Los que siguen son resúmenes breves de estas protecciones constitucionales de los EE.UU. y los derechos bajo la Primera Enmienda, la Quinta Enmienda y la Decimacuarta Enmienda.
La Primera Enmienda
Bajo la Primera Enmienda, los tribunales están más interesados cuando las regulaciones de los anuncios tienen como objetivo restringir o regular el contenido mismo de los anuncios. Esos tipos de códigos basados en el contenido están sujetos a la investigación judicial más estricta, y se sostendrá sólo si el tribunal decide que la regulación está justificada por el interés gubernamental que la obliga, y está construida estrechamente para lograr ese interés.
Cuando el código es neutral con respecto al contenido, y se enfoca sólo en el tiempo, el lugar y la manera en que se exhibe el anuncio, los tribunales aplicarán unas normas de investigación menos estrictas, que requieren que el gobierno demuestre:
- un interés gubernamental sustancial que justifique la regulación,
- la regulación directamente promueve dicho interés, y
- la regulación permite amplias avenidas alternas de comunicación para los que están sujetos a ella.
Es decir, las regulaciones de los anuncios normalmente deben ser neutrales con respecto al contenido, y no deben reducir excesivamente el derecho de expresión verbal del mensajero comercial en la ausencia del interés sustancial del estado que no se puede reforzar mediante otras maneras.
La Quinta Enmienda
Bajo la Quinta Enmienda, se debe la "compensación justa" siempre que el gobierno se apodere de una propiedad para un propósito público válido. Está bien establecido que forman parte los intereses de la propiedad. Sin embargo, el tipo de interés que poseen depende del tipo de anuncio que está en discusión. Por ejemplo, las promociones al aire libre (o los anuncios comerciales fuera del local de negocio) han sido protegidas de la remoción sin compensación por la legislación federal durante muchos años. Por otra parte, la compensación por la reducción reguladora del tamaño, la remoción o la prohibición de un anuncio que era legal anteriormente, o porque se ordena demolición de un sitio y de sus anuncios acompañantes, es algo relativamente nuevo para los anuncios comerciales en el local físico del negocio.
Sin embargo, con respecto a las confiscaciones reguladoras, las decisiones de los casos que apoyan la constitucionalidad de las leyes de zonificación no le dan a las municipalidades carta blanca para destruir sustancialmente todas las cosas útiles de la propiedad que sean económicamente viables mediante el ejercicio de sus poderes administrativos utilizando las regulaciones del uso de las tierras, incluso las ordenanzas de los anuncios. En los casos donde el que verifica los hechos determina que a la parte que recibió el agravio le ha sido denegado el poder de conservar todas las cosas útiles de su propiedad que sean económicamente viables o que las acciones del gobierno no promueven sustancialmente un propósito público legítimo, el gobierno será responsable por la compensación. Por lo tanto, aunque los gobiernos locales pueden emprender acciones de zonificación y reguladoras que disminuyen los valores de una propiedad sin tener que compensar por la disminución, cuando el gobierno se apropia "demasiado", hay que pagar la compensación. ¿Cuánto es "demasiado"?, para provocar el requerimiento de una compensación. Es una cuestión de varios grados, que se basa en la consideración de varios factores e intereses.
Al hacerse más importantes para el éxito del negocio los anuncios comerciales en el local del mismo, los códigos de anuncios que limitan severamente su habilidad de comunicarse con los clientes potenciales pueden reducir tanto el negocio como el sitio del negocio hasta un grado tal que se le deba al dueño una compensación, Además, en casos de ordenarse un demolición a causa de ejercicio del poder del dominio eminente del gobierno, si está involucrada un anuncio comercial en el local de negocio, es cada vez más probable que el anuncio se considere separadamente para los propósitos de asignarle un valor y para pagar la compensación en conformidad con ello.
La Decimacuarta Enmienda
La Decimacuarta Enmienda garantizan el "debido procedimiento y el tratamiento igual" en el proceso regulador. De ordinario, la Decimacuarta Enmienda entra en el proceso regulador de los anuncios comerciales en la fase del otorgamiento de los permisos, incluso en la apelación de la negación de un permiso.
Como requerimiento mínimo, las normas de los permisos deben ser claras, concisas y capaz de ser interpretadas y administradas objetivamente. Además, tanto la determinación inicial referente a una solicitud para la construcción o la colocación de un anuncio como una audiencia de apelación de la negación de un permiso debe ocurrir oportunamente. No conceder alguno de los requerimientos mínimos del proceso puede llevar a una reclamación de que el proceso viola la cláusula del "debido procedimiento".
Además, las irregularidades en el debido procedimiento también pueden infringir la Primera Enmienda. Como un anuncio es esencial para comunicar la presencia de un negocio y competir efectivamente en el mundo mercantil, bajo algunas circunstancias, no satisfacer los requerimientos mínimos de debido procedimiento puede dar lugar a un asunto de "restricción previa". Dicho asunto ocurre cuando el derecho de comunicación está sujeto a la aprobación a discreción previa de un oficial gubernamental que la puede ejercer para censurar la expresión verbal.
El asunto de la restricción previa está siempre potencialmente presente en el proceso del otorgamiento de los permisos para los anuncios, según el grado en que las decisiones reguladoras gubernamentales que afectan a los anuncios no se basen solamente en criterios objetivos y cuantitativos. Este potencial obliga a que la ordenanza de los anuncios dirija al oficial que otorga los permisos que actúe según las normas que están claramente definidas, (1) a que limite estrictamente la discreción del oficial, y (2) a que garantice la resolución de las cuestiones de las solicitudes dentro de un corto período de tiempo.
Otra provisión de la Decimacuarta Enmienda requiere que los individuos
que estén igualmente situados reciban el tratamiento y la protección
igual de la ley. De la manera que eso se aplica a los códigos de
los anuncios y al proceso del otorgamiento de los permisos, significa
que la entidad de autoridad de permisos debe otorgar o negar un permiso
según el código, sin consideración al tipo de negocio
en cuestión, así que con tal que la actividad comercial
no sea ilegal, que esté realizando en la zona apropiada, y que
el anuncio propuesto no muestre información engañosa o exaltada,
moralmente ofensiva o lenguaje o gráficos que sean sexualmente
explícitos. Por lo tanto, si la actividad comercial es legal y
el anuncio propuesto es veraz y no es probable que ofenda la sensibilidad
de las comunidades, no importa si es una licorería o una tienda
de alimentos naturales, el código se debe aplicar igualmente a
los dueños de las tiendas.
Se presentan resúmenes de casos legales que ilustran las decisiones de los tribunales referentes a los anuncios comerciales y a la protección que reciben en la sección de "Recursos Legales".
Para mayor información sobre los derechos legales que disfrutan los dueños de los anuncios comerciales, visite la Fundación de Anuncios Comerciales ["The Signage Foundation"].
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