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Glosario

Acreditación

Para poder participar en los programas federales de ayuda para estudiantes, la institución educativa debe haber sido acreditada por un organismo de acreditación reconocido por el Departamento de Educación de EE.UU. Por «acreditada» se quiere decir que la institución cumple con ciertas normas académicas básicas, según definidas por el organismo de acreditación.

Acumulación de intereses

El proceso en el que se acumulan los intereses del préstamo (o sea, cuando el préstamo devenga intereses). Cuando se dice que «se acumulan los intereses del préstamo», se quiere decir que se están acumulando los intereses vencidos y no pagados del préstamo.

Administrador de ayuda económica

 

Empleado de una universidad o instituto profesional que se encarga de la preparación y difusión de información sobre los préstamos educativos, becas y subvenciones, y programas de estudio y trabajo. El administrador y su personal ayudan a los estudiantes a solicitar y obtener asistencia financiera para los estudios. Basándose en un análisis de las necesidades del estudiante, el administrador también puede emplear su criterio profesional para modificar los datos de la solicitud del alumno.

Alumno dependiente

El alumno que no cumple con ninguno de los criterios para considerarse alumno independiente. El alumno independiente cumple con por lo menos una de los siguientes condiciones: tener al menos 24 años de edad; estar casado; cursar estudios de posgrado; ser veterano (ex militar); ser integrante de las Fuerzas Armadas; ser huérfano; estar bajo la tutela de los Tribunales o tener personas a su cargo (aparte de su cónyuge).

Alumno independiente

El alumno independiente cumple con por lo menos una de los siguientes condiciones: tener al menos 24 años de edad; estar casado; cursar estudios de posgrado; ser veterano (ex militar); ser integrante de las Fuerzas Armadas; ser huérfano; estar bajo la tutela de los Tribunales o tener personas a su cargo (aparte de su cónyuge).

Análisis de necesidad económica

El proceso de analizar cuánto dinero una persona necesita para realizar sus estudios —conocido como el «análisis de necesidad económica»— se centra en determinar un monto razonable que se pueda esperar que la familia contribuya a sufragar los estudios del alumno. Por lo regular, este análisis se lleva a cabo recogiendo información sobre los ingresos, bienes y gastos de subsistencia de la familia. Para efectos de los programas federales de ayuda estudiantil, la ley establece una fórmula para el análisis de la necesidad económica. A partir de esta fórmula se calcula el «aporte familiar previsto». El aporte familiar previsto y el costo de estudiar los utiliza la institución postsecundaria para calcular el grado de necesidad financiera del alumno y para adjudicar becas, ayuda con base en el recinto institucional y préstamos con subsidio. La institución puede pedir que el alumno realice otros trámites, con el objeto de evaluar la necesidad de éste para efectos de otorgar ayudas no federales.

Aporte familiar previsto

El aporte familiar previsto (EFC, por sus siglas en inglés) es el número que sirve como indicador de la capacidad económica del estudiante y su familia, y se utiliza para determinar el tipo y monto de ayuda que se le puede otorgar. Se calcula a partir de los datos proporcionados en la FAFSA. El valor del aporte familiar previsto se notifica al estudiante en el Informe de Ayuda Estudiantil (SAR).

Capacidad para beneficiarse

Entre los criterios utilizados para determinar si el estudiante puede recibir asistencia de los programas del Título IV es el de haberse obtenido el diploma de secundaria (high school) o su equivalente. El alumno que no se haya graduado de secundaria (o que no haya obtenido un certificado de Formación Educativa General [GED]) tiene la oportunidad para demostrar, aprobando un examen autorizado, que cuenta con la suficiente «capacidad para beneficiarse» de la enseñanza o capacitación ofrecidas en una institución determinada.

Capital

El monto de dinero prestado. Los intereses se calculan a partir de este monto.

Capitalización de intereses

En el caso de ciertos préstamos (como, por ejemplo, los Préstamos FFEL con subsidio), el Departamento de Educación de EE.UU. pagará los intereses que se acumulen mientras el estudiante se encuentra matriculado para estudiar con dedicación de por lo menos medio tiempo, y también durante los períodos de aplazamiento de pago. Sin embargo, el prestatario será responsable de pagar los intereses durante todo período de indulgencia de morosidad (ya se trate de préstamos con o sin subsidio del interés). También, le incumbirá pagar los intereses de los Préstamos Stafford sin subsidio y los Préstamos PLUS. En el caso de que el prestatario no pague los intereses, serán capitalizados, o sea, añadidos al saldo del capital del préstamo, lo cual aumentará el saldo pendiente de pagar. Los intereses que se han capitalizado (y que, por ello, han contribuido a que aumentara el importe original del préstamo) generarán, a su vez, aún más intereses, y así incrementarán el total a pagar.

Carta de concesión

La carta de concesión que emite la institución educativa expone el tipo y monto de ayudas que ésta otorgará, si el estudiante acepta la oferta de admisión y se inscribe para estudiar ahí.

Certificado de Formación Educativa General (GED)

El certificado otorgado al estudiante que apruebe un examen autorizado de equivalencia de escuela secundaria que sea diseñado específicamente para ese propósito. El alumno que tenga un GED puede participar en los programas de ayuda federal para estudiantes. La institución postsecundaria que acepte a estudiantes que no cuentan con ningún diploma de educación secundaria, deberá poner a disposición de éstos un programa de GED que quede cerca del recinto educativo, y también deberá informarles sobre el mismo.

Consolidación

El proceso de combinar los saldos de uno o más préstamos en un solo préstamo.

Costo de estudiar

El costo total de estudiar en una institución postsecundaria. En general, este monto —que se calcula según normas establecidas por ley— se expresa como una cifra anual. El costo de estudiar incluye: matrícula y cuotas; pensión completa en el recinto educativo (o, si el alumno reside fuera del recinto, un subsidio para los gastos de alojamiento y alimentación) y asignaciones para pagar libros, materiales, transporte, comisiones de préstamo y, si corresponde, cuidado de personas a cargo. Además, se prevé en el costo de estudiar un subsidio para gastos varios, incluidos los que se realizan para alquilar o comprar una computadora personal. Se cubren también los gastos relacionados con una discapacidad. Se prevén asimismo los costos razonables de programas de estudio en el extranjero que sean autorizados. El costo de estudiar de los que cursen estudios con dedicación de menos de medio tiempo incluirá la matrícula y cuotas, una asignación para libros y materiales, y los gastos de transporte y de cuidado de personas a cargo. También puede incluir los gastos de alojamiento y alimentación durante un período máximo de tres semestres (o su equivalente) en la institución educativa, pero no más de dos de esos semestres (o su equivalente) pueden ser en períodos consecutivos. Si usted tiene gastos extraordinarios que podrían repercutir en el cálculo de su costo de estudiar, consulte al administrador de ayuda económica en la institución a la que tiene previsto asistir.

Curso académico (año académico)

El período de tiempo que utilizan las instituciones educativas para medir la cantidad de estudios que se llevan a cabo. Por ejemplo, el curso académico de una institución determinada podría consistir en los semestres de primavera y otoño, durante los cuales el estudiante ha de cursar 24 horas semestrales. La duración del curso académico varía de institución a institución e incluso según el programa educativo que se curse en una misma institución.

Desembolso

El pago de los fondos del préstamo por parte del prestamista. Tratándose de la consolidación de saldos, este término se refiere a la remisión de pagos de liquidación a las entidades que administran los préstamos subyacentes.

Estudiante regular

Persona que se encuentra matriculada en una institución postsecundaria (o admitida para ese efecto) con el objeto de obtener un título, certificado u otro credencial educativo que ésta ofrece. En general, a los efectos de recibir ayuda de los programas mencionados en esta publicación, hay que ser estudiante regular. (Para algunos programas, existen excepciones a este requisito.)

Extranjero con derecho a participar

Para poder recibir ayuda federal para estudiantes, hay que pertenecer a una de las siguientes categorías:


  • Ser ciudadano de EE.UU.
  • Residente de los protectorados y territorios de EE.UU. (incluidos los nativos de Samoa Estadounidense o de la Isla de Swain)
  • Residente permanente de EE.UU. que posee una tarjeta de residencia I-151, I-551 o I-551C (tarjeta de residencia permanente)

Si el estudiante no pertenece a ninguna de las categorías anteriores, debe ser extranjero con derecho de participación y contar con la constancia de su llegada o salida (I-94), emitida por la Oficina de Ciudadanía y Servicios Inmigratorios de EE.UU., que indique una de las siguientes designaciones:


  • «Refugiado»
  • «Asilo otorgado»
  • «Inmigrante cubano o haitiano: situación pendiente»
  • «Inmigrante condicional» (válida sólo si se emitió antes del 1 de abril de 1980)
  • Víctima del tráfico de seres humanos, con una visa tipo T (T-2, T-3 o T-4, etc.)
  • «Parolee», o «admitido a prueba» (La persona que tenga esta designación debe ser admitida a Estados Unidos por un mínimo de un año y poder proporcionar documentación probatoria, expedida por la Oficina de Ciudadanía y Servicios Inmigratorios de EE.UU., de que se encuentra en el país por fines que no sean de índole temporal, y de que tiene la intención de hacerse ciudadano o residente permanente.)

No puede recibir ayuda federal para estudiantes la persona que sólo tenga un Aviso de Autorización para la Solicitud de Residencia Permanente (I-171 o I-464).

Tampoco puede obtener ayuda federal para estudiantes la persona que se encuentre en Estados Unidos al amparo de ciertas clases de visa, incluidas la visa de estudiante (tipo F1 o F2) o la visa de visitante por intercambio (tipo J1 o J2) y una visa de la serie G (relativas a organizaciones internacionales). Para obtener mayor información sobre los otros tipos de visa que no son aceptables, comuníquese con la oficina de ayuda económica de su institución educativa.

Los ciudadanos y los extranjeros con derecho a participar pueden obtener préstamos mediante el Programa FFEL, si se matriculan en una institución educativa extranjera que participa en este programa. Los ciudadanos de los Estados Federales de Micronesia, la República de las Islas Marshall y la República de Palaos sólo pueden participar en el Programa Federal de Becas Pell, el Programa Federal de Becas Complementarias para la Oportunidad Educativa y el Programa Federal de Estudio y Trabajo. Estos solicitantes deben consultar la oficina de ayuda económica de su institución educativa para obtener mayor información.

Garante

La entidad que administra el Programa Federal de Préstamos para la Educación de la Familia (Programa FFEL) en un estado determinado. Esta agencia es la mejor fuente de información sobre los Préstamos FFEL. Si usted desea averiguar el nombre, dirección y número telefónico de la agencia garante que opera en su estado, llame al Centro de Información sobre Ayuda Federal para Estudiantes al 1-800-433-3243.

Incumplimiento de pago

El no cumplir con las condiciones de pago que se aceptaron al firmarse el pagaré. En lo que respecta a los programas de Préstamos FFEL y Directos, el incumplimiento de pago se define con aún más precisión: el no efectuar pagos durante 270 días (si los pagos vencen cada mes) o durante 330 días (si vencen con una frecuencia menos de cada mes). Las consecuencias del incumplimiento de pago son graves para el prestatario. La institución educativa, el prestamista o la agencia que administra el préstamo, el estado y el Gobierno federal, están permitidos todos a tomar medidas para recuperar el dinero, incluido notificar a las agencias nacionales de informes crediticios. Esto puede perjudicar el historial de crédito del prestatario durante un período de hasta siete años. Por ejemplo, a éste le podría resultar muy difícil obtener de un banco un préstamo para comprar un automóvil o una casa. Además, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede embargarle el reintegro tributario federal y aplicarlo a la deuda; asimismo, la agencia que administra el préstamo puede pedir al empleador del prestatario que retenga una porción del sueldo de éste para pagar el préstamo. El prestatario también será responsable de pagar los costos de cobro. Si decide volver a estudiar, no tendrá derecho a recibir más ayuda federal para estudiantes. Incluso se puede interponer una demanda en su contra para obligar el cumplimiento del pago. En muchos casos, es posible evitar el incumplimiento de pago presentando una solicitud de aplazamiento de pago o de indulgencia de morosidad, o bien, una solicitud de anulación de la deuda, y si se suministra la pertinente documentación justificativa.

Informe de Ayuda Estudiantil

El Informe de Ayuda Estudiantil (SAR) resume la información proporcionada en la Solicitud Gratuita de Ayuda Federal para Estudiantes (FAFSA) y contiene el aporte familiar previsto (EFC).

 

Después de presentar la FAFSA, el estudiante recibirá los resultados de su solicitud, ya sea por correo electrónico (al cabo de unos días de la tramitación de la misma) o por correo postal (dentro de unas semanas). A este documento se le conoce como el Informe de Ayuda Estudiantil (SAR, por sus siglas en inglés). El Informe de Ayuda Estudiantil resume toda la información proporcionada en la FAFSA. Si no faltan correcciones o más información, se presentará en el informe el aporte familiar previsto, el número que se utiliza para determinar el tipo y monto de asistencia federal que se le puede otorgar al solicitante. Sin importar el modo de presentación de la FAFSA (o sea, impresa o electrónica), enviaremos los datos de su Informe de Ayuda Estudiantil electrónicamente a las instituciones que usted indicó en la solicitud.

Inscripción en el Sistema del Servicio Selectivo

Para participar en los programas federales de ayuda estudiantil, el estudiante debe estar inscrito en los registros militares del Sistema de Servicio Selectivo si:

§             es un varón nacido a partir del 1 de enero de 1960;

§             tiene por lo menos 18 años de edad y

§             actualmente no presta servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU.

Los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, de las Islas Marshall y de Palaos están exentos de este requisito.

Interés

La suma que cobra el prestamista y paga el prestatario por el uso de dinero prestado. El interés se calcula como un porcentaje del capital pendiente de pago (importe del préstamo).

Medio tiempo

En las instituciones educativas que miden la secuencia de estudios en horas crédito y también en trimestres, cuatrimestres o semestres, «medio tiempo» —para un programa de pregrado— significa cursar al menos seis horas semestrales o seis horas trimestrales por período académico. En las instituciones que miden la secuencia en horas crédito pero que no utilizan semestres, cuatrimestres o trimestres, «medio tiempo» significa cursar por lo menos 12 horas semestrales o 18 horas trimestrales al año. En las instituciones que miden la secuencia de estudios en horas reloj, «medio tiempo» significa cursar por lo menos 12 horas por semana. Precisa señalar que las instituciones pueden optar por establecer mínimos que sean mayores que los antedichos. Para recibir Préstamos Stafford, es obligatorio estudiar con una dedicación de por lo menos medio tiempo. En cambio, la dedicación de estudio de medio tiempo no es requisito de participación en los siguientes programas: Programa Federal de Becas Pell, Programa Federal de Becas Complementarias para la Oportunidad Educativa, Programa Federal de Estudio y Trabajo y Programa Federal de Préstamos Perkins.

Pagaré

El documento legalmente vinculante que firma el prestatario al obtener un préstamo estudiantil. Esta letra estipula las condiciones según las cuales el prestatario acepta conseguir y después devolver el préstamo. El pagaré incluye información sobre la forma en que se calcula la tasa de interés y sobre las disposiciones relativas al aplazamiento de pago y a la condonación. Es muy importante leer y guardar este escrito, ya que será necesario consultarlo una vez que se empiece a reintegrar el préstamo o cuando se necesite información sobre las disposiciones relativas al préstamo, tales como las que rigen la concesión de los períodos de aplazamiento de pago o de indulgencia de morosidad.

Paquete de ayuda económica

El conjunto de toda la ayuda económica (federal y no federal) que una institución postsecundaria determinada ofrece al estudiante. El administrador de ayuda económica de la institución combinará varios tipos de asistencia para formar un «paquete» que contribuya a sufragar los gastos de estudio del alumno. Una de las responsabilidades principales del administrador es la de aprovechar todos los recursos disponibles para elaborar para el estudiante el mejor conjunto de ayuda posible. Sin embargo, como los fondos de asistencia son limitados, es posible que el monto efectivo del paquete sea menos que la cantidad que se necesita para cubrir todo el costo de estudiar. Asimismo, la porción del apoyo federal en el paquete puede verse afectada por la suma de asistencia que el estudiante reciba de otras fuentes (becas institucionales, ayuda estatal, etc.).

Período de gracia

Después de que se gradúe, deje sus estudios o reduzca su dedicación de estudio a menos de medio tiempo, el prestatario dispondrá de varios meses antes de que venza el primer pago de los préstamos que obtuvo para pagar esos estudios.  A este intervalo se le conoce como el «período de gracia».

Durante el período de gracia, no se acumulan los intereses de los préstamos con subsidio. En cambio, los intereses de los préstamos sin subsidio se acumulan durante el período de gracia y se capitalizarán cuando el prestatario empiece a devolver el préstamo.

Préstamo con subsidio del interés

Préstamo cuyo prestatario no está obligado a pagar los intereses mientras se encuentra en un período de estudios, de gracia o de aplazamiento de pago. Los préstamos con subsidio incluyen los Préstamos Directos Stafford con subsidio, Préstamos Directos de Consolidación con subsidio, los Préstamos FFEL Stafford con subsidio y Préstamos FFEL de Consolidación con subsidio.

Préstamo sin subsidio del interés

Préstamo cuyo prestatario está obligado a pagar los intereses sin importar la condición en que se encuentre el préstamo. Los intereses de los préstamos sin subsidio se acumulan desde la fecha de desembolso hasta la fecha de liquidación. Los préstamos sin subsidio incluyen: Préstamos Directos Stafford sin subsidio, Préstamos Directos PLUS, Préstamos Directos de Consolidación sin subsidio, Préstamos FFEL Stafford sin subsidio, Préstamos FFEL PLUS y Préstamos FFEL de Consolidación sin subsidio.

Prestatario

Persona que ha firmado el pagaré y ha aceptado las condiciones expresadas en esa letra y que, por lo mismo, tiene la obligación de reembolsar el préstamo.

Programa aprobado

Programa de instrucción o estudio organizado que lleva a la obtención de un título académico o profesional, o de un certificado, o de algún otro credencial educativo reconocido. A los efectos de obtener ayuda económica federal, hay que estar matriculado en un programa aprobado, salvo en dos casos:

  • Si la institución educativa estipula que el estudiante curse ciertas asignaturas antes de ser admitido en un programa aprobado, éste puede obtener un Préstamo Stafford que cubra sus gastos de estudio preparatorio durante un máximo de doce meses consecutivos mientras termina esas asignaturas. No obstante, el alumno tendrá que estar matriculado para estudiar con una dedicación de al menos medio tiempo y también deberá cumplir con los demás requisitos de participación.

  • Si el estudiante está matriculado con una dedicación de por lo menos medio tiempo en un programa que conduce a un credencial profesional o certificación docente (la obtención de la cual fue estipulada por el estado como condición de empleo como maestro de primaria o secundaria), puede obtener por la duración de ese programa los siguientes tipos de ayuda federal: puestos del Programa Federal de Estudio Federal, Préstamos Federales Perkins o Préstamos Stafford. También, los padres del alumno pueden obtener Préstamos PLUS.

Progreso académico satisfactorio

Para poder recibir ayuda federal para estudiantes, hay que satisfacer y mantener las normas establecidas por la institución postsecundaria relativas al progreso académico satisfactorio hacia la obtención de un título o certificado que ésta otorga. Consulte con su institución educativa para averiguar cuáles son sus normas de aprovechamiento académico.

Sistema Nacional de Información sobre Préstamos Estudiantiles (NSLDS)

 

 

 

 

Nuestra base de datos que se puede consultar para obtener información sobre la asistencia recibida de los programas federales de ayuda económica para estudiantes.  (El estudiante que acabe de solicitar ayuda por primera vez todavía no encontrará ninguna información pertinente en NSLDS.) Este sistema recibe datos por parte de instituciones postsecundarias, garantes y los programas del Departamento de Educación de EE.UU.  En general, se puede visitar el sitio web de NSLDS las 24 horas del día y los siete días de la semana. Al usar su PIN para tener acceso a sus datos en el sistema, el beneficiario de los programas federales de ayuda para estudiantes puede conseguir información sobre el desembolso, importe y saldo pendiente de sus préstamos o becas, como asimismo sobre la condición actual de su cuenta de préstamo. Se puede obtener acceso a NSLDS en www.nslds.ed.gov.

Verificación

Durante este proceso, la institución educativa verifica la exactitud de ciertos datos que se han proporcionado en la FAFSA. La institución educativa tiene la autoridad para pedirle al estudiante que aporte documentación que acredite los ingresos y otros datos declarados en la FAFSA.

Fecha de última actualización o revisión: 27 de febrero de 2008

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