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VIERNES, 20 DE ENERO DE 2006
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Plazo para que ciudadanos de los Estados Unidos con denuncias nuevas de pérdidas de propiedad contra el Gobierno de Cuba presenten sus reclamos en el Segundo Programa de Reclamos Cubanos es el 13 de febrero

WASHINGTON, D.C. - El plazo para presentar reclamos nuevos de pérdida de propiedad contra el Gobierno de Cuba es el 13 de febrero de 2006, recordó al público hoy Mauricio Tamargo, Presidente de la Comisión para la Solución de Reclamaciones Extranjeras [Foreign Claims Settlement Commission]. De acuerdo con el Segundo Programa de Reclamos Cubanos, la Comisión está autorizada a recibir reclamos de ciudadanos o empresas de los Estados Unidos contra el Gobierno de Cuba por la pérdida de bienes raíces o personales tomados después del 1º de mayo de 1967.

El Segundo Programa de Reclamos Cubanos permite los reclamos de ciudadanos y empresas de los Estados Unidos que hubieran sido elegibles bajo el programa anterior si no hubiera sido porque el reclamo no surgió antes del plazo del 1º de mayo de 1967 y no fueron arbitradas previamente de otra forma por la Comisión. El objetivo del programa es cubrir a los reclamos de propiedad que surgieron después del programa anterior. El Presidente Tamargo subrayó que el programa está abierto apenas a personas que eran ciudadanos o empresas de los Estados Unidos en el momento en que sus propiedades fueron confiscadas.

Toda consulta asociada a estos reclamos debe dirigirse directamente a Foreign Claims Settlement Commission of the United States, 600 E Street N.W., Suite 6002, Washington, D.C. 20579, Teléfono: (202) 616-6975, Fax: (202) 616-6993.

La Comisión para la Solución de Reclamaciones Extranjeras de los Estados Unidos [Foreign Claims Settlement Commission of the United States (FCSC)] es una agencia casi-judicial e independiente dentro del Departamento de Justicia que arbitra reclamaciones de ciudadanos de los Estados Unidos contra gobiernos extranjeros. Para obtener más información sobre la Comisión, visite http://www.usdoj.gov/fcsc/.

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