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Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC) - ¿Debo Reclamarlo?

 

El Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC), es un crédito para ciertas personas que trabajan. Usted (o su cónyuge, si presenta declaración conjunta) y cualquier hijo calificado anotado en el Anexo EIC, deberá tener un número de Seguro Social válido.

Infórmese si usted es elegible para recibir el Crédito por Ingreso del Trabajo (Earned Income Tax Credit, EITC) contestando unas preguntas sencillas y proveyendo información básica sobre sus ingresos. El programa le ayudará a determinar su estado civil correcto, para fines de la declaración, determinar si sus hijos llenan los requisitos para ser considerados hijos calificados, y calcular la cantidad del crédito que pudiera recibir. Sin embargo, si ha usted se le denegó el crédito EITC después de 1996 debido a un reclamo negligente o por violación intencional de los reglamentos, usted no puede reclamar el crédito EITC durante los próximos dos años después de habérsele denegado el crédito. Si su error se debió a fraude, usted no podrá reclamar el crédito EITC durantes los próximos diez años posterior a la determinación del fraude.

Si necesita información adicional sobre el Crédito por Ingreso del Trabajo, hay recursos adicionales disponibles.

Por favor seleccione el año y versión del Asistente EITC al que desea ingresar.

Año Tributario 2008 Español

Año Tributario 2007 Español

Año Tributario 2006 Español

English Version

 


Page Last Reviewed or Updated: January 16, 2009