Responsabilidades
Ambientalistas del Desarrollo Rural de la USDA |
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El Desarrollo Rural de la USDA ha establecido
políticas y procedimientos diseñados para garantizar que sus programas
de vivienda rural, comercios y/o cooperativas, desarrollo comunitario y
programas de servicios públicos cumplan con los requisitos ambientalistas
de la Ley de Política Nacional del Medio Ambiente, así como con otros
estatutos ambientalistas, mandatos ejecutivos, y normatividad de la USDA.
Las metas del programa de desarrollo se desarrollan y avanzan de una
manera que protejan, mejoren, y restablezcan las condiciones del medio
ambiente. A la calidad del medio ambiente se le brinda la igualdad de
consideraciones que otros factores económicos, sociales, y pertinentes
dentro de los procesos de desarrollo y tomas de decisiones del programa. |
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Antes de que el Desarrollo Rural pueda convenir
en proporcionar el apoyo económico para un proyecto especial, este
deberá tomar en consideración los impactos ambientales de la acción
propuesta y garantizar que los pasos a seguir se harán con el fin de
evitar, o mitigar cualquiera de los impactos que le sean adversos al medio
ambiente. Estos análisis de impactos ambientales se logran a través de
las consultas con los solicitantes y las instituciones crediticias, otras
dependencias federales, estatales y municipales, tribus indias, y grupos
públicos interesados. |
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Se preparará un documento de revisión
ambientalista. La cobertura del análisis y el nivel de detalle reflejado
en la revisión ambientalista dependerán de las dimensiones y complejidad
de la propuesta, así como el alcance e intensidad de los impactos
ambientales esperados. Esta revisión ambientalista se utiliza como un
instrumento administrativo en la planificación del proceso para colaborar
con el Desarrollo Rural y el solicitante, o institución crediticia, a
tomar mejores decisiones con el previo conocimiento de las consecuencias
ambientales de la propuesta, y tomar las acciones pertinentes que
evitarían y reducirían los impactos ambientales. |
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Responsabilidades del Solicitante e
Institución Crediticia |
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La división de Desarrollo Rural espera que los
solicitantes (y en el caso de los préstamos garantizados, las
instituciones crediticias y los clientes de estas) tomen en consideración
los impactos potenciales contra el medio ambiente que pudieran tener sus
propuestas en las etapas iniciales de planificación, y desarrollar
propuestas que reduzcan los impactos ambientales que sean adversos. Los
solicitantes prospectos y las instituciones crediticias deberán
comunicarse con la oficina de campo del Desarrollo Rural de la USDA, para
identificar, tan pronto como les sea posible, los requisitos
ambientalistas, después de tomar la decisión de proceder a la solicitud
del apoyo económico. A los solicitantes e instituciones crediticias se
les pudiera solicitar la difusión de notificaciones públicas con el fin
de informar e involucrar al público en general en el análisis del
impacto ambiental, colaborar con la investigación de alternativas al
proyecto, y poner en práctica las medidas para mitigar o reducir los
impactos potencialmente adversos. |
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Recursos Ambientales Protegidos |
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Algunos de los recursos ambientales que merecen
una consideración especial como parte del proceso de planificación del
solicitante, y que serán analizados por la división de Desarrollo Rural
a través de su proceso de revisión ambientalista son: |
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- Recursos de las barreras de los litorales
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- Terrenos clasificados como preferentes
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- Zonas de administración de los litorales marítimos
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- Especies en peligro o amenazadas, o en un hábitat crítico
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- Zonas de fuentes únicas de recarga acuífera
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- Planicies de desbordamiento de ríos
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- Zonas históricas y arqueológicas
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- Ríos silvestres y panorámicos
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- Tierras agrícolas importantes
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- Terrenos boscosos preferentes
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Participación pública |
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La Ley de la Política Nacional del Medio
Ambiente fomenta la participación de las dependencias federales y
estatales, así como la de cualquier participación de ciudadanos y
organizaciones en el proceso de revisión ambientalista. La normatividad
de la división de Desarrollo Rural establece que las personas interesadas
estén en posibilidades de obtener información y las circunstancias que
guardan las revisiones ambientalistas de todos los proyectos, y que se les
otorgue la oportunidad de comentar los impactos ambientales potenciales de
los proyectos específicos. Esta normatividad también garantiza que las
personas interesadas tengan acceso a la documentación ambientalista que
respalden las decisiones de la división de Desarrollo Rural. |
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Si desea obtener ayuda técnica |
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El personal asignado a las oficinas de campo de
la división de Desarrollo Rural de la USDA ayudará a los solicitantes e
instituciones crediticias a integrar las consideraciones ambientalistas
como parte de la etapa inicial de planificación y diseño de sus
propuestas de sus proyectos, en cuanto sea posible. Si es pertinente, el
personal de Desarrollo Rural recomendará las acciones alternas, entre las
cuales se incluyen las medidas mitigantes que podrán tomarse para reducir
los impactos adversos. |
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Más información |
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Comuníquese con el coordinador del medio
ambiente en la oficina estatal de Desarrollo Rural de la USDA en su Estado ,
que se menciona en la sección de las páginas azules en la mayoría de
los directorios telefónicos, bajo "Agricultura, Departamento de. |
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Además, cada Estado cuenta con una Guía del
Manejo de Recursos Naturales, a la disposición del público en general, a
través de cualquier oficina de Desarrollo Rural de la USDA..
Hasta el punto práctico, esta guía identifica los recursos naturales
estatales, usos de los terrenos, y otros asuntos ambientalistas que son
regulados por las autoridades federales, estatales, ó locales, y que
deberán tomarse en consideración durante la planificación y diseño de
las propuestas. Esta guía también brinda un resumen de varias normas, o
tipos de protección que se han establecido, y además una lista de puntos
de contacto apropiados para obtener más información. Esta guía es un
documento de consulta muy útil para los solicitantes, prestatarios, e
instituciones crediticias, particularmente para aquellos que están
tomando en consideración propuestas que pudieran tener potencialmente un
efecto importante en los recursos del medio ambiente. |
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