Reglas Especiales para Personas Ancianas
o Incapacitadas
La mayoría de las reglas de SNAP se aplican a todas las unidades familiares, pero existen unas
reglas especiales para aquellas unidades familiares en las que se
encuentra un miembro anciano o incapacitado.
¿Quiénes son las personas ancianas?
Se considera que la persona
anciana tiene 60 o más años de edad.
¿Quiénes son las personas incapacitadas?
En general, a los efectos de los cupones para
alimentos, se considera que la persona está incapacitada si:
-
Recibe pagos federales por incapacidad o
ceguera en conformidad con la Ley de Seguridad Social, incluidos los
pagos por ceguera o incapacidad de la Seguridad Social o de Ingresos
Suplementarios de Seguridad (SSI, por sus siglas en inglés); o
-
Recibe pagos estatales por incapacidad o
ceguera basados en las reglas de SSI; o
Recibe un beneficio de retiro por incapacidad de una agencia
gubernamental debido a una incapacidad que se considera permanente según
la definición de la Ley de Seguridad Social; o
-
Recibe una renta vitalicia en
conformidad con la Ley de Jubilaciones para Personal de Líneas Férreas y
es elegible para Medicare o se considera incapacitada de acuerdo con las
reglas de SSI; o
-
Es un veterano con una
incapacidad total que le obliga a permanecer recluido en el hogar o
necesita de asistencia y atención permanentes; o
-
Es cónyuge superviviente o hijo
de un veterano que recibe los beneficios de la Administración de
Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) y tiene una incapacidad
permanente.
¿Cómo puedo conseguir Cupones
para Alimentos?
Un miembro de su unidad familiar
debe solicitarlos en la oficina local de cupones para alimentos. Los
datos de dicha oficina deben aparecer en la sección de agencias
gubernamentales del directorio telefónico local. En general, ésta es la
manera más rápida de encontrar la oficina local de cupones para
alimentos. Si no tiene éxito, intente llamando a la Línea Directa de
Cupones para Alimentos de su estado. La mayoría son números de líneas
gratuitas.
Si no puede concurrir a la oficina
de cupones para alimentos, puede pedirle a otra persona, llamada
representante autorizado, que realice el trámite y tenga la entrevista
en su nombre. Debe designar al representante autorizado por escrito.
Usualmente la unidad familiar debe
presentar un formulario de solicitud, realizar una entrevista personal y
presentar las pruebas (verificación) de determinada información como,
por ejemplo, ingresos y gastos. Se puede prescindir de la entrevista en
la oficina si la unidad familiar no puede designar un representante
autorizado y ninguno de sus miembros puede presentarse a la oficina de
cupones para alimentos debido a la edad o la incapacidad. Si se
prescinde de la entrevista, la oficina de cupones para alimentos hará la
entrevista por teléfono o hará una visita domiciliaria. La visita
domiciliaria deberá ser programada de antemano con la unidad familiar.
¿Qué es una unidad familiar?
Las personas que viven juntas y
realizan las compras y preparan las comidas juntas se agrupan en una
unidad familiar. Sin embargo, si la persona tiene 60 años o más y está
impedida de comprar y preparar las comidas en forma independiente debido
a una incapacidad permanente, ésta y su cónyuge pueden considerarse como
una unidad familiar separada si el resto de los miembros con los que
viven no poseen ingresos suficientes. (Más de 165 por ciento del
nivel de pobreza.)
Algunas personas que viven juntas
como, por ejemplo, marido y mujer, y la mayoría de los hijos menores de
22 años, se incluyen en la misma unidad familiar aunque realicen las
compras y preparen las comidas por separado.
En general, las personas no reúnen
los requisitos de elegibilidad para cupones para alimentos si una
institución les proporciona las comidas. Sin embargo, existe una
excepción para los ancianos y una para las personas incapacitadas:
-
Los residentes en viviendas
subsidiadas federalmente para ancianos pueden ser elegibles para recibir
los cupones para alimentos aunque reciban las comidas en la
institución.
-
Las personas incapacitadas que
viven en determinadas viviendas colectivas sin fines de lucro (hogares
colectivos pequeños con no más de 16 residentes) pueden ser elegibles
para recibir los cupones para alimentos aunque el hogar colectivo les
prepare las comidas.
¿Cuál es el Límite de Recursos
que Puedo Tener (para Seguir Recibiendo los Cupones para Alimentos)?
La unidad familiar con un miembro
anciano o incapacitado puede tener hasta $3.000 en recursos. La unidad
familiar sin una persona anciana o incapacitado puede tener hasta $2.000
en recursos. Algunos recursos no se incluyen como, por ejemplo, el
inmueble y el terreno y hasta $4.650 de valor justo de mercado de un
automóvil para cada miembro adulto, y para cada adolescente quién lo
utiliza para ir al trabajo, escuela o capacitación laboral o para buscar
trabajo. Si el vehículo es necesario para transportar a un incapacitado
físico de la unidad familiar, el valor no se incluye. Los recursos de
las personas que reciben SSI y Asistencia Temporal para Familias
Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés) no se incluyen nunca.
En el estado de California existe una importante
excepción a esta regla por la cual los destinatarios de SSI no son
elegibles para recibir cupones para alimentos porque sus beneficios SSI
reciben un suplemento Estatal que reemplaza a los cupones para
alimentos.
¿Qué son los límites de ingresos?
La mayoría de las unidades
familiares deben cumplir con una prueba mensual de ingresos brutos y una
prueba mensual de ingresos netos para poder recibir los cupones para
alimentos. Sin embargo, las unidades familiares en las que todos los
miembros reciben SSI o TANF se consideran elegibles sobre la base de los
ingresos. Otras unidades familiares con uno o más miembros ancianos
solamente tienen que cumplir con la
prueba de ingresos
netos. Ingresos netos es el ingreso bruto menos determinadas
deducciones.
¿Qué deducciones se permiten?
Las deducciones permitidas son:
una deducción estándar que rige en todas las unidades familiares; una
deducción de 20% sobre los ingresos percibidos; una deducción aplicada a
los costos del cuidado de personas a cargo cuando son necesarios para el
empleo, la capacitación o la educación; una deducción para el pago de la
manutención infantil establecida por ley; una deducción para costos
médicos para personas ancianas e incapacitadas; y una deducción sobre el
exceso en el costo del alojamiento.
Deducción médica.
En el caso de los miembros ancianos o incapacitados, se permite la
deducción de los costos médicos que asciendan a más de $35 al mes, a
menos que los pague una compañía de seguros u otra persona que no forme
parte de la unidad familiar. Sólo se podrá deducir la suma que supere
$35 por mes. Los costos permitidos incluyen la mayoría de los gastos
médicos y odontológicos como, por ejemplo, las facturas de los médicos,
los medicamentos recetados y otra medicación de venta libre cuando esté
autorizada por un médico, las dentaduras postizas, los gastos de
hospitalización y ambulatorios y los cuidados de enfermería. También
incluyen otros gastos médicos afines tales como, por ejemplo, los costos
de transporte, el cuidado brindado por acompañantes y las primas de los
seguros de salud. Los costos de las dietas especiales no son costos
médicos permitidos. Se requiere la presentación de las constancias de
los gastos médicos y los pagos de seguros antes de poder realizar la
deducción permitida de estos gastos.
Deducción por alojamiento.
La deducción por alojamiento corresponde a los costos de vivienda que
superan más de la mitad de los ingresos de la unidad familiar luego de
realizadas otras deducciones. Los costos de alojamiento permitidos
incluyen los costos de alquileres o hipotecas, impuestos, intereses y
servicios públicos tales como gas, electricidad y agua. En la mayoría de
las unidades existe un límite en la suma de la deducción permitida, pero
en aquéllas que tienen un miembro anciano o incapacitado se podrán
deducir todos los costos de alojamiento que superen la mitad de los
ingresos de la unidad familiar.
Destinatarios de Cupones para
Alimentos:
Los estados emiten, a través de
oficinas estatales o de los condados, cupones para alimentos destinados
a las unidades familiares que reúnen los requisitos de elegibilidad.
Antes se emitían cupones para alimentos de papel, pero cada vez es más
frecuente que los estados emitan cupones para alimentos a través de la
Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT, por sus siglas en inglés).
Todos los estados estarán en condiciones de emitir los cupones para
alimentos a través de EBT en 2002. La oficina de cupones para alimentos
entrega a la unidad familiar una tarjeta electrónica de plástico. La
unidad familiar paga sus alimentos en establecimientos autorizados (están
autorizados casi todos los establecimientos de venta de alimentos)
mediante el uso de la tarjeta en la caja de pago. Funciona como la
tarjeta de débito bancario que otras personas utilizan para pagar los
gastos de almacén en un número creciente de establecimientos. El costo
de los alimentos que se compran se deduce automáticamente de la cuenta
de la unidad familiar. Una ventaja importante de este método es que el
uso de los cupones para alimentos pasa desapercibido. La mayoría de las
personas que se encuentran en la fila no nota que el cliente que paga en
la caja lo hace con cupones para alimentos. Sabemos que las unidades
familiares que reciben cupones para alimentos están satisfechas con esta
característica del sistema porque reduce el estigma que muchos sienten
al utilizar los cupones para alimentos.
Una segunda ventaja es que la unidad familiar ya no necesita presentarse
todos los meses a recoger los beneficios. Los beneficios se cargan
automáticamente en la cuenta de la unidad familiar todos los meses en la
fecha establecida. Hemos descubierto que a las unidades familiares les
agrada especialmente esta característica de funcionamiento.
No discriminación:
El Departamento de Agricultura de
los EE.UU. (USDA, por sus siglas en inglés) prohíbe en todos sus
programas y actividades la discriminación por motivos de raza, color,
origen nacional, sexo, religión, edad, incapacidad, convicciones
políticas, orientación sexual o estado civil. (No todas las bases
prohibidas se aplican a todos los programas.) Las personas con
incapacidades que necesitan medios alternativos de comunicación para
obtener información sobre los programas (Braille, letras de gran tamaño,
cintas de audio, etc.) deben comunicarse con el Centro TARGET del USDA
llamando al (202) 720-2600 (voz y Dispositivo de Telecomunicaciones para
Sordos).
Para presentar una denuncia por
discriminación, escriba a USDA, Director, Office of Civil Rights, Room
326-W, Whitten Building, 14th and Independence Avenue, SW, Washington,
D.C. 20250-9410 o llame al (202) 720-5964 (voz y dispositivo de
telecomunicaciones para sordos). El USDA es un proveedor y empleador que
ofrece igualdad de oportunidades.
Información Adicional:
Para obtener más información, le
sugerimos comunicarse con la oficina local de cupones para alimentos o
presentar una solicitud de pedido de cupones para alimentos. Para
obtener más información sobre el tratamiento de los ingresos y un
ejemplo del cálculo de elegibilidad y beneficios, consulte la sección
Elegibilidad y Beneficios.
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