INTRODUCCION
Las leyes federales prohíben la discriminación basada en el origen nacional, la raza, el color,
la religión, la desabilidad, el sexo y la situación familiar de una persona. Las leyes que prohíben
la discriminación por origen nacional establecen que es ilegal discriminar contra una persona por
su lugar de nacimiento, ancestro, cultura o idioma. Esto significa que a las personas no se les
puede negar la igualdad de oportunidades porque ellas o sus familias son de otro país, porque
tienen un nombre o un acento relacionado con un grupo de cierto origen nacional, porque
participan en ciertas costumbres que se relacionan con un grupo de cierto origen nacional o
porque se relacionan o están casadas con alguien de cierto origen nacional.
La División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia se preocupa de que en los
Estados Unidos no se denuncie la discriminación por origen nacional debido a que las víctimas
no conocen sus derechos legales o porque temen hacer sus denuncias ante el gobierno. Para
resolver este problema, la División de Derechos Civiles ha establecido un Comité de Origen
Nacional para ayudar a los ciudadanos y a los inmigrantes a comprender y ejercer mejor sus
derechos legales. Si piensa que usted, o alguien que usted conoce, ha sufrido discriminación
debido a su origen nacional y desea obtener más información sobre cómo ejercer sus derechos
legales, debería leer este folleto.
Aquí se explican las leyes que prohíben la discriminación por origen nacional y se dan
algunos ejemplos. En Internet puede encontrar información adicional sobre la División de
Derechos Civiles, en la dirección http://www.usdoj.gov/crt. Puede ponerse en contacto con esta
División para presentar denuncias sobre discriminación como se explica a continuación.
CONOZCA SUS DERECHOS LEGALES
La División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia hace cumplir leyes federales
que prohíben la discriminación en:
La Educación
El Empleo
La Vivienda
Los Préstamos
Los Alojamientos Públicos
La Ejecución de la Ley y la Mala Conducta Policial
La Votación
La División también hace cumplir las leyes que prohíben la discriminación por motivos de
desabilidad, protege los derechos civiles de personas que se encuentran detenidas en ciertas
instituciones estatales o locales, y encausa delitos motivados por la raza, el color o el origen
nacional de las víctimas.
En algunos casos, la División sólo puede participar si existe una "tendencia o práctica" de
discriminación. "Tendencia o práctica" generalmente quiere decir que hay más de un solo
incidente de discriminación y que existe una política o conducta repetitiva que resulta
discriminatoria.
LAS INFRACCIONES PENALES DE DERECHOS CIVILES
- Un joven de ascendencia sudasiática es asaltado al salir de un concierto en un club nocturno.
El asaltante, miembro de un grupo racista de cabezas rapadas, grita epítetos racistas mientras
golpea a la víctima con los puños y un tubo hasta dejarlo inconsciente en el estacionamiento del
club.
- En las reuniones del Ku Klux Klan, uno de sus miembros le dice a otros que los mexicanos y
los puertorriqueños deberían "regresar al lugar de donde vinieron". Queman una cruz frente a la
casa de una joven pareja de hispanos para atemorizarlos y obligarlos a mudarse del vecindario.
Antes de quemar la cruz, el acusado muestra un revólver y le entrega otro a uno de sus amigos en
caso de que las víctimas traten de detenerlos.
- Una compañía estadounidense busca trabajadores en un pequeño pueblo mexicano con la
promesa de que tendrán un buen empleo y un buen sueldo. La compañía trae a los mexicanos
ilegalmente a los Estados Unidos en un camión cisterna vacío. Cuando por fin llegan a su
destino en los Estados Unidos, los trabajadores reciben la amenaza de que, si intentan salir de la
fábrica, los matarán.
La Sección Penal de la División de Derechos
Civiles (Criminal Section) enjuicia a personas acusadas de
emplear la fuerza o la violencia para interferir en los derechos
protegidos federalmente de una persona por causa de su origen
nacional. Estos derechos incluyen áreas
como la vivienda, el empleo, la educación o el uso de
instalaciones o servicios públicos. Puede
ponerse en contacto con la Sección Penal llamando al (202)
514-3204 o escribiendo a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Criminal Section, PHB
Washington, D.C. 20530
.
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DESABILIDADES
- Una HMO que acepta pacientes de Medicaid le dice a una mujer mexicano-americana con
parálisis cerebral que vuelva otro día a pedir una cita, a pesar de que presta asistencia inmediata a
otros.
Este ejemplo puede constituir no sólo una infracción de las leyes federales que prohíben la
discriminación por motivos de desabilidad, sino también de las leyes que prohíben la
discriminación por origen nacional. Si piensa que ha sido víctima de discriminación porque tiene
una desabilidad, puede ponerse en contacto con la Sección de Derechos de las Personas con
Desabilidades (Disability Rights Section) llamando al (800) 514-0301 (voz) o al 800-514-0383
(TDD). También puede escribir a:
U.S. Department of Justice
950 Pennsylvania Avenue, NW
Civil Rights Division
Disability Rights Section - NYAV
Washington, D.C. 20530
LA EDUCACION
- Una niña tiene problemas para hablar inglés, pero su escuela no le presta la asistencia
necesaria para ayudarla a aprender inglés y las otras materias.
- Una escuela con mayoría de estudiantes haitianos no ofrece cursos de honor para estudiantes
sobresalientes. Otras escuelas del distrito que no tienen muchos estudiantes haitianos sí ofrecen
esos cursos y también otros cursos avanzados como "Advanced Placement (A.P.)."
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la ley federal que prohíbe la discriminación
en la educación por motivo del origen nacional de las personas. La Sección de Oportunidades
Educacionales de la División (Education Section) vela por el cumplimiento de estas leyes en
escuelas primarias y secundarias, al igual que en universidades y colegios universitarios públicos.
La Sección de Oportunidades Educacionales aborda la discriminación en todos los aspectos de la
educación, entre ellos la asignación de estudiantes a escuelas y clases, el transporte de los
estudiantes, la contratación y colocación de profesores y personal administrativo, la distribución
de los recursos de las escuelas y la disposición de programas educacionales que ayuden a
aprender inglés a estudiantes con conocimientos limitados de este idioma.
Para presentar una denuncia o para pedir más información, póngase en contacto con la
Sección de Oportunidades Educacionales llamando al (202) 514-4092 o escriba a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Educational Opportunities Section, PHB
Washington, D.C. 20530
EL EMPLEO
- El supervisor de un trabajador de tránsito lanza frecuentes epítetos racistas contra éste porque
su familia es de Irán. La semana pasada el jefe puso un letrero falso en el tablero de avisos en
que le decía a todos que no confiaran en ese trabajador porque era un terrorista.
- Una mujer que inmigró de Rusia solicita un trabajo como contadora. El patrón la rechaza
porque habla con acento, aunque es capaz de desempeñar las tareas del trabajo.
- Una empresa procesadora de alimentos exige a los candidatos con aspecto o acento extranjero
que muestren documentos de autorización de trabajo antes de permitirles llenar una solicitud de
empleo, mientras que los candidatos blancos nacidos en el país no tienen que enseñar ningún
documento antes de completar las solicitudes. Además, los documentos de los empleados con
raices étnicas son revisados más detenidamente y resultan rechazados con mayor frecuencia que
los mismos tipos de documentos mostrados por empleados blancos nacidos en el país.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la ley que prohíbe la discriminación contra
un empleado o solicitante a un trabajo por causa de su origen nacional. Esto quiere decir que un
empleador no puede disciplinar, acosar, despedir, o rehusarse a contratar o a ascender a una
persona debido a su origen nacional.
Si piensa que un empleador, organización laboral o agencia de empleos ha discriminado en
contra de Usted debido a su origen nacional, póngase en contacto con:
Equal Employment Opportunity Commission
(800) 669-4000
(Empleadores con 15 o más empleados)
Office of Special Counsel
(800) 255-7688
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Office of Special Counsel for Immigration-Related Unfair Employment
Practices, 1425
Washington, D.C. 20530
(Empleadores con entre 4 y 14 empleados)
Employment Litigation Section
(202) 514-3831
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Employment Litigation Section, PHB
Washington, D.C. 20530
(Empleador de gobierno estatal o local con
tendencia o prácticas de discriminación ilegal)
Además, un patrón puede infringir la ley federal al exigir documentos específicos de
autorización de trabajo, como una tarjeta verde, o rechazar dichos documentos únicamente
porque pertenecen a candidatos de ciertos orígenes nacionales. Para obtener más información o
para presentar cargos, póngase en contacto con la Oficina del Consejero Especial (Office of
Special Counsel) de la División en la dirección o número telefónico gratuito indicado
anteriormente.
LA VIVIENDA
- Una familia nativa de Hawaii busca un apartamento. El agente de alquileres le dice que no hay
ningún apartamento disponible, aunque sí los hay y se los muestra a solicitantes blancos.
- Un agente de bienes raíces muestra casas a una familia Latina solamente en barrios Latinos y
se rehúsa a mostrar a la familia casas en vecindarios de blancos.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones del Acta de Vivienda Justa. Dicha ley prohíbe
la discriminación por motivos de origen nacional, raza, color, sexo, religión, desabilidad o
situación familiar (presencia de niños menores de 18 años) en asuntos de vivienda. Las
denuncias individuales de discriminación pueden presentarse ante el Departamento de Vivienda y
Desarrollo Urbano (HUD) llamando al (800) 669-9777. Si usted piensa que existe una tendencia
o práctica de discriminación, póngase en contacto con la Sección de Vivienda Justa de la
División (Housing and Civil Enforcement Section) en el número (202) 514-4713.
LOS PRÉSTAMOS
- A una mujer Latina le cobran una tasa de interés y cargos más altos que a clientes blancos del
sexo masculino que tienen antecedentes financieros similares y que solicitan la misma clase de
préstamo.
Este ejemplo puede constituir una infracción de las leyes federales que prohíben la
discriminación en préstamos por motivos de origen nacional, raza, color, sexo, religión,
desabilidad y estado civil o porque una parte de los ingresos de una persona proviene de
asistencia pública. Si usted piensa que se le ha negado un préstamo debido a su origen nacional u
otro motivo previsto por las leyes, puede pedirle al prestamista una explicación por escrito de las
razones por las que rechazó su solicitud.
Si el préstamo es para la hipoteca de una vivienda, para realizar mejoras en una casa o para
otras razones relacionadas con vivienda, puede presentar una denuncia ante el Departamento de
Vivienda y Desarrollo Urbano llamando al (800) 669-9777. Si su experiencia formó parte de una
tendencia o práctica de discriminación, también puede llamar a la Sección de Vivienda Justa al
(202) 514-4713 para pedir más información sobre sus derechos o para presentar una denuncia. Si
el préstamo es por motivos aparte de la vivienda (como un préstamo para comprar un carro),
puede presentar una denuncia ante la Sección de Vivienda Justa de la División o ante la agencia
reguladora del prestamista.
LOS ALOJAMIENTOS PUBLICOS
- En un restaurante, un grupo de estadounidenses de ascendencia asiática espera más de una
hora para recibir servicio, mientras que los clientes blancos y Latinos lo reciben con prontitud.
- En un hotel, a unos huéspedes estadounidenses de origen haitiano se les comunica que deben
pagar en efectivo en lugar de con tarjeta de crédito, les cobran precios más altos que a otros
clientes y no se les brindan las mismas comodidades, como toallas y jabón.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de las leyes federales que prohíben la
discriminación por motivos de origen nacional, raza, color o religión en alojamientos públicos.
Los alojamientos públicos incluyen hoteles, restaurantes y locales de entretenimiento. Si usted
piensa que se le ha negado el acceso o la igualdad para disfrutar un alojamiento público y que
existe una tendencia o práctica de discriminación, póngase en contacto con la Sección de
Vivienda Justa llamando al (202) 514-4713. También puede
escribir a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Housing and Civil Enforcement Section, NWB
Washington, D.C. 20530
LA EJECUCION DE LA LEYE Y LA MALA CONDUCTA POLICIAL
- Los policías constantemente detienen automóviles conducidos por Latinos que cometen ciertas
infracciones del tránsito, pero rara vez lo hacen con conductores blancos que cometen las mismas
infracciones.
- Un policía que interroga en la calle a un hombre de origen vietnamita, se enfada cuando aquél
es incapaz de responder a sus preguntas porque no habla inglés. El oficial arresta al hombre por
perturbar el orden público.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la Cláusula de Igualdad de Protección de la
Constitución de los Estados Unidos. También pueden ser infracciones de la Ley Omnibus para el
Control de la Delincuencia y Calles Seguras de 1968. Dicha ley prohíbe la discriminación por
origen nacional, raza, color, religión o sexo por parte de un departamento de policía que reciba
fondos federales a través del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Asimismo,
pueden infringir el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la
discriminación por agencias encargadas de hacer cumplir las leyes y que reciben asistencia
financiera federal, incluso bienes decomisados.
Las denuncias de discriminación contra individuos
pueden presentarse ante la Sección de
Coordinación y Revisión (Coordination and Review
Section):
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Coordination and Review Section, 1425
Washington, D.C. 20530
Las denuncias de discriminación contra individuos también pueden presentarse en la siguiente
dirección: Office of Justice Programs at Office for Civil Rights, Office of Justice Programs, U.S.
Department of Justice, Washington, D.C. 20531, o llamando a la Oficina de Programas de
Justicia al (202) 307-0690.
La Sección de Litigios Especiales (Special Litigation Section) investiga y procesa denuncias
contra departamentos de policía con tendencias o prácticas de discriminación por motivos de
origen nacional. Para presentar una denuncia, póngase en contacto con la Sección de Litigios
Especiales en el (202) 514-6255 o escriba a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, NW
Special Litigation Section
Washington, D.C. 20530
LOS DERECHOS CIVILES DE PERSONAS INSTITUCIONALIZADAS
- Una cárcel no traduce las audiencias disciplinarias a los detenidos que no hablan inglés.
- Un hospital siquiátrico de un estado no cuenta con los medios para proporcionar tratamiento a
personas que no hablan inglés.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la Cláusula de Igualdad de Protección de la
Constitución de los Estados Unidos. La Sección de Litigios Especiales vela por el cumplimiento
de los derechos constitucionales de las personas detenidas en instituciones de gobiernos estatales
o locales, como las prisiones, las cárceles, los centros correccionales para menores, los asilos
para ancianos, y los centros o instituciones para las personas con desabilidades psiquiátricas o del
desarrollo. Si usted es un residente de cualquiera de dichos centros y piensa que existe una
tendencia o práctica de discriminación basada en su origen nacional, póngase en contacto con la
Sección de Litigios Especiales llamando al (202) 514-6255. También puede escribir a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, NW
Special Litigation Section
Washington, D.C. 20530
LOS PROGRAMAS QUE RECIBEN ASISTENCIA FEDERAL
- Una agencia de servicios sociales no da información ni entrenamiento para trabajo en coreano
aun cuando una cuarta parte de los residentes locales sólo habla coreano.
- Un hospital cercano a la frontera entre Texas y México viste a sus agentes de seguridad con
ropa similar a los uniformes del Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) para ahuyentar a
los Latinos de la sala de emergencias. A los pacientes Latinos se les indica que deben traer sus
propios traductores para poder ver a un doctor.
Estos ejemplos pueden constituir infracciones de las leyes federales que prohíben la
discriminación por motivos de origen nacional, raza o color de parte de quienes reciben fondos
federales. Si usted piensa que ha sido víctima de discriminación por una agencia de un gobierno
estatal o local o una organización que recibe fondos del gobierno federal, puede presentar una
denuncia ante la Sección de Coordinación y Revisión de la División llamando al (888) 848-5306.
También puede escribir a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Coordination and Review Section, 1425
Washington, D.C. 20530
La Sección de Coordinación y Revisión hará llegar la denuncia a la agencia de
financiamiento federal adecuada.
LA VOTACION
- A pesar de las peticiones de los votantes de una gran comunidad de habla hispana, los
funcionarios electorales se rehúsan a proporcionar materiales de elecciones en español, entre
ellos los formularios de inscripción y las papeletas para votar de muestra, y a permitir que los de
habla hispana lleven traductores a la cabina de votación.
- Un funcionario electoral exige a un votante de piel oscura, que tiene un apellido poco común,
que muestre una prueba de su ciudadanía estadounidense, pero no se la exige a los votantes
blancos.
La conducta de los funcionarios electorales puede infringir las leyes federales que prohíben la
discriminación en las votaciones. Los Actas de Derechos de Votar no prohíben específicamente
la discriminación por origen nacional. Sin embargo, ciertas disposiciones de esas leyes
establecen que es ilegal limitar o negar el derecho a votar a cualquier ciudadano no sólo por
motivos de raza o color, sino también por pertenecer a un grupo de minoría idiomática. Además,
las leyes también exigen que en ciertas jurisdicciones se proporcionen materiales electorales y
asistencia en idiomas distintos del inglés.
Por añadidura, la Sección 208 del Acta de Derechos de Votar permite a los votantes que
necesiten ayuda por motivos de ceguera, desabilidad o por que no sepan leer o escribir, llevar a
alguien (que no sea su patrón o representante de un sindicato) para que los ayude. Esto significa
que un votante que necesite ayuda para leer la papeleta para votar en inglés, puede llevar a un
amigo o a un miembro de su familia para que se la traduzca. En algunos lugares, los
funcionarios electorales deben proporcionar información, como la inscripción de votantes y la
papeleta para votar, en cierto(s) idioma(s) además del inglés. Esto puede incluir la presencia de
traductores que ayuden a los votantes a votar.
Si usted piensa que ha sido víctima de discriminación en alguna votación o que se le ha
negado asistencia para depositar su voto, puede ponerse en contacto con la Sección de
Votaciones de la División (Voting Rights Section) llamando al (800) 253-3931. También puede
escribir a:
U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Voting Section, 1800G
Washington, D.C. 20530
Nota:
Cuando llame cualquiera de las oficinas enumeradas en este folleto, le contestarán en inglés.
Pero, si necesita un traductor, dígale a la operadora que habla español y espere en la línea
mientras le buscan uno.
Para las personas con desabilidades, este documento estará disponible en tipo grande, grabación
en audio, diskette de computadora y Braille.
Se recomienda que se reproduzca este documento.