Puede Ser Que Las Personas Que No Sean Ciudadanas De Los Estados Unidos Cumplan Con Los Requisitos Para Recibir La Ayuda Por Desastres

Fecha de Publicación: 10 de septiembre de 2007
Número de Publicación: 1717-019

» Minnesota Severas Tormentas e Inundaciones

» In English

ROCHESTER, Minn. -- Según afirmaron los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional de Minnesota (HSEM, por sus siglas en inglés) y de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, puede ser que las personas que no sean ciudadanas de los Estados Unidos –pero que tengan un estatus legal dentro de los Estados Unidos– cumplan con los requisitos para recibir la ayuda por desastres. Esta ayuda les permitiría enfrentar los daños provocados por las severas tormentas e inundaciones ocurridas recientemente en la zona del sureste de Minnesota.

"No queremos que ninguno de los residentes del área que pueda tener derecho a recibir la ayuda pierda esta valiosa asistencia por desastres que puede servirle de ayuda para recuperarse", afirmó Carlos Mitchell, funcionario de coordinación a nivel federal. "Cuando alguien tenga duda, debe solicitar la ayuda. FEMA determinará si cumple o no con los requisitos".

La ayuda por desastres está al alcance de los residentes y dueños de negocios de siete condados de Minnesota: Dodge, Fillmore, Houston, Olmsted, Steele, Wabasha y Winona. Quienes soliciten la ayuda deben ser ciudadanos de los Estados Unidos, nacionales no ciudadanos o extranjeros cualificados para recibir la ayuda monetaria de FEMA. El estatus legal de estas personas no se verá amenazado por el hecho de que soliciten la ayuda.

Se entiende por extranjeros cualificados a:

La ayuda puede otorgarse siempre que uno de los integrantes del núcleo familiar tenga derecho a recibirla. No se recogerá información en relación con el estatus de los demás miembros del hogar. Por ejemplo, el padre o tutor de un niño que no cumpla él mismo con los requisitos puede solicitar la ayuda en nombre del menor si el niño es ciudadano de los Estados Unidos, nacional no ciudadano o extranjero cualificado. El tutor solamente certifica el estatus del menor; no se recogerá información alguna sobre el estatus del adulto.

Los inmigrantes indocumentados que formen parte de un núcleo familiar donde nadie cumpla con los requisitos de FEMA para recibir la ayuda monetaria puede que de todas formas cumplan con los requisitos para recibir ayuda de programas administrados por agencias estatales, locales o voluntarias. Puede ser que también cumplan con los requisitos para recibir ayuda de FEMA a corto plazo, que no sea monetaria, como servicios legales para casos de desastre y asesoría para lidiar con la crisis.

Aquellas personas que hayan sido afectadas por las severas tormentas e inundaciones pueden empezar por solicitar la ayuda, llamando al 1-800-621-FEMA (3362) (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana) o al TTY 1-800-462-7585 para las personas que padezcan de discapacidades auditivas o del habla. Los números de teléfono gratuitos estarán operando desde las 7 a.m. hasta las 8 p.m. (hora local), los siete días de la semana. Usted también pueden inscribirse vía Internet, visitando el Centro de Asistencia Individual en www.fema.gov/spanish.

FEMA coordina el rol del gobierno federal en la preparación, la prevención, mitigación de los efectos, respuesta y recuperación de todos los desastres domésticos; naturales o provocados por el hombre e incluyendo los actos de terrorismo.

Fecha de la última actualización: Lunes, 10-Sep-2007 16:42:25