Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo

No se ha Presentado Ninguna Querella Contra Mi Empresa. ¿Debo Llevar Registros o Presentar Informes ante la EEOC?

¿Qué registros de empleo debo guardar?

Los reglamentos de la EEOC exigen que los patronos guarden todos los registros de empleo o de personal durante un año. Si un empleado es despedido involuntariamente, sus registros de personal deben guardarse durante un año a partir de la fecha del despido.

Bajo los requisitos para llevar registros de la ADEA, los patronos también deben guardar todos los registros de planillas de sueldos y salarios durante tres años. Asimismo, los patronos deben guardar en un archivo cualquier plan de beneficios de un empleado (como planes de seguros y pensiones) y cualquier sistema de méritos y acumulación y acreditación de tiempo durante todo el período en que el plan o sistema esté en vigencia y durante al menos un año después de su finalizacion.

Conforme a los requisitos para llevar registros de la Ley de requisitos Equitativos de Trabajo (FLSA) aplicables a la EPA, los patronos deben guardar los registros de planillas de sueldos y salarios durante al menos tres años. Asimismo, los patronos deben guardar durante al menos dos años todos los registros (incluyendo escalas de salarios, evaluaciones del empleo, sistemas de méritos y tiempo, y convenios de negociacion colectiva) que expliquén los fundamentos para pagar diferentes salarios a empleados de sexos opuestos en el mismo establecimiento.

Recuerde que estos requisitos se aplican a todos los patronos cubiertos por las leyes federales antidiscriminatorias, sin importar si se ha presentado una querella contra el patrono. Cuando se ha presentado una querella, los patronos tienen obligaciones adicionales en cuanto a llevar registros.

¿Qué informes deben presentar las pequeñas empresas ante la EEOC?

Además del material relacionado con las cuestiones surgidas a partir de la investigación de una querella por discriminación, la EEOC también recoge informes EEO-1 de algunos patronos, sin importar si se presentó una querella contra la empresa.

Informe sobre Información del Empleo (EEO-1)

Un informe EEO-1 se presenta anualmente y brinda un desglose del personal del patrono por raza y género.

Las pequeñas empresas no necesitan presentar informes EEO-1 salvo que:

El procedimiento de informes EEO-1 presentados por patronos es manejado por la Comisión Conjunta de Informes de la EEOC. Para obtener más información acerca de cómo presentar informes EEO-1, incluyendo instrucciones para preparar los informes y formularios en diversos formatos, puede comunicarse con la Comisión Conjunta de Informes EEO-1 de la EEOC llamando gratis al 866-286-6440 o escribiendo al correo electrónico e1.techassistance@eeoc.gov.

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Esta página fue modificada por última vez el 17 de Noviembre de 2006.

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