No Se Requiere La Ciudadanía Estadounidense Para Obtener Ayuda Por Desastre

Fecha de Publicación: 30 de abril de 2007
Número de Publicación: 1692-008

» New York Severas Tormentas e Inundaciones Costeras y Tierra Adentro

» In English

ALBANY, N.Y. -- Las personas que no tengan la ciudadanía estadounidense pueden cualificar para recibir ayuda por desastre a causa de la tormenta que impactó el noreste a mediados de abril y las subsiguientes inundaciones.

La ayuda por desastre está disponible para los residentes y dueños de negocios de los condados de Orange, Rockland o Westchester, que fueron declarados zona de desastre por el Presidente Bush.

La ayuda está disponible para ciudadanos estadounidenses, residentes no-ciudadanos y extranjeros cualificados. Extranjeros cualificados son aquéllos con residencia permanente legal (acreditada por la tarjeta verde). Su estatus no se pondrá en riesgo por solicitar ayuda por desastre.

Un menor de edad que sea ciudadano estadounidense, residente no-ciudadano o extranjero cualificado puede hacer que su padre o tutor que no es elegible solicite ayuda en su favor. No se recabará información con respecto al estatus del adulto.

El estatus del extranjero cualificado incluye:

La solicitud para ayuda de la Agencia Federal de Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) requiere que los solicitantes certifiquen que son ciudadanos, residentes no- ciudadanos o extranjeros cualificados. FEMA lleva a cabo auditorías al azar de las solicitudes para verificar la documentación de ciudadanía estadounidense o de extranjero cualificado emitida por el Servicio de Inmigración y Naturalización. Sin embargo, se puede entregar ayuda siempre y cuando alguien del grupo familiar cualifique, y no se recabará información con respecto al estatus de los demás en el grupo familiar.

Los inmigrantes indocumentados de un grupo familiar sin nadie elegible para ayuda en efectivo de FEMA todavía pueden cualificar para programas operados por agencias estatales, locales o voluntarias. También pueden cualificar para ayuda no financiera de corto plazo de FEMA, como por ejemplo, servicios legales por desastre.

La ayuda para personas elegibles y dueños de negocios pequeños incluye fondos para vivienda temporal y reparaciones necesarias del hogar, subvenciones para personas y grupos familiares, ayuda por desempleo debido al desastre, préstamos a bajo interés de la Administración de Pequeños Negocios (SBA, por su siglas en inglés) y otros programas.

Los solicitantes que hayan sufrido daños a causa del desastre se pueden inscribir para ayuda estatal y federal llamando al 1- 800-621-3362 (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana), o (TTY) 1-800-462-7585. Las llamadas son gratuitas y las líneas están abiertas de 8 a.m. a 8 p.m., los siete días de las semana.

FEMA coordina el rol del gobierno federal en la preparación, la prevención, mitigación de los efectos, respuesta y recuperación de todos los desastres domésticos; naturales o provocados por el hombre e incluyendo los actos de terrorismo.

Fecha de la última actualización: Martes, 01-May-2007 09:06:22