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División de Recuperación

Eliminación De Escombros: Autoridad De Agencias Federales

Datos generales

Esta hoja de datos identifica y describe las autoridades de los departamentos y las agencias federales que apoyan las operaciones de escombros después de una declaración presidencial de emergencia o desastre mayor. Se le otorgan autoridades (descritas en detalle a continuación) a las siguientes nueve agencias y departamentos federales para tratar varios aspectos del manejo de escombros.

  • Departamento de Seguridad Nacional
    • Agencia Federal para el Manejo de Emergencias
    • Guardia Costanera de los ESTADOS UNIDOS
  • Departamento de Defensa: Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos
  • Departamento de Agricultura
    • Servicio de Recursos Naturales y Conservación
    • Agencia de Servicio Agrícola
    • Servicio de Inspección de Salud de Animales y Plantas
  • Departamento de Transportación: Administración Federal de Carreteras
  • Departamento de Comercio: Administración Nacional de Océanos y Atmósfera
  • Agencia de Protección Ambiental

Departamento de Seguridad Nacional

Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA)

  • FEMA está autorizada en las Secciones 403, 407 y 502 de la Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Desastres y Asistencia en Emergencias a proveer asistencia a solicitantes elegibles a fin de eliminar escombros de la propiedad pública y privada después de una declaración presidencial de desastre, cuando sea de interés público.

  • La eliminación tiene que ser necesaria para eliminar amenazas inmediatas a la vida, la salud pública y la seguridad; eliminar amenazas inmediatas de daños significativos a la propiedad pública o privada mejorada; o garantizar la recuperación económica de la comunidad afectada para el beneficio de la comunidad en general. Los escombros tienen que ser el resultado directo del desastre y estar ubicados en el área de desastre, y el solicitante tiene que tener la responsabilidad legal para eliminar los escombros.

  • FEMA (1) rembolsará a solicitantes para eliminar los escombros elegibles, o (2) mediante una asignación de misión a otra agencia federal (y a solicitud del estado) - proveer asistencia federal directa cuando se haya demostrado que el gobierno estatal y local no tienen la capacidad de realizar o de contratar el trabajo solicitado.

  • La asistencia será con costos compartidos (no menos de 75% federal y 25% no federal). En circunstancias extremas, FEMA proveerá hasta el 100% de los fondos durante un periodo limitado de tiempo.

Guardia Costanera de los Estados Unidos (USCG)

  • Bajo el Plan de Contingencia Nacional (NCP), la Guardia Costanera de Estados Unidos (USCG) y la Agencia de Protección Ambiental (EPA) son responsables de proveer Coordinadores Federales en la Escena (FOSC) predesignados para realizar la eliminación de emergencia de petróleo y materiales peligrosos.

  • La Guardia Costanera es responsable por la zona costera y la EPA es responsable por la zona interior. La delineación entre las zonas costera e interior es por acuerdo mutuo entre la USCG y la EPA, y los límites geográficos están indicados en los Planes de Contingencia del Área.

  • Bajo la Ley Abarcadora de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambiental, o CERCLA (también conocida como el Superfondo), y la Ley de Aguas Limpias, la USCG tiene la autoridad de responder a descargas reales o posibles de petróleo y a derrames reales o posibles de sustancias peligrosas y contaminantes que pueden poner en peligro la salud pública o el ambiente.

  • Las acciones de respuesta pueden incluir contención, estabilización, descontaminación, recolección (p. ej., bidones y tanques abandonados), y disposición final. Los escombros pueden estar mezclados o contener petróleo o materiales peligrosos que están sujetos a las autoridades de respuesta de la USCG. La eliminación de petróleo es financiada por el Fondo de Responsabilidad de Derrame de Petróleo, mientras se realiza la eliminación de materiales peligrosos usando fondos de CERCLA.

  • La USCG, bajo la Ley de Seguridad de Puertos y Cuerpos de Agua (33 U.S.C. §§1221), es responsable de mantener los cuerpos de agua seguros y abiertos. Si bien no hay un lenguaje específico que indique que la USCG es responsable de la eliminación de escombros de los cuerpos de agua, la USCG ha recibido la tarea - en el pasado - de asistir en la recuperación del sistema de transportación marítima y en cuerpos de agua.

Departamento de Defensa

Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos (USACE)

  • El Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos (USACE) está autorizado por la Sección 202 de la Ley de Desarrollo de Recursos de Agua (WRDA) de 1976 (PL 94-587) a desarrollar proyectos de recolección y eliminación de residuos marinos y escombros de los puertos comerciales mantenidos públicamente y de las áreas de tierra y agua inmediatamente adyacentes.

  • Los programas locales específicos y limitados para continuar la recolección y disposición de escombros han sido autorizados (a nivel individual, con el trabajo autorizado realizado en cada lugar como un proyecto separado y distinto) por el Congreso para:
    • El puerto de Nueva York
    • El puerto de Baltimore
    • El puerto de Norfolk
    • Los ríos Potomac y Anacostia, en el área metropolitana de Washington, D.C.
    • El puerto y la bahía de San Francisco, California.

  • Las Secciones 15, 19 y 20 de la Ley de Ríos y Puertos 1899, según enmendada, autoriza a USACE a sacar navíos hundidos u otras obstrucciones de los cuerpos de agua navegables en condiciones de emergencia. Un cuerpo de agua navegable es uno que ha sido autorizado por el Congreso y que USACE opera y mantiene para navegación general (incluso comercial y recreativa). Los fondos para la operación y el mantenimiento de estos cuerpos de agua "federales" se reciben mediante la Asignación General para Operaciones y Mantenimiento anual de USACE. La política de USACE es supervisar la eliminación de navíos hundidos por un dueño identificable, operador o arrendatario si el navío hundido está en un canal de navegación federal o va a ser movido a uno. USACE saca un navío usando sus autoridades de emergencia sólo si el dueño, operador, o arrendatario no puede ser identificado o no pueden realizar la eliminación de manera segura y oportuna.

  • USACE también está autorizado, bajo Control de Inundaciones y Emergencias Costeras (PL 84-99), a proveer asistencia para la eliminación de escombros de trabajos de control de inundaciones, p. ej., estructuras diseñadas y construidas para tener efectos apreciables y confiables de prevención de daños por alzas irregulares e inusuales en el nivel del agua. Bajo esta autoridad, USACE requiere que un solicitante, para resultar elegible a recibir asistencia, sea un participante activo en su Programa de Rehabilitación e Inspección PL 84-99 al momento del desastre.

Departamento de Agricultura de los Estados Unidos

Servicio de Conservación de Recursos Naturales (NRCS)

  • El Programa de Protección de Cuencas Hidrográficas en Emergencias (EWP) de NRCS está autorizado por la Sección 216 de la Ley de Control de Inundaciones de 1950, PL 81-516, 33 U.S.C. 701b-1; y la Sección 403 de la Ley de Crédito Agrícola de 1978, PL 95-334, según enmendada por la Sección 382, de la Ley Federal de Mejoras y Reforma Agrícola de 1996, PL 104-127, 16 U.S.C. 2203.

  • La limpieza de escombros tiene que ser para reducir escorrentías o prevenir la erosión de terrenos que ocasionen un impedimento repentino en la cuenca hidrográfica y cree una amenaza inminente a la vida o la propiedad. Por lo general, esto incluye escombros dentro de canales, pero también puede incluir escombros cercanos a un canal o situados donde el próximo evento pueda crear una amenaza inminente a la vida o la propiedad. No hay un límite de tamaño para la cuenca hidrográfica excepto que la asistencia de EWP no es elegible para la restauración de erosión costera.

  • El EWP recibe fondos de asignaciones específicas del Congreso.

  • Los dueños de terrenos públicos y privados son elegibles para recibir asistencia, pero tienen que estar representados por un patrocinador de proyecto (una subdivisión política o estatal, tribu indígena calificada u organización tribal, o unidad de gobierno local).

  • El trabajo puede realizarse mediante contratistas federales o locales. Los patrocinadores son responsables por el 75% de la participación de costo local.

  • El NRCS puede proveer asistencia cuando el Presidente declara un área como área de desastre mayor o cuando un Conservacionista Estatal de NRCS determina que existe daño en las cuencas.

  • El NRCS no proveerá fondos para actividades realizadas por un patrocinador antes de la firma de un acuerdo entre el NRCS y el patrocinador.

Agencia del Servicio Agrícola (FSA)

  • El Programa de Conservación de Emergencia (ECP) está autorizado por las Secciones 401 - 406 de la Ley de Crédito Agrícola de 1978, PL 95-334, y provee asistencia de emergencia para la eliminación de escombros de terrenos privados después de un desastre natural. Recibe fondos a través de adquisiciones complementarias del Congreso.

  • El daño tiene que ser tan costoso que la asistencia federal es o será requerida para devolver los terrenos al uso agrícola productivo o proveer agua de emergencia para ganado.

  • El ECP provee fondos compartidos de emergencia (participación federal de hasta 75%) y asistencia técnica a granjeros o ganaderos para eliminar escombros (que no sean cuerpos de animales muertos).

Servicio de Inspección de Animales, Plantas y Salud (APHIS)

  • APHIS tiene dos programas bajo los que puede proveer asistencia en la eliminación de escombros:
    • El Programa de Servicios Veterinarios (VS) autorizado por la Ley de Protección de Salud Animal (7 U.S.C. 8301-8317) que tiene disposiciones para la eliminación y la sepultura de los cuerpos de animales enfermos.

    • El Programa de Protección y Cuarentena de Plantas (PPQ) autorizado por la Ley de Protección de Plantas (Título IV, Pub. L. 106-224, 114 Stat. 438, 7 U.S.C. 7701-7772). Este programa maneja los asuntos relacionados con la salud de los recursos de plantas. El objetivo primordial es la reglamentación y la vigilancia a fin de reducir el riesgo de introducción y la diseminación de especies invasoras, por medio de planificación, vigilancia, detección rápida, contención y erradicación.

  • Tanto los terrenos públicos como los privados son elegibles bajo estos programas que proveen asistencia a jurisdicciones locales, de tribus, federales y estatales y a los dueños de terrenos privados para manejar la salud de animales y plantas recolectando y proveyendo información, realizando o apoyando tratamientos, proveyendo asistencia técnica para planificar y programar implantación (eliminación).

Agencia de Protección Ambiental (EPA)

  • Las autoridades principales de la EPA relacionadas con la eliminación de escombros caen en dos categorías: (1) autoridades relacionadas con la limpieza de escombros que esté mezclada con o que contenga aceite o materiales peligrosos; y (2) autoridades relacionadas con establecer los estándares para el manejo apropiado de escombros (peligrosos y no peligrosos). La EPA, por lo general, no elimina escombros no peligrosos después de emergencias/desastres.

  • Bajo la Ley Abarcadora de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambiental, o CERCLA (también conocida como el Superfondo), y la Ley de Agua Limpia, EPA y la Guardia Costanera de los ESTADOS UNIDOS (USCG) tienen la autoridad de responder a descargas reales o potenciales de petróleo y descargas reales o potenciales de sustancias peligrosas, y a descargas reales o potenciales de contaminantes que pueden presentar un peligro inminente y sustancial a la salud o el bienestar público.

  • La EPA es responsable de las respuestas en la zona interior y USCG es responsable de las respuestas en la zona costera. La delineación entre la zona costera y la zona interior es determinada por acuerdo mutuo entre la EPA y USCG, y los límites geográficos están indicados en los Planes de Contingencia del Área.

  • La EPA y USCG llevan a cabo estas responsabilidades bajo los reglamentos de implantación conocidos como el Plan de Contingencia Nacional de Contaminación con Petróleo y Sustancias Peligrosas (NCP). La EPA y USCG predesignan Coordinadores Federales en la Escena (FOSC) para dirigir y coordinar las acciones de respuesta.

  • Las acciones de respuesta pueden incluir contención, estabilización, descontaminación, recolección (p. ej., tanques y bidones abandonados), y disposición. Los escombros podrían estar mezclados con, o contener, petróleo o materiales peligrosos que están sujetos a estas autoridades de respuesta.

  • CERCLA requiere que el estado en que se encuentra el sitio cubra el 10% de los fondos para los costos de acción de saneamiento, con el restante 90% obtenido del Superfondo. Sin embargo, cuando la parte que puede ser responsable es una subdivisión política de un estado, el estado tiene que acordar financiar el 50% de los costos de acción de saneamiento, con el otro 50% obtenido del Superfondo.

  • La Ley de Conservación y Recuperación de Recursos estableció un marco para la cooperación federal, estatal y local en el control del manejo de desperdicios sólidos peligrosos y no peligrosos. La función de la EPA es establecer estándares reglamentarios mínimos que, en la mayoría de los casos, son implantados por los estados y proveen asistencia técnica. La EPA administra otras leyes que podrían afectar el manejo de escombros (p. ej., requisitos de la Ley de Aire Limpio que apliquen a los escombros que contienen asbestos). Nuevamente, algunos de estos programas podrían delegarse a los estados.

  • FEMA puede asignar una misión a la EPA a través del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los ESTADOS UNIDOS para disponer de desechos domésticos peligrosos después del Presidente haber hecho una declaración de desastre mayor.

Departamento de Transportación

Administración Federal de Carreteras (FHWA)

  • El programa de Ayuda en Emergencias (ER) está autorizado en el Título 23, Código de los Estados Unidos, Sección 125, del Fideicomiso de Carreteras, y apoya la reparación o reconstrucción de las autopistas y carreteras que reciben ayuda federal en terrenos federales que hayan sufrido daños serios como resultado de desastres naturales o fallas catastróficas como una causa externa.

  • La eliminación de escombros de carreteras de ayuda federal es elegible para un rembolso del 100% durante los primeros 180 días después de un evento de emergencia que califique y sea aprobado por el programa de ER.

  • El programa de ER recibe $100 millones en fondos de autorizaciones anuales. Si se gasta la autorización anual, FHWA rembolsará los costos elegibles una vez haya fondos de ER disponibles.

  • El estado tiene que incurrir en un costo de por lo menos $700,000 en todo el estado a fin de calificar para asistencia de ER. El costo de los proyectos individuales (sitios) tiene que ser de $5,000.

  • Es responsabilidad de los estados individuales solicitar fondos de ER para asistencia en el costo de las reparaciones necesarias a carreteras que reciben ayuda federal que hayan sido dañadas por desastres naturales o fallas catastróficas.

Departamento de Comercio

Administración Nacional de Océanos y Atmósfera (NOAA)

  • La Ley de Estudios Costeros y Geodésicos de 1947 y las Leyes de Mejoras a los Servicios Hidrográficos de 1998, 2002, autoriza a NOAA a estar directamente involucrado en programas para evaluar y eliminar riesgos y escombros. NOAA no otorga fondos para la eliminación de escombros.

  • La Oficina de Estudios Costeros de NOAA es responsable de estudiar y trazar las aguas y la costa de la nación, y ha estado muy involucrada en estudios de aguas usando escanograma lateral y sondeo de rayos múltiples para identificar riesgos y escombros y peligros al navegar en la Costa del Golfo por los últimos tres años.

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David Garratt
Director Interino de Recuperación
Agencia Federal para el Manejo de Emergencias

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Fecha


 Last Updated: Thursday, 13-Mar-2008 11:50:24 EDT
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