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Canadá, Estados Unidos y México cooperan para proteger el medio ambiente compartido de América del Norte.
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La CCA revisará la petición sobre explotación forestal en Ontario a la luz de la respuesta de Canadá

 
Montreal, 30/04/2002 – El 25 de abril el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) recibió respuesta del gobierno de Canadá a la petición SEM-02-001 (Explotación Forestal en Ontario) que el Sierra Legal Defence Fund (SLDF) -en representación de varias organizaciones no gubernamentales canadienses y estadounidenses- presentó al Secretariado el 6 de febrero del presente. La CCA revisará ahora la petición a la luz de la respuesta para determinar si se justifica la elaboración de un expediente de hechos.

En la petición se alega que Canadá está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de la sección 6(a) del Reglamento sobre Aves Migratorias (Migratory Bird Regulations, MBR) adoptado al amparo de la Ley de la Convención sobre Aves Migratorias (Migratory Birds Convention Act, MBCA) de 1994, en relación con actividades de la industria maderera en Ontario. La sección 6(a) del MBR establece que es un delito dañar, destruir o capturar nidos o huevos de aves migratorias sin permiso.

Los Peticionarios calculan que las operaciones de tala por clareo en 2001 destruyeron más de 85,000 nidos de aves migratorias en áreas boscosas del centro y el norte de Ontario. Sostienen que el Ministerio de Medio Ambiente de Canadá, por conducto del Servicio de Vida Silvestre (SVS), es el principal responsable de la aplicación de la MBCA y que prácticamente no se han tomado medidas para hacer valer la sección 6(a) de la MBR en relación con esta actividad de tala.

En respuesta a la petición Canadá señala que "la división de aplicación de la legislación sobre la vida silvestre de Environment Canada no ha adoptado una política general de no aplicación de la sección 6(a) del MBR en cuanto a las operaciones de explotación forestal". La respuesta indica que las prioridades de aplicación de la legislación sobre la vida silvestre se establecen anualmente en respuesta a las quejas de la ciudadanía, los compromisos internacionales y las metas de conservación de la vida silvestre. La respuesta afirma que "en el marco forestal un enfoque de aplicación que contribuye a la conservación de las aves migratorias en el largo lazo exige primero el fomento del cumplimiento y la educación de los industriales, en particular quienes toman las decisiones". Señala que el SVS ha emprendido actividades de promoción del cumplimiento y "tiene planeado y están en proceso de instrumentar nuevas iniciativas relevantes y programas para abordar las crecientes necesidades del fomento del cumplimiento y la aplicación de las leyes sobre la vida silvestre en la industria en general. Environment Canada investigará las posibles violaciones de la sección 6(a) del MBR y hará los cargos que correspondan". La respuesta concluye que "como los peticionarios no dieron un caso en concreto, el gobierno canadiense no pudo responder de manera significativa a la aseveración principal" y "por ello, así como porque los peticionarios no entablan una queja al SVS de que una operación de explotación forestal en Ontario viola la sección 6(a) del MBR, el gobierno de Canadá considera que no se justifica un expediente de hechos".

Conforme al Artículo 14 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), el Secretariado puede considerar una petición de una persona u organización no gubernamental que argumente que una Parte del ACAAN no aplica con efectividad su legislación ambiental.

Cuando el Secretariado determina que se cumplen los criterios del artículo 14(1) del ACAAN, se inicia un proceso que puede conducir a la elaboración de un expediente de hechos en la materia.

La CCA se creó al amparo del ACAAN para tratar asuntos ambientales de los tres países desde una perspectiva regional, poniendo el acento en los derivados del ámbito de la liberación comercial. El Consejo de la CCA -órgano gobernante de la misma- lo integran los funcionarios con rango de secretaría de Estado de Medio Ambiente (o su equivalente) de Canadá, Estados Unidos y México.

Si necesita más información consulte la página de las peticiones ciudadanas.

 

 


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