United States Department of Veterans Affairs
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Programa de Asistencia Educativa para Sobrevivientes y Dependientes (DEA por sus siglas en inglés)

Descripción de la Prestación

La Asistencia Educativa para Dependientes proporciona oportunidades de educación y capacitación a dependientes elegibles de ciertos excombatientes. El programa ofrece hasta 45 meses de prestaciones educativas. Estas prestaciones podrán ser utilizadas para programas de diplomas y certificados, aprendizaje y programas de capacitación en el lugar de trabajo. Si usted es un cónyuge, usted podrá tomar un curso por correspondencia. Los cursos para superar deficiencias y de actualización pueden ser autorizados bajo ciertas circunstancias

Elegibilidad

Usted deberá ser hijo, hija o cónyuge de:

  • Un excombatiente fallecido o con incapacitad total y permanente como resultado de una incapacidad por servicio. La incapacidad deberá surgir a raíz del servicio activo en las Fuerzas Armadas.
  • Un excombatiente fallecido por cualquier causa mientras existía una incapacidad por servicio.
  • Un militar considerado desaparecido en acción o capturado en el cumplimiento del deber por una fuerza hostil.
  • Un militar detenido por la fuerza o confinado en cumplimiento del deber por un gobierno o potencia extranjera.

Período de Elegibilidad

Si usted es hijo o hija y desea recibir prestaciones para asistir a la escuela o para capacitación laboral, deberá tener entre 18 y 26 años. En ciertas circunstancias, es posible comenzar antes de los 18 años de edad y continuar después de los 26. El matrimonio no es una prohibición para esta prestación. Si usted está en las Fuerzas Armadas usted podría no recibir esta prestación mientras se encuentre prestando servicio activo. Para cursar una capacitación después del servicio militar, el licenciamiento debe haberse realizado en condiciones no-deshonrosas. VA podrá extender su período de elegibilidad hasta igualar el número de meses y días dedicados al servicio activo. Esta extensión generalmente no puede superar la edad de 31 años, auque existen algunas excepciones.

Si usted es cónyuge, las prestaciones finalizan a los diez 10 años de la fecha en que VA determinó que usted era elegible o de la fecha de fallecimiento del excombatiente

Cómo solicitar la prestación

Usted deberá asegurarse de que el programa seleccionado ha sido autorizado para la capacitación de VA. Si no tiene claro este punto, VA le informará a usted y al colegio o empresa acerca de los requisitos.

Obtenga y complete el formulario 22-5490 de VA, Solicitud de Asistencia Educativa para Sobrevivientes y Dependientes. Envíelo a la oficina regional de VA con jurisdicción sobre el estado en el que usted se capacitará. Si usted es hijo o hija y no tiene la edad establecida por la ley, un padre o tutor deberá firmar la solicitud.

Si usted ya ha comenzado la capacitación, lleve su solicitud a su colegio o a su empleador. Solicíteles que completen el formulario 22-1999 de VA, Certificación de la Matrícula y envíe ambos formularios a VA.

Otras prestaciones afines

Para información adicional consulte el Folleto de Programa de Asistencia Educativa para Sobrevivientes y Dependientes o comuníquese con la Oficina Regional local de VA para asistencia adicional comunicándose con nuestro número gratuito 1-888-442-4551.