Pueden Apelar Las Decisiones De FEMA

Fecha de Publicación: 22 de septiembre de 2006
Número de Publicación: 1650-088

» New York Tormentas Severas e Inundaciones

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ALBANY, N.Y. -- Los solicitantes que han recibido cartas denegando su elegibilidad para recibir asistencia por desastre pueden continuar el proceso para apelar las decisiones, según oficiales federales y estatales.

“El proceso de recuperación no termina necesariamente con la carta de negación”, dijo la Coordinadora Federal Oficial Marianne C. Jackson. “En algunas ocasiones, la carta de negación solamente significa que la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) necesita más información antes de completar el análisis o la situación individual de una persona ha cambiado.”

Por ley, FEMA no puede duplicar la asistencia económica que proveen agencias de seguros u otras organizaciones. Por lo tanto, los solicitantes que han hecho reclamaciones a su seguro podrían recibir una carta que les indique que no son elegibles. Una vez el seguro ya le haya otorgado el dinero, la cantidad debe ser reportada a FEMA para así poder continuar con el proceso de solicitud.

“De todos modos, cualquier persona que se encuentre en las áreas declaradas zona de desastre, quiénes han sufrido daños debido a las inundaciones de junio, deben solicitar asistencia antes de la fecha límite del 2 de octubre de 2006, aunque hayan o no reclamado al seguro”, dijo Jackson. “La regla general es que deben llamar a su agente de seguros, obtener un número de reclamación y luego llamar a FEMA para inscribirse, 1-800-621 FEMA (3362)”.

“Es importante asegurarse que las personas que viven en New York sepan que deben hacer dos llamadas: FEMA y al Programa de Ayuda Individual y Familiar del Estado de New York para poder recibir asistencia de ambas agencias”, dijo John R. Gibb, Director de la Oficina para el Manejo de Emergencias de New York. “Al llamar al programa de ayuda estatal no significa que se inscribe automáticamente en el programa federal ni viceversa. Es necesario llamar a ambas agencias”.

El número del Programa de Ayuda Individual y Familiar del Estado de New York es 1-888-7-NYS AID (1-888-769-7243).

Otros asuntos podrían surgir que pueden ayudar al solicitante a ser elegible para más asistencia. Por ejemplo, si un damnificado recibió dinero para reparar el sistema de calefacción y el contratista indicó que no es posible repararlo y que se debe remplazar, deben llamar a FEMA para indicarles el costo del reemplazo. También, cuando un contratista le entrega un estimado adicional por reparaciones, esa información también debe ser entregada a FEMA.

Para apelar una decisión de FEMA, los solicitantes que se les ha denegado Asistencia de Vivienda o del Programa de Otras Necesidades bajo el Programa de Individuos y Vivienda (IHP) tienen 60 días desde la fecha en que recibieron la carta de negación para entregar una carta de apelación de decisión. Todas las apelacionesse deben hacer por escrito.

En las cartas de apelación, los solicitantes deben explicar por escrito la razón por la cual entienden que la decisión de FEMA, sobre la cantidad o tipo de asistencia que han recibido, no es la correcta. Deben proveer un estimado, de ser posible, y ejemplos específicos de áreas del hogar- incluyendo electricidad, plomería, pisos, paredes, techos- que piensen que no fueron verificadas durante el proceso de inspección.

El solicitante, o alguien que represente el solicitante o su hogar, deben firmar la carta. Si la persona que escribe la carta no vive en el hogar que ha sufrido los daños, debe haber una declaración que indique que la persona escribe la carta en representación del solicitante.

Las cartas de apelación deben incluir el número de identificación de inscripción y el número de la declaración de desastre federal. Es importante que la fecha del matasellos de la carta de apelación sea dentro del periodo de 60 días después de haber recibido la carta de apelación. También es importante que la carta tenga la fecha, y la envíe a la siguiente dirección:

FEMA – Programa Individual y de Vivienda
Centro Nacional de Servicio de Procesamiento
P.O. Box 10055
Hyattsville, MD 20782-7055

O envíe la carta vía fax a: 1-800-827-8112, con una página de cubierta,
Atención: FEMA – Programa Individual y de Vivienda

Para más información sobre apelaciones a FEMA, llame al número de ayuda de FEMA al 1-800-621-FEMA (3362) o TTY 1-800-462-7585, para personas con impedimentos auditivos o del habla.

FEMA administra los esfuerzos federales de recuperación y respuesta después de presentarse un incidente nacional. FEMA también inicia actividades de mitigación, trabaja conjuntamente con los gerentes de emergencias locales y estatales, y gestiona el Programa Nacional de Seguro contra Inundación. FEMA formó parte del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos el 1ero de marzo de 2003.

Fecha de la última actualización: Miércoles, 27-Sep-2006 14:53:56