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Preescolar


Lo que usted necesita saber si su hijo tiene necesidades especiales

Preguntas frecuentes - Primera parte

  1. ¿Cómo voy a saber si mi niño tiene necesidades especiales?

    Como un padre del niño, usted probablemente sea quien se dará cuenta primero si su niño no se está desarrollando igual que la mayoría de los demás niños de su misma edad. Si usted tiene otros hijos, trate de recordar lo que ellos sabían hacer aproximadamente en la misma edad que el niño. ¿A qué edad comenzaron a hablar? ¿A qué edad comenzaron a gatear, caminar o correr? ¿A qué edad comenzaron a leer o andar en bicicleta? Si no tiene otros hijos, hable con amigos o parientes que los tengan y pregúnteles por el desarrollo de sus hijos.

    Existen muchas listas de control o cuadros, a menudo, titulados cuadros de "Crecimiento y desarrollo" o de "Hitos en el desarrollo" que usted puede usar para determinar cómo se está desarrollando y creciendo su niño. Muchos de ellos se crearon para el uso de los padres. Estos cuadros enumeran muchas actividades y capacidades que, por lo regular, se les observan hacer a los niños de un determinado grupo de edad. Consulte estos cuadros para averiguar si su niño está realizando actividades similares a las que indican los cuadros en aproximadamente la misma edad. Pida uno de estos cuadros a su médico o consulte con su biblioteca local para conseguir uno.

    Recuerde que esos cuadros presentan las actividades que realiza el niño promedio o típico. Cada niño se desarrolla a diferente paso. Su niño puede contar con algunas capacidades en una edad más temprana o tardía que otros niños. Sin embargo, si su niño casi siempre comienza a realizar las actividades en edad más tardía que la que aparece en los cuadros, es conveniente pedir a su médico o enfermera que revise el desarrollo de su niño o que lo refiera a otra persona que pueda revisar a su niño.

  2. ¿Cuándo debo buscar ayuda profesional para mi niño si creo que tiene discapacidades?

    Tan pronto como tenga inquietudes acerca de cómo se está desarrollando su bebé o niño (en el oído, la vista, el habla, el caminar), debe decirle algo a uno de los profesionales que ve al niño con regularidad (tal como el médico o la enfermera en la clínica o el maestro de su niño). Pregúnteles a quién debe llamar o a dónde puede llevar a su niño para someterlo a evaluación. Será necesario dar su permiso escrito antes de que su niño pueda someterse a pruebas.

  3. ¿Cuáles son algunos de los tipos más comunes de necesidades especiales en los niños pequeños con discapacidades?

    Los niños pequeños, en particular los bebés, pueden tener muchas necesidades relacionadas con la salud. Puede ser necesario contar con ayuda para coordinar los servicios dirigidos a atender esas necesidades. Si su bebé o niño cumple con los requisitos, es decir, si es apto, el programa de intervención temprana asignará a su familia un coordinador que pueda ayudar con los servicios, responder a preguntas sobre su niño, y prestar apoyo para usted y su familia.

    Algunos bebés pueden necesitar servicios especiales para ayudar con su desarrollo físico. Pueden requerir fisioterapia para poder mover sus músculos y así continuar desarrollando y creciendo. Si su bebé tiene muchas dificultades, un terapeuta ocupacional puede ayudar a determinar cómo el niño todavía puede jugar con juguetes o alimentarse solo. Estos servicios pueden estar disponibles mediante el programa de intervención temprana de su respectivo estado.

    Usted, otros familiares, o una niñera también pueden necesitar aprender a vestir, dar de comer, o jugar con su bebé. Hay personas que pueden ayudar a enseñarles-sólo hay que pedirlo. También hay personas que pueden ayudar a su familia a entender mejor la discapacidad de su niño, incluyendo lo que se puede esperar en el futuro al crecer su niño. Si su niño necesitara servicios todavía después de cumplir los 3 años de edad, el personal de la escuela pública local, con su permiso, le ayudará a localizar tales servicios. Si se determina que su niño reúne requisitos para los servicios, usted necesitará dar su permiso nuevamente antes de que el niño pueda recibir los servicios.

    Al crecer su bebé, sus necesidades suelen cambiar. Los niños necesitan tiempo para aprender a interactuar con otros niños de su edad-cómo comunicarse, jugar y compartir. Algunos niños tal vez requieran servicios para atender sus necesidades físicas, de aprendizaje, o comunicación. (Ver la respuesta a la pregunta 10.)

  4. ¿Dónde puedo encontrar servicios para mi hijo con discapacidad?

    Es importante recordar que su situación como ciudadano (o la de su hijo) NO afecta la obtención de los servicios especiales necesarios. No importa en cuál estado viva, existen servicios especiales. Sin embargo, el lugar en donde se encuentran los servicios depende de la edad de su hijo y del estado en que vive.

    Si su niño es menor de 3 años de edad, y según sus necesidades especiales, puede tener derecho a servicios de intervención temprana. Identifique la agencia estatal responsable de la intervención temprana y dígales que usted cree que su bebé tiene una discapacidad o retraso en el desarrollo. Ellos saben decirle con quién debe ponerse en contacto para determinar si su niño tiene derecho a tales servicios.

    Los servicios para los niños menores de 3 años de edad están encaminados a que toda la familia ayude al niño a desarrollarse. Si su bebé es elegible para los servicios de intervención temprana, se le asignará un coordinador de servicios, una persona que le ayudará en el proceso de recopilación de información sobre el desarrollo de su bebé, las evaluaciones o pruebas, y la obtención de servicios. Usted tendrá que darle permiso al coordinador para poder éste someter a pruebas a su bebé. Si se determina que su niño es apto para recibir los servicios, será necesario nuevamente dar su permiso antes de que su niño pueda recibir servicios.

    Los servicios para los niños de 3 a 21 años, por lo general, están orientados hacia el desarrollo de su hijo. Los funcionarios de escuela deben contar con el permiso escrito de usted antes de poder someter a su hijo a los análisis. Si se determina que su hijo es elegible para recibir servicios, la escuela debe también recibir su permiso escrito antes de que se puedan prestar los servicios.

    En todos los estados, si su hijo es de 3 años de edad o mayor, acuda a la escuela pública más cercana e infórmeles que cree que su hijo tiene una discapacidad. Pídales que sometan a evaluación a su hijo para determinar si es apto o no para recibir servicios de educación especial. Si usted tiene inquietudes sobre un niño en edad preescolar entre los 3 y 5 años, primero llame por teléfono para hablar de sus inquietudes con el director de Educación Especial en el correspondiente distrito escolar local. Si todavía tiene inquietudes, puede ser conveniente comunicarse con el Coordinador Preescolar de su estado.

    Para inquietudes sobre los hijos que tienen de 6 a 21 años de edad, primero póngase en contacto con su escuela pública local para averiguar con quién debe hablar. Si todavía tiene inquietudes, puede ser conveniente comunicarse con el director de Educación Especial de su estado. Ver la lista adjunta de directores estatales para Educación Especial o visite http://www.nasdse.org/state_directors_of_special_educa.htm.

  5. ¿Cuáles leyes federales protegen a mi hijo si tiene una discapacidad?

    Existen varias leyes federales que protegen a un hijo con una discapacidad. La primera es la Individuals with Disabilities Act, conocida por sus siglas en inglés IDEA, Ley de Individuos con Discapacidades. IDEA garantiza servicios para atender las necesidades de bebés y niños pequeños (de nacimiento a los 3 años de edad) con discapacidades y sus familias y de niños y jóvenes (de 3 a 21 años de edad) con discapacidades. Cada estado tiene requisitos específicos para determinar si un bebé o niño pequeño es elegible para recibir servicios de intervención temprana al amparo de IDEA. Los niños y jóvenes elegibles de 3 a 21 años reciben educación especial y servicios relacionados.

    Conforme a IDEA, los padres cuentan con ciertos derechos, denominados "garantías formales" (procedural safeguards), las cuales están relacionadas con los servicios de su hijo. Se le dará una copia de estos derechos por medio del programa de intervención temprana o el distrito escolar público.

    Para muchas de las actividades de IDEA, es necesario dar su permiso escrito. Por ejemplo, usted tiene que dar su permiso escrito antes de que se pueda: (1) evaluar a su hijo para determinar si es elegible para recibir servicios que atiendan sus necesidades especiales, (2) prestar servicios para atender esas necesidades especiales y (3) entregar una copia del historial o expediente de su hijo a otros. Si usted no está de acuerdo con cualquiera de esos casos, existen varios procedimientos por los que usted puede: (1) solicitar mediación, (2) presentar solicitud de audiencia sobre las garantías procesales, que se conoce por "el debido proceso" y (3) presentar un reclamo ante el estado.

    Una segunda ley, la Sección 504 de la Ley de 1974 de Rehabilitación (Rehabilitation Act) protege a las personas de la discriminación en programas o actividades que reciben fondos federales. Para obtener mayor información sobre Sección 504, ver http://www.ed.gov/offices/OCR/disabilityresources.html.

    Una tercera ley que protege a un hijo con discapacidad, potencialmente durante toda su vida, es la Americans with Disabilities Act o Ley de Americanos con Discapacidades, conocida por sus siglas en inglés ADA. ADA garantiza la igualdad de oportunidades para personas con discapacidades en el empleo, el acceso a instalaciones públicas, el transporte, los servicios de gobierno y las telecomunicaciones. Por ejemplo, las personas con discapacidades, por lo general, deben contar con acceso a instalaciones públicas tales como las guarderías infantiles, las escuelas y las bibliotecas, etc. Para informarse más sobre ADA, visite http://www.usdoj.gov/crt/ada/adahom1.htm.

  6. ¿Con quién me puedo poner en contacto en el Departamento de Educación de EEUU si tengo inquietudes sobre los servicios que recibe mi hijo?

    Primero, se recomienda comunicarse con las personas más indicadas en su comunidad para obtener servicios para su hijo con discapacidad o para hablar de sus inquietudes sobre los servicios que su hijo recibe actualmente. Se señala nuevamente aquí que la persona más indicada en su estado con la que usted debe ponerse en contacto depende de la edad de su hijo con discapacidad:

    EDAD DEL HIJO
    ON QUIÉN COMUNICARSE
    Nacimiento a 3 años de edad
    Programa de Intervención temprana
    (Early Intervention Program)
    De 3 a 5 años de edad
    Distrito escolar local
    De 6 a 21 años de edad
    Distrito escolar local

    Si todavía tiene inquietudes sobre la obtención de servicios adecuados para su hijo con discapacidad, puede ser conveniente llamar a la Office of Special Education Programs (OSEP) o Dirección de Programas de Educación Especial del Departamento de Educación de EEUU. OSEP es la dependencia responsable de la administración de IDEA. Ver la lista adjunta de datos de personas de contacto a nivel estatal de OSEP, localice su estado en http://www.ed.gov/offices/OSERS/OSEP/Monitoring/state_contact_list.html, o llame al (202) 205-5507 (oprima #1); luego pregunte por el responsable de su respectivo estado.

    Si la persona que contesta el teléfono no habla español, el o ella puede encontrar quién lo ayude.



Lo que usted necesita saber si su hijo tiene necesidades especiales

» Preguntas frecuentes - Primera Parte

Preguntas frecuentes - Segunda Parte

Otras fuentes de información


 
Iniciativa de la Casa Blanca para la Excelencia en la Educación de los Hispanoamericanos  Télefono:202-401-1411, Fax: 202-401-8377, Correo electrónico: WhiteHouseforHispanicEducation@ed.gov
The White House Iniciativa de la Casa Blanca para la Excelencia en la Educación de los Hispanoamericanos