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Cumplimiento de los requisitos |
Utilización de los recursos económicos |
Proceso de la solicitud |
Cumplimiento de los requisitos arriba
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- Proyectos – La asistencia económica con el alquiler podrá
utilizarse tanto para los proyectos financiados para la Vivienda Rural
en Alquiler construida por la HCFP (Sección 515), o la Vivienda para los
Obreros Agrícolas (Sección 514). Los proyectos deberán establecerse
bajo las bases sin fines lucrativos o lucro limitado.
- Inquilinos - Las personas con ingresos muy escasos y escasos, personas
de edad avanzada, y personas disválidas cumplirán con los requisitos
si no están en posibilidades de pagar el alquiler mensual básico
considerado dentro del 30 porciento del ingreso mensual ajustado.
Ingresos muy escasos se definen como aquellos que están por debajo del
50 porciento del ingreso medio en la zona (AMI, por sus siglas en
inglés); los ingresos escasos están entre el 50 y 80 porciento del
AMI, los ingresos moderados se establecen al agregarles $5,500 a los
límites de los ingresos escasos.
La HCFP y el propietario del proyecto firman un contrato a cinco años en
el cual la HCFP se compromete a pagar el alquiler en nombre de los inquilinos
que ocupen un número designado o porcentaje de las unidades. Tanto la HCFP,
como el propietario del proyecto convienen en apegarse a toda la
reglamentación pertinente de la HCFP. El contrato entra en vigor el primer
día del mes en el cual se firme (podrá cubrirse el pago del alquiler de
las unidades adicionales según la disponibilidad de los recursos
económicos, y si se firma un contrato adicional). El convenio podrá
renovarse cuantas veces lo permita la disponibilidad de recursos económicos.
Los Directores Estatales podrán transferir a otros proyectos los contratos
no utilizados y los que no fueron necesarios. |
Utilización de los recursos económicos arriba |
El programa de Asistencia con el Alquiler Rural (RA, por sus siglas en
inglés), brinda una fuente adicional de apoyo económico para los
núcleos familiares con ingresos muy escasos para pagar el alquiler (básico),
subsidiado por la HCFP, con sus propios recursos. La HCFP le pagará al
propietario del complejo de la vivienda multifamiliar la diferencia entre
la contribución del inquilino (30 porciento del ingreso ajustado) y la
tarifa mensual del alquiler.La prioridad de la RA será la vivienda
financiada por la Sección 515 y se le otorgará a un proyecto, aún si un
estudio de mercado señale que el mayor porcentaje de inquilinos
prospectos necesitan de la RA, o si la zona reclama la necesidad más
imperiosa de vivienda dentro del estado, y resulta seleccionada para la
asistencia económica según los criterios evaluados (establecidos la
Instrucción FmHA 1944-·[1944.231]). Observaciones: La solicitud ante la
RA generalmente la presenta el prestatario (propietario del proyecto). No
obstante, si no es el prestatario quien la presenta, las personas que
cumplan con los requisitos para recibir la asistencia con el alquiler en
un proyecto, podrán solicitarle al propietario que la tramite para
favorecerlos. Existe un proceso de apelaciones ante la HCFP si el
propietario se niega a solicitar la ayuda con el alquiler. En los
proyectos existentes, la demanda excede en mucho el abasto. |
Proceso de la solicitud arriba |
Las solicitudes a la RA las aprueba el Director Estatal. |
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