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Una vez que comience una pandemia, ¿pueden los empleadores ordenar la implementación de horarios de trabajo alternativos (por ej., horarios flexibles y turnos escalonados) o acuerdos laborales alternativos (por ej., el teletrabajo) para promover el distanciamiento social?


Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo
Subcategoría:
Trabajo desde la casa y distanciamiento social

Respuesta:

Una vez que comienza una pandemia, el cambio de los horarios de trabajo o tareas generalmente queda bajo su discreción siempre y cuando tales cambios no sean discriminatorios y sean consistentes con todo acuerdo colectivo de negociación aplicable o contrato de empleo. Los planes de usar horarios de trabajo alternativos deben ser comunicados a sus empleados en sus planes de emergencia. La utilización de acuerdos laborales alternativos para lograr el distanciamiento social entre empleados es un derecho que usted tiene y es algo que funciona en beneficio de sus empleados.

No obstante, antes de una pandemia, los empleadores deben tener mucho cuidado de no tomar decisiones relacionadas con el personal en base a percepciones de la disponibilidad de un empleado durante una pandemia, salvo que la decisión sea consistente con la política de la compañía y sea aplicada de una manera no discriminatoria. Recuerde que no puede hacer distinción por motivos de raza, sexo, edad (40 o mayor), color, religión, origen nacional, discapacidad o condición de veterano.


Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.

No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.


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Actualización: 01/25/2004