Asistencia Por Desastre Disponible A Personas Que No Son Ciudadanos

Fecha de Publicación: 7 de diciembre de 2005
Número de Publicación: 1603-153

» Louisiana Huracán Katrina
» Louisiana Huracán Rita

» In English

BATON ROUGE, La. -- La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) del Departamento de Seguridad Nacional y la Oficina de Seguridad Nacional y Preparación para Emergencias de Louisiana ofrecerán ciertos tipos de asistencia por desastre a las víctimas del huracán que no sean ciudadanos de los Estados Unidos.

Independientemente de su situación migratoria, todas las personas impactadas por los huracanes Katrina y Rita son elegibles para recibir ayudas de emergencia de parte de FEMA que no sean en efectivo como alimentos, agua, atención médica, refugio, ropa y otras necesidades urgentes relacionadas con el desastre. La elegibilidad para recibir ayuda adicional varía según la condición migratoria del individuo en los Estados Unidos y otros factores. Además de la asistencia de FEMA que no sea en efectivo, hay varias agencias voluntarias, incluso la Cruz Roja Americana y el Ejército de Salvación que ayudan a las víctimas del huracán.

Todos los ciudadanos americanos, los residentes no-ciudadanos y los inmigrantes calificados pueden ser elegibles para los programas de asistencia monetaria de FEMA, que incluyen Asistencia del Programa de Individuos y Familias (IHP) y Asistencia de Desempleo por Desastre. Para recibir asistencia, las personas tienen que solicitar primero llamando al 1-800-621-FEMA (3362) . Las personas con impedimentos auditivos o del habla pueden llamar al (TTY) 1-800-462-7585.

Durante el proceso de solicitud, se requiere que las personas firmen una declaración y un formulario de relevo en el que afirman que son ciudadanos de los Estados Unidos, residentes no-ciudadanos o un inmigrante calificado. Las personas que no puedan firmar el formulario, pero que tengan un hijo menor de edad que sea ciudadano o inmigrante calificado pueden solicitar asistencia por parte del hijo. No se recopilará información sobre la situación de inmigración de los padres.

La asistencia disponible a través de IHP incluye asistencia de vivienda y pagos de alquiler. Las personas pueden ser elegibles para préstamos a bajo interés de la Administración de Pequeños Negocios (SBA). Los préstamos de la SBA están disponibles a dueños de vivienda, inquilinos y negocios de todo tamaño para reparar daños relacionados con el desastre. Si SBA no puede ayudar, se referirá al individuo al programa de subvenciones de FEMA. Este programa de subvenciones de FEMA puede proveer subvenciones para reparaciones al hogar, remplazar algunos artículos del hogar, gastos médicos, dentales y de funeral.

Además de la ayuda de emergencia, todas las personas afectadas por los huracanes Katrina y Rita, independientemente de su situación migratoria, pueden recibir Servicios de Consejería de Crisis y Servicios Legales por Desastre, y otra asistencia de emergencia a corto plazo que no sea en efectivo. Aceptar asistencia por emergencia no tendrá consecuencias negativas para la situación de inmigración del individuo o para una solicitud pendiente de inmigración.

FEMA prepara a la nación para todos los riesgos y maneja la respuesta federal y la labor de recuperación después de un incidente normal. FEMA también inicia actividades de mitigación, adiestra al personal de primera respuesta, trabaja con manejadores de emergencia estatales y locales y maneja el Programa de Seguro Nacional contra Inundaciones y la Administración de Bomberos de los EUA. FEMA forma parte del Departamento de Seguridad Nacional el 1 de marzo de 2003.

SBA es la fuente principal del gobierno federal de dinero para la reconstrucción a largo plazo de propiedad privada dañada por un desastre. SBA ayuda a los dueños de vivienda, inquilinos, negocios de todo tamaño y organizaciones privadas sin fines de lucro a financiar las reparaciones o los esfuerzos de reconstrucción y a cubrir el costo de remplazar propiedad personal perdida o dañada por el desastre. Estos préstamos por desastre cubren pérdidas no aseguradas y no compensadas y no duplican los beneficios de otras agencias u organizaciones.

Fecha de la última actualización: Jueves, 08-Dic-2005 09:53:53