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November 6, 2008    DOL Home > ILAB > WebMILS   

Trabajo infantil
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Los niños y las niñas realizan diferentes tipos de trabajo bajo diversas condiciones y por una serie de razones. Por lo tanto, en la evaluación del trabajo infantil, se deben tomar en cuenta las condiciones y clases de trabajo, las edades de los niños y las niñas que realizan el trabajo, y el grado de desarrollo del país. En vista de que no todo el trabajo infantil se considera como perjudicial al crecimiento y bienestar del niño, es particularmente importante distinguir entre los diferentes términos utilizados en la literatura. Esta sección provee una visión general de las normas que la OIT ha codificado en el Convenio sobre la edad mínima (No. 138), el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (No.182), y la medida proxy que generalmente se utiliza para medir el trabajo infantil “los niños económicamente activos”.

La edad mínima y las peores formas de trabajo infantil

Los Convenios No. 138 y No. 182 de la OIT distinguen entre el “trabajo infantil” inaceptable que se debe eliminar y el “trabajo infantil” que puede contribuir al desarrollo saludable del niño y la niña. El Convenio sobre la edad mínima (No. 138) estipula que, “la legislación nacional tiene que fijar la edad o edades mínimas de admisión al empleo” (Organización Internacional del Trabajo, 2002b). Aunque el convenio establezca que la edad mínima general no debe ser menos de la edad requerida para completar la escuela obligatoria, y en cualquier evento no debe ser menor de 15 años - la última aspiración es tener 16 años - le ofrece algo de flexibilidad a las naciones en desarrollo que no son capaces de reunir estos objetivos, permitiéndoles fijar la edad mínima de 14 años, hasta que sean capaces de cumplir totalmente con el convenio. El trabajo ligero puede ser permitido para niños y niñas de 12 años o más, y el trabajo que no sea peligroso a niños de 15 años o más. Nunca se permite que los niños y las niñas realicen trabajo peligroso y todas las peores formas de trabajo infantil

La OIT define trabajo ligero como el trabajo que no es nocivo para la salud y el desarrollo del niño y no perjudica su asistencia a la escuela o a un adiestramiento vocacional. Para determinar si el trabajo es nocivo, la OIT toma en consideración la duración del trabajo, las condiciones en las que se realiza el trabajo, y los efectos en la asistencia a la escuela, entre otros factores. Sin embargo, la OIT no provee ninguna guía operacional para la evaluación de estos factores y para determinar si alguna forma de trabajo en particular podría calificar como trabajo ligero. El trabajo nocivo incluye “el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños” (Organización Internacional del Trabajo, 1973). Se deja a criterio de cada gobierno determinar qué clases de trabajo entran en el rubro de ligero o peligroso.

El Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (No. 182) fue adoptado unánimemente en 1999, y ya ha sido ratificado por 149 países. El mismo proporciona más límites para las diferentes clases de trabajo que los niños y las niñas pueden realizar. El convenio identifica las siguientes clases de trabajo que están categóricamente eliminadas:

  • todas las formas de esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y trata de niños y niñas, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, que incluye el reclutamiento forzoso par las fuerzas armadas;
  • la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas;
  • la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes, y
  • el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.

Las primeras tres caen bajo la categoría de “las peores formas incondicionales” del trabajo infantil que son absolutamente prohibidas. De acuerdo con la OIT, cerca de 8.4 millones de niños entre las edades de 5 y 17 años participan en esta categoría de trabajo. Según la definición de la legislación nacional, el cuarto tipo de trabajo recae en la categoría de peligroso. El trabajo peligroso puede ser llevado a cabo en sectores legítimos de la economía, pero no es un trabajo aceptable para los niños y las niñas. (Organización Internacional del Trabajo, 2002b).

Con respecto a ciertos elementos en la definición del trabajo infantil, la OIT deliberadamente ha creado un amplio nivel de discreción nacional, tanto en la definición de diferentes categorías de trabajo (p.ej., trabajo ligero o peligroso), y en fijar edades mínimas para el empleo de niños (el cual puede variar con el nivel de desarrollo y con las edades de la escuela obligatoria). Aunque sea comprensible y adecuado permitir la discreción nacional en la fijación de normas, las variaciones que existen entre las normas de las diferentes naciones hacen que las comparaciones entre países sean un tanto difíciles, y la variedad de leyes nacionales también puede producir un resultado aparentemente extraño en términos de la medición del progreso. Los países que se fijan los estándares más altos o ambiciosos pueden parecer que están progresando menos que los países que se fijan estándares más bajos. Por ejemplo, si en un país algunas actividades son declaradas como peligrosas para los niños, pero no en otro país, aunque resulte que la misma proporción de niños se encuentre trabajando en estas actividades, parecerá que el primer país avanza menos hacia el cumplimiento de sus propios estándares que el último.

La recolección de información relevante para la medición del progreso hacia el cumplimiento de las normas del trabajo infantil presenta otro problema. El problema surge en parte debido a que los instrumentos para la recolección de información, tales como encuestas de fuerza laboral, son pobremente diseñados para reflejar en sus cuestionarios o protocolos los matices en la definición de la OIT del trabajo infantil, tal como la distinción entre las formas aceptables e inaceptables de trabajo para niños y niñas. También surge, en parte, debido a que el marco de muestra para las encuestas de hogar, por definición, no incluye a los niños y niñas que no son parte de los hogares (p.ej., niños de la calle). También es extraordinariamente difícil obtener respuestas verdaderas de los encuestados acerca de los niños que participan en actividades ilegales (p.ej., venta de drogas, pornografía y prostitución).

La actividad económica como una proxy para el trabajo infantil

Aunque la OIT distingue entre el trabajo infantil (definido como nocivo para el desarrollo emocional y físico del niño) y la actividad económica infantil, actualmente se encuentra más información disponible sobre la actividad económica infantil que permite medir otro concepto más simple, pero menos satisfactorio: la participación o no de una persona (niño o adulto) en la “actividad económica”. La población económicamente activa es comúnmente definida como las personas que “proporcionan el suministro de trabajo para la producción de bienes económicos y servicios durante un período específico de tiempo”, tal como lo define el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas (Organización Internacional del Trabajo, 2000). La definición incluye el empleo remunerado y no remunerado, el desempleo y la actividad para el consumo del hogar (para una discusión total de la “actividad económica”, véase Ritualo, 2002).

Muchos países han llevado a cabo encuestas de la fuerza laboral que definen la participación en la fuerza de trabajo como la participación en la “actividad económica”. Dichas encuestas no capturan adecuadamente la participación en la actividad económica, pero ilegal, y el trabajo que no es remunerado y se realiza en empresas del hogar, y cuyo producto es básicamente para el consumo casero. Además, algunas actividades que ciertamente tienen que ver con el trabajo, no son consideradas “económicas” y, por consiguiente, son excluidas de la encuesta. Mientras muchos de estos problemas surgen en la encuesta de información de adultos, igual que en la de niños y niñas, ellos son particularmente severos en el sondeo de la información sobre el trabajo de los niños y las niñas.

Según las definiciones de la OIT, un niño o una niña económicamente activo puede o no estar involucrado en el trabajo infantil. Por ejemplo, un niño de 14 años de edad que trabaja en una tienda de la familia después de asistir a clases es considerado económicamente activo, pero es probable que no esté involucrado en trabajo infantil, ya que este trabajo entra en la categoría de trabajo ligero que es adecuado para niños y niñas mayores de 12 años, siempre y cuando no sea perjudicado física ni emocionalmente y no interfiera en la educación del niño; o un niño que se quede en casa en vez de ir a la escuela para hacer el trabajo pesado y no remunerado en la casa por largas horas puede estar involucrado en trabajo infantil, pero es probable que no sea considerado económicamente activo.

Otro problema serio está relacionado con los niños y las niñas que no están ni clasificados como económicamente activos ni como estudiantes matriculados o que asisten a las escuelas. En la India, por ejemplo, esta categoría de “niños de ninguna parte” contabiliza el 45.2% de todos los niños y niñas en el grupo de edades entre los 5 y 14 años en 1991; mientras que los niños y niñas económicamente activos contabilizan únicamente el 5.4% de ese grupo de edades (Gobierno de la India, Comisión de Planificación, 2002). Hay lugares en África donde “la adopción de niños” prevalece, por lo que es aún más difícil determinar si esto es un factor que disfraza el trabajo infantil. Como tal, la actividad económica como proxy del trabajo infantil podría subestimar el número de niños y niñas que trabajan.



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