios de hogares, inquilinos y negocios por parte de la Administración de Pequeños Negocios de los Estados Unidos (SBA, por sus siglas en inglés) y otros programas.

Los inmigrantes indocumentados afectados por los incendios forestales pueden ser elegibles bajo los programas locales administrados por agencias estatales, locales o voluntarias. Además, pueden tener derecho a recibir ayuda a corto plazo no financiera de FEMA, como, por ejemplo, asesoría legal, manejo de crisis, comida, agua y albergue.

Los solicitantes con daños causados por el desastre deben registrarse para recibir asistencia estatal y federal al 1-800-621-FEMA (3362), o al (TTY) 1-800-462-7585. Estas líneas, gratuitas, están abiertas 24 horas los siete días de la semana hasta nueva notificación. También pueden inscribirse por Internet en la página Web www.fema.gov.

FEMA coordina las acciones del Gobierno Federal en la preparación, la prevención, la mitigación de los efectos, la respuesta y la recuperación de todos los desastres que suceden en el país, sean naturales o causados por el ser humano, incluidos atentados terroristas.

Fecha de la última actualización: Lunes, 05-Nov-2007 14:37:53