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¿Puede un empleador pedirle a un empleado que está enfermo con influenza pandémica que proporcione un certificado médico, presente un examen médico o que espere un período específico de tiempo sin tener síntomas antes de volver al trabajo?


Categoría: Preguntas sobre políticas de recursos humanos y planificación para una pandemia en el lugar de trabajo
Subcategoría:
Regreso al trabajo

Respuesta:

Sí. Sin embargo, los empleadores deben tener en cuenta que durante una pandemia, los recursos de atención médica pueden no dar abasto y puede ser difícil para los empleados conseguir citas con médicos u otros proveedores de atención médica para verificar si se encuentran bien o si ya no son contagiosos.

Durante una crisis sanitaria debido a una pandemia, según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades1 (ADA, por sus siglas en inglés), un empleador podría exigir un certificado médico, un examen médico o un período de tiempo durante el cual el empleado permanezca sin síntomas antes de permitirle regresar al trabajo. Específicamente, un empleador puede solicitar que un empleado cumpla con los requisitos mencionados anteriormente si se cree razonablemente, en base a evidencia objetiva, que la afección médica presente de ese empleado

  1. perjudicaría su capacidad para desempeñar funciones esenciales del empleo (es decir, tareas fundamentales de su puesto) con o sin las condiciones laborales razonables, o,
  2. representaría una amenaza directa (es decir, un riesgo significativo de daño considerable que no se puede reducir o eliminar con las condiciones laborales razonables) para la seguridad en el lugar de trabajo.

En situaciones en las cuales la licencia de un empleado está cubierta por la Ley de Licencia por Motivos Familiares y Médicos, el empleador puede tener una política o práctica uniformemente aplicada que requiera que todos los empleados similarmente situados obtengan y presenten certificados de sus proveedores de atención médica que indiquen que están en condiciones de retomar su trabajo. Los empleadores deben notificar a los empleados con anticipación si les van a solicitar un certificado de aptitud física para trabajar para retomar sus tareas. El certificado en sí sólo necesita ser una simple declaración de la aptitud física del empleado para volver a su trabajo. Si la ley estatal o local o los términos de un acuerdo colectivo de negociación rigen el regreso al trabajo de un empleado, se deben aplicar esas disposiciones. Los empleadores deben tener en cuenta que los certificados de aptitud física para trabajar pueden ser difíciles de obtener durante una pandemia.

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1 La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) exige el cumplimiento del Título I de la ADA. Las disposiciones de la ADA en cuanto a preguntas relacionadas con la discapacidad, exámenes médicos y confidencialidad se aplican a todos los postulantes y empleados de empleadores cubiertos, sin importar si tales individuos tienen discapacidades, según las define la ADA. Por el contrario, otros requisitos de la ADA se aplican sólo si un postulante o un empleado es un individuo con una discapacidad según la ADA.

No es posible establecer anticipadamente y con certeza si una futura influenza pandémica llegaría al nivel de convertirse en una discapacidad conforme a la ADA. Por lo tanto, esta respuesta proporciona pautas para los empleadores que cumplirían con la ADA incluso si una enfermedad pandémica futura se considerara una discapacidad conforme a la ADA.


Nota: Como pauta general, los empleadores deben guiarse en sus relaciones con sus empleados no sólo por la ley laboral federal, sino también por sus propios manuales para empleados, guías y contratos (incluyendo acuerdos de negociación), y por cualquier ley estatal o local aplicable.

No todas las leyes laborales a las que se hace referencia se aplican a todos los empleadores o a todos los empleados, en particular a las agencias gubernamentales locales y estatales. Para obtener información sobre si un empleador o empleado en particular está cubierto por una ley, por favor use los enlaces que se brindan para información más detallada. Esta información no está destinada a agencias federales o empleados federales, los cuales deben comunicarse con la Oficina de Administración de Personal de EE.UU. (OPM, por sus siglas en inglés) para obtener asesoramiento.


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Actualización: 01/24/2008