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November 4, 2008    DOL Home > ESA > WHD > Hoja de Datos #47   

Wage and Hour Division (WHD)

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ESA OFCCP OLMS OWCP WHD
Wage and Hour Division - To promote and achieve compliance with labor standards to protect and enhance the welfare of the nation's workforce.

Hoja de Datos #47: Disposiciones sobre salario mínimo, mantenimiento de registros y trabajo de menores de la Ley de los Estados Unidos aplicables a los conductores extranjeros de vehículos comerciales y sus ayudantes

El Ministerio de Trabajo de los Estados Unidos, a través de la Sección de Horas y Sueldos, administra la Ley de Normas Razonables de Trabajo (FLSA-en inglés). Este folleto informativo ofrece información general sobre las disposiciones relativas al sueldo mínimo, el mantenimiento de registros y el trabajo de menores aplicables a los conductores extranjeros de vehículos comerciales y a sus ayudantes que trabajan en territorio de los Estados Unidos.

¿Cuál es el salario mínimo de los Estados Unidos?

El salario mínimo federal de $5.85 por hora, en vigor a partir del 24 de Julio de 2007; $6.55 por hora, en vigor a partir del 24 de julio de 2008; y $7.25 por hora, en vigor a partir del 24 de julio de 2009, y las disposiciones de la ley FLSA para el trabajo de menores se aplican a los conductores extranjeros y a sus ayudantes por el total de horas trabajadas en los Estados Unidos, si los trabajadores pasan un período de tiempo considerable en los Estados Unidos. Un trabajador que viaja más de 25 millas desde la frontera de los Estados Unidos o pasa más de 72 horas en los Estados Unidos en una sola visita (lo que ocurra primero), se considera que ha pasado un tiempo significativo en los Estados Unidos. Cuando un trabajador haya pasado un tiempo significativo en los Estados Unidos, todas las horas de trabajo en los Estados Unidos durante esa visita deberán remunerarse pagándole, por lo menos, el sueldo mínimo, incluyendo las horas antes de alcanzar el límite de las 25 millas o las 72 horas. En determinadas circunstancias, el tiempo "de espera" de un trabajador podrá remunerarse como horas de trabajo.

Los sueldos deben pagarse sin hacer deducciones ilegales - tales como los gastos del funcionamiento del vehículo o del viaje - que reducirían la paga por debajo del salario mínimo federal. Las deducciones no permitidas son aquellas que reducen la paga por debajo del salario mínimo federal son, entre otras, los gastos de gasolina, petróleo, llantas, reparaciones del camión, peajes o los gastos de comida o alojamiento para los trabajadores viajeros.

¿Cuáles son los requisitos federales de mantenimiento de registros aplicables a los empleadores?

El empleador deberá mantener registros completos de todas las horas trabajadas, los sueldos pagados y cualquier otra información (como, por ejemplo, las deducciones) relacionada con el tiempo trabajado en los Estados Unidos. Estos registros, que no tienen que mantenerse en ningún formato específico, deberán ponerse a disposición del Ministerio de Transportes de los Estados Unidos cuando así los solicite. Los libros o cuadernos de ruta requeridos por el Ministerio de Transportes de los Estados Unidos no contienen todos los datos informativos requeridos por la Ley FLSA.

¿Cuáles son los requisitos federales que limitan el número de horas que los menores de edad pueden trabajar en la operación de vehículos motorizados?

Las disposiciones legislativas sobre el trabajo de menores establecen restricciones a los menores de 18 años para trabajar como conductores o ayudantes de vehículos comerciales. Los requisitos sobre las horas trabajadas y la edad para las licencias de conductores comerciales están regulados por el Ministerio de Transportes de los Estados Unidos.

¿Cómo se puede obtener más información?

Para obtener más información, visite nuestra dirección en la internet: http://www.wagehour.dol.gov, o póngase en contacto con nuestro servicio de información y ayuda sobre Horas y Sueldos, de las 8:00 a las 17:00 horas en su huso horario, llamando gratis al 1-866-4US-WAGE (1-866-487-9243).

El propósito de este folleto es solamente proporcionarle información general y no lleva el peso de un dictamen jurídico.

El Ministerio de Trabajo ofrece esta información como un servicio de interés público. Esta información y el material relacionado se ofrecen para facilitar al público el acceso a la información sobre los programas que administra. Conviene recordarle que, aunque nuestra intención es proveer información oportuna y exacta, a veces podrá haber una demora entre las publicaciones oficiales del material y la modificación de estas páginas. Por lo tanto, no damos ninguna garantía expresa o implícita. El Federal Register y el Code of Federal Regulations (el código de reglamentaciones federales) continúan siendo las fuentes oficiales de la información reguladora publicada por el Ministerio. Haremos todo lo posible por corregir los errores que lleguen a nuestra atención.

 

 



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