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Farm Service Agency
COMUNICADO DE PRENSA
Public Affairs Staff
1400 Independence Ave SW
Washington, D.C. 20250-0506

 
Comunicado No. 0310ES.08

 
Contacto:
Isabel Benemelis (202) 720-7809

 
El USDA Decreta Cambios al Límite de Pagos, Elegibilidad a Ingresos e Implementa Programas de Atribución Directa

 
WASHINGTON, 19 de diciembre de 2008 - Con la publicación del dictamen final provisional en el Registro Federal la semana entrante, el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (o USDA por sus siglas en inglés) anunció cambios a los requisitos de elegibilidad de Ingreso Bruto Ajustado (Adjusted Gross Income o AGI) y al límite de pago por programa, y de la atribución directa para los programas de la Agencia del Servicio Agrícola (Farm Service Agency o FSA) y del Servicio Para la Conservación de Recursos Naturales (Natural Resources Conservation Services o NRCS), que tomaron efecto según la Ley Agrícola de 2008 (2008 Farm Bill).

 
Comentarios públicos sobre el dictamen final provisional deben someterse al USDA dentro de los 30 días después de la fecha de publicación. ?Los cambios a las reglas de participación del programa y a los requisitos de elegibilidad de ingresos harán los programas agrícolas más justificables a los contribuyentes de impuestos de Estados Unidos,? dijo el Secretario de Agricultura Ed Schafer. ?Este es un paso en la dirección adecuada para asegurar que los beneficios de los programas estén destinados a granjeros y rancheros que cumplen con los requisitos de elegibilidad y que están activos.?

 
Para los programas de mercancías y de desastre, el límite de AGI fue reducido de $2.5 millones AGI de todas las fuentes a un AGI no-agrícola promedio de tres años de $500, 000 de manera que una persona o una entidad no será elegible para tales programas si su AGI no-agrícola excede de $500,000. También, bajo las nuevas regulaciones, un individuo o una entidad deben tener un AGI promedio de tres años igual a o menor que $750,000 por año de ingresos agrícolas para ser elegible a pagos directos bajo el Programa de Pagos Directos y Contra-cíclicos (Direct and Counter-cyclical Payment Program o DCP).

 
La definición de ingresos derivados de operaciones de cultivo, ganadería y de silvicultura fue ampliada para incluir, entre otras cosas, actividades tales como el embalaje, almacenaje y transporte de mercancías agrícolas; la producción de productos ganaderos; productos de bioenergía renovables cultivados en granja; y en algunos casos, aporte operacional a granjeros, rancheros y silvicultores. Para ser elegible a los programas de conservación, la limitación promedio de AGI no agrícola es de un máximo de $1 millón. Sin embargo, un individuo o una entidad que tiene un AGI no-agrícola en exceso de $1 millón sigue siendo elegible para los programas de conservación solamente si el 66.66 por ciento o más del AGI total se deriva de operaciones de cultivo, ganadería o silvicultura. Además, puede que no se aplique el límite de AGI para los programas de conservación según las circunstancias de cada caso, si se determina que el hacerlo protege tierras ecológicamente sensibles y de significado especial.

 
Los pagos del programa son limitados por atribución directa a individuos o a entidades. Una entidad legal se define como una entidad creada bajo la ley Federal o Estatal que es dueño de tierras o mercancía agrícola, productos o ganados. Con la atribución directa, el pago se limita en base al monto de los pagos recibidos por la persona, ya sea directa o indirectamente. Los cónyuges que cumplen con los requisitos son elegibles para ser considerados por separado, para los propósitos del límite del pago, en lugar de ser automáticamente combinados bajo una limitación.

 
Los estados, los gobiernos locales, las subdivisiones políticas, y otras agencias eran elegibles para los pagos antes de promulgarse la ley 2008. La ley 2008 y este dictamen hacen a tales jurisdicciones inelegibles para los pagos a menos de que tales pagos se ganen en tierras que sean propiedad del estado y se utilicen para apoyar a escuelas públicas. Los pagos bajo esta excepción se limitan a $500,000 anualmente; el límite no aplica para estados que tengan una población de menos de 1.5 millones de habitantes.
Los individuos y las entidades deben estar ?involucrados de manera activa en el cultivo? con respecto a una operación agrícola para ser elegible para los pagos y los beneficios especificados. Para ser considerado ?activamente involucrado en el cultivo,? el individuo o la entidad debe hacer contribuciones importantes a la operación agrícola de: (1) capital, equipo, tierra, o una combinación; y (2) labores en persona o activamente contribuir a la gerencia, o una combinación.

 
Bajo las normas en efecto desde 1988, no todos los miembros de una entidad tuvieron que personalmente y de manera activa contribuir trabajo o manejo. El dictamen final provisional requiere que cada socio, accionista, o miembro con un interés de propiedad haga una contribución en persona de obras de trabajo activas o activamente y en persona contribuir a la gerencia. La contribución debe hacerse con regularidad, ser considerable, y ser documentada así como separada y distinta de la contribución de cualquier otro miembro. El dictamen limita la posibilidad de que accionistas pasivos/inactivos continúen recibiendo los beneficios por entidad.

 
Bajo el dictamen final provisional, la adición de individuos o entidades a una operación existente para conseguir derecho a pagos adicionales es más restrictivo que bajo regulaciones anteriores. La regla anterior en vigencia desde 1988 dice que la adquisición de por lo menos 20 por ciento de nuevas tierras cultivables a la operación agrícola le permite agregar un número ilimitado de nuevas personas y/o de entidades jurídicas elegibles para pagos. El dictamen cambia el requisito del aumento del 20 por ciento de tierras cultivables a extensión base de acres y solamente permite la adición de una persona nueva a la operación. Sin embargo, en base a la magnitud y la complejidad del cambio en la operación agrícola, la oficina estatal de la FSA puede aprobar que personas adicionales o entidades legales reciban pagos bajo la operación agrícola. El cambio elimina el resquicio legal que previamente permitió un aumento ilimitado en el número de limitaciones que podrían acompañar un aumento del 20 por ciento en áreas de tierras elegibles que cumplen con la definición de tierras cultivables.

 

 
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