OHIO 4 de agosto de 2006 Vol. 1 Publicado por el Departamento de Seguridad Nacional, FEMA y la Agencia para el Manejo de Emergencias de Ohio Solicite Asistencia llamando al 800.621.FEMA (3362) TTY: 800.462.7585 8 a.m. a 8 p.m. (todos los d as) hasta nuevo aviso Ayuda por Desastre Disponible Ya! Fuertes tormentas, alineaciones de vientos e inundaciones azotaron partes del estado del 27 de julio hasta el 4 de agosto y ocasionaron devastaci n en Ashtabula, Geauga, y los condados de Lake. En respuesta a la solicitud del gobernador , El presidente Bush declar zona de desastre federal, que inicia el proceso de brindar ayuda a los residentes y due os de negocios en los condados afectados que sufrieron da os por el desastre. Se declararon 3 condados como zona de desastre. (Mirar p gina 3 para una lista de los condados declarados por el desastre). La declaraci n por desastre permite la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) del Departamento de Seguridad Nacional y otras agencias federales se unan al estado y los trabajadores locales para ayudar a los ciudadanos y due os de comercios a restablecerse en los condados afectados. La Agencia de Asistencia del Gobierno cubre las necesidades b sicas, pero normalmente no compensan a las v ctimas en sus p rdida total. S tienen seguro, el gobierno puede ayudar a pagar las necesidades b sicas no cubiertas en las p lizas. Los diferentes tipos de ayuda estan presentadas en este folleto y ser n explicadas una vez se inscriba para solicitar asistencia por desastre. Información sobre la Recuperación  Solicite asistencia llamando o vía Internet en www.fema.gov Los ciudadanos en los condados declarados que han sufrido da os en sus hogares, negocios o propiedad personal como resultado de las severas tormentas, alineaciones de viento e inundaciones desde el 27 de julio hasta 4 de agosto, deben comenzar el proceso de solicitud. Inscr base v a Internet o llamando al 800-621-3362 (TTY: 800-462-7585) de 8 a.m. a 8 p.m., todos los d as, hasta nuevo aviso.  Asistencia para Individuos y Familias Due os e inquilinos de hogares cuya residencia principal qued inhabitable podr an ser elegibles para recibir fondos que paguen vivienda temporera, reparaciones esenciales al hogar, y otras necesidades relacionadas al desastres pero no cubiertas por un seguro incluyendo gastos m dicos y de transportaci n.  Administaci n de Peque os Negocios SBA ofrece pr stamos a bajo inter s para due os e inquilinos de hogares y propietarios de negocios de todo tipo que no tengan seguro o poca cobertura.  Programa Nacional de Seguro contra Inundaci n (NFIP) Los afectados que tienen el seguro pueden radicar sus reclamaciones para las reparaciones al hogar. Aquellos afectados por las tormentas que viven o son due os de negocios en cualquiera de los condados declarados pueden solicitar ayuda llamando al: 800-621-FEMA(800-621-3362). Aquellos con impedimentos auditivos o del habla deben llamar al 800-462-7585, o se pueden inscribir v a Internet visitando www.fema.gov. Asistencia por Desastre P & R: P. Qu debo hacer para obtener ayuda por desastre? R. Llame a la l nea gratuita, 1-800-621-FEMA (3362). Aquellas personas con impedimentos auditivos o de habla deben llamar al TTY: 1-800-462-7585. Tambi n puede solicitar en l nea en la p gina www .fema.gov (la solicitud s lo est disponible en ingl s). P. Si tengo seguro, puedo obtener asistencia? R. Si tiene cubierta de seguro, contactar su compa ia aseguradora. Sin embargo, si cree que tiene necesidades que no esten cubiertas por su seguro, solicite asistencia de desastre. P. Qu informaci n necesito proveer al solicitar? R. Debe estar preparado para proveer su nombre, la direcci n de la propiedad afectada, informaci n del seguro, su ingreso y un n mero de tel fono donde a usted se le pueda contactar . P. Qu sucede despu s que solicito? R. Si solicita asistencia por desastre, usted ser evaluado dependiendo de la clase de ayuda que necesite. Un inspector adiestrado de FEMA har una cita para visitarlo alrededor de dos semanas despu s de haber solicitado para verificar los da os. As se determina a donde ser referido. Si no se comunican con usted, llame a FEMA al 1-800-621-FEMA (3362). P. Me inscrib con FEMA y recib una solicitud de pr stamo de la Administraci n de Peque os Negocios (SBA). Por qu recibo una solicitud de pr stamo? R. SBA es la mayor fuente de ayuda a los damnificados. Para da os en una propiedad privada, cuidadanos, familias y comercios que no estan cubiertos completamente por los seguros. Es la forma b sica de asistencia federal para la recuperaci n a largo plazo con intereses bajos. P. Qu pasa si no tengo los medios para obtener un pr stamo ? R. Si se determina que el solicitante no puede pagar un pr stamo por desastre SBA le puede referir a otra fuente de ayuda. Preguntas sobre la asistencia de FEMA? 800.621.FEMA (3362) TTY: 800.462.7585 ¿Cámo reclamar al seguro Si usted tiene un seguro por i nundaci n, llame a su agente de seguro para reportar su reclamaci n. Su agente le va a brindar una forma de notificaci n de perdidas y un ajustador ser asignado para ayudarlo. S es posible se tomar n fotograf as de su residencia exterior e interior de su propiedad mostrando los da os por la inundaci n. Descartar toda pieza o propiedad da ada que presentan peligros o riesgos a la salud, o impida las operaciones de limpieza. Asegurarse de describir totalmente todos los objetos descartados para cuando el ajustador examine sus p rdidas y sus records, esos art culos est n incluidos. Recopilar un inventario cuarto por cuarto de las p rdidas y bienes deteriodados, incluyendo nombres de manufatureros, fechas, sitio de compra, especialmente ens res grandes. El mantener un archivo actualizado puede acelerar la decisi n de su reclamaci n. Como tratar el moho. Una de las mayores inquientudes despues de una inundación es la salud, por el crecimientos de hongos y bacterias. Sí su hogar ha sido afectado por inundaciones, examinada, limpiada, incluyendo todos los enseres que han estado en contacto con el agua , mirar por el crecimiento de moho a traves del hogar incluyendo el ático,sótano y demas espacios. Tener un profesional que inspeccione los conductos del calentador/acondicionador y insulación en las paredes. Lavar todos los objetos que han estado en contacto con el agua en el hogar con 4 oz. de clorox y un galón de agua - dejar la solución por lo menos 15 minutos antes de enjuagar. Abrir todas las ventanas y usar guantes de goma. En el Camino a la Recuperación Las personas y due os de negocios en los condados declarados de Ashtabula, Geauga y Lake que sufrieron p rdidas debido a las fuertes tormentas, alineaciones de vientos e inundaciones desde el 27 de julio hasta el 4 de agosto son elegibles para asistencia. Asistencias a Individuos y Familias Hay ayuda disponible para inquilinos o due os de vivienda cuya residencia principal sufri da os o fue destruida, o que ser n desplazados de su hogar a causa del desastre. La ayuda puede incluir subvenciones para alquiler de vivienda temporera o dinero para reparaciones de emergencia para que sus vivienda sea habitable. Tambi n hay ayuda disponible para cubrir otras necesidades serias causadas por el desastre; incluyendo gastos m dicos, dentales o de transportaci n. Pr stamos por Desastre para Vivienda/Propiedad Personal La Administraci n de Peque os Negocios (SBA) ofrece pr stamos a bajo inter s hasta $200,000 a los due os de viviendas para reparaciones en la propiedad. Los inquilinos y propetarios pueden tomar prestado hasta $40,000 para reemplazar las p rdidas de propiedad personal. Pr stamos para Negocios Los negocios de cualquier tama o y algunas organizaciones sin fines de lucro pueden tomar prestado hasta $1.5 millones de la Administraci n de Peque os Negocios (SBA) para cubrir gastos de reparaciones o reemplazo de bienes ra ces, maquinaria, equipo, inventario y otros bienes. SBA tiene pr stamos de p rdidas econ mica , (EIDL) para cubrir los gastos operacionales de los peque os negocios. S lo en los condados declarados y adyacentes. Servicios Al Consumidor Las querellas sobre pr cticas comerciales sospechosas y otros problemas del consumidor deber n presentarse con la oficina del fiscal estatal. Asistencia de Desempleo por Desastre Beneficios semanales a personas desempleadas a cuasa del desastre, incluso personas que trabajan por su cuenta, trabajadores y due os de fincas/ granjas y otros no cubiertos por desempleo regular. Solicite en la oficina local de desempleo. Asistencia Agr cola Pr stamos de emergencia para granjeros que operan y manejan fincas o ranchos para la p rdidas reales a la propiedad esencial y/o capacidad de producci n. Comun quese con la oficina local de la Agencia del Servicios Agr colas. Beneficios del Seguro Social Comun quese la oficina local del Seguro Social, si la entrega de su cheque se ha retrasado debido al desastre. Ayuda con las Contribuciones (IRS) IRS permite deducciones en la planilla federal por p rdidas en viviendas, propiedad personal y enseres del hogar que no tengan suficiente cobertura o no est n aseguradas. Protecci n de Fraude y Servicios Legales El Departamento de Vivienda y Desarollo Urbano (HUD) de Estados Unidos puede asistir en casos de descriminaci n ilegal en las subsidarias federales, o viviendas no aseguradas. Las querellas pueden ser llenadas con el Estado y la oficina del Fiscal General, Asistencia legal y referidos estan disponible llamando al Colegio de Abogados al 800-282-6556. Informaci n sobre Seguros El Negociado de Seguros estatal puede ayudar en asuntos como aligerar acuerdos, obtener copias de p lizas extraviadas, verificar p rdidas y radicar reclamaciones. Beneficios al Veterano Toda la informaci n esta disponible en donde habla de los beneficios, pensiones, seguros y pr stamos de hipoteca VA. Sevicios de Agencias Voluntarias Las agencias voluntarias, como la Cruz Roja Americana, el Ej rcito de Salvaci n y otros grupos ofrecen una amplia variedad de servicios para satisfacer las necesidades causadas por el desastre, desde proveer equipos de limpieza hasta asistencia econ mica. Deber a solicitar asistencia si no tiene seguro? Si sufri da os por fuertes tormentas, aliniaciones de vientos e inundaciones desde 27 de julio y vive o posee un negocio en uno de los condados declarados, podrr a ser elegible para asistencia federal por desastre. aunque no tenga seguro La ley no permite que la ayuda por desastre duplique los beneficio de un seguro. Sin embargo, si su seguro no cubre todos los costos o da os, FEMA podr a ayudarle. Solicite ayuda llamando al 800-621-FEMA (3362) o en linea a www.fema.gov Gu a Para Ayudarle El mantener una p liza de seguro por inundaci n es una de las mejores maneras de protegerse de costos por da os de inundaci n. Como muchos residentes han aprendido despues de las recientes inundaciones las p lizas para propietarios de residencias no cubre da os por el alza en los niveles de agua. Pero, si no tiene seguro por inundaci n puede orientarse y protegerse para futuros desastres. Las p lizas de seguros de inundaci n estan apoyadas por el gobierno federal y estan disponibles para cualquier propietario de residencia, inquilino o due o de negocio en donde la propiedad este en una comunidad que participe en el Programa Nacional de Seguros por Inundaci n (NFIP). Para participar , la comunidad debe adoptar o dise ar una ordenanza de como reducir los riesgos y perdidas para un futuro desastre en conjunto con la Organizaci n local de Areas Inundables. Si vives en esa comunidad, puedes adquirir un seguro con cualquier agente de seguro cualificado o compa ia aseguradora. Por ejemplo, puede ser la misma compa ia que tiene aegurados su residencia o autom vil. Las primas pueden variar dependiendo de los riesgos de inundaci n en su propiedad este expuesta. La cantidad de cubierta que compre, el deducible que seleccione y el tipo de estructura que este asegurando. En una residencia de familia sencilla, se puede comprar una cubierta de seguro de $25,000, en la estructura hasta $100,000 en su contenido. Si es due o de negocio, el m ximo es de $500,000 en la estructura y otros $500,000 en el contenido. Si es inquilino puede comprar hasta $100,00 de cubierta en efectos personales. Hay personas que se resisten a comprar una p liza de seguro en creencias falsas que si sucede una inundaci n el gobierno los va a rescatar. La Asistencia por Desastre Federal esta disponible solo si el desastre es tan grande y extenso que garantize una declaraci n de Desastre por parte del Presidente. Muchos Desastres no son declarados por el Presidente. En la mayor a de los casos las v citmas estan solas, a menos que tengas p lizas de seguros, y a menos que las comunidades sean declaradas como zonas desastres mayor, la ayuda es bien limitada. Mucha de la ayuda es en forma de pr stamos. A pesar de que su comunidad no este en reas inundables, una p liza de seguro es recomendable en casi cualquier lugar. M s informaci n est disponible llamando a su agente de seguros o NFIP 1-888-275-6347. Buen Momento para Pensar Seguros por Inundaci n Pólizas de Seguros pueden ayudar a Reducir Daños Si su residencia o negocio ha sido substancialmente afectado por las inundaciones, deber someterse por los requerimientos en la estructura para arreglos y reparaciones de su comunidad. Ayuda en cubiertas en cumplir esos requisitos podran ser obtenidos a trav s de su p liza de seguro. Aquellos que tengan cubiertas o p lizas de seguro por inundaci n ser n elegibles a obtener hasta $30,000, para ayuda a pagar los costos para poder poner su residencia o negocio habitable cumpliendo con con los requisitos de su comunidad sobre las zonas inundables. Si los oficiales de su comunidad determinan que su residencia o negocio ha sido substancialmente afectada por la inundaci n, contactar imediatamente a su compa ia de seguro o a su agente para procesar una querella para ayuda que cubra estos costos. Para m s informaci n llamar a su Agente del NFIP al 800-275-6347. Aseg rese que la ayuda por desastre llegue a quien la necesita. L nea de Fraude de Fema 1-800-323-8603 La asistencia federal para recuperaci n por desastre se brinda sin distinci n de raza, color ,sexo religi n ,nacionalidad, edad,impedimiento, o nivel socoecon mico. Si han discriminado contra usted favor llamar al n mero mencionado. Pr stamos a Bajo Inter s de SBA: No sólo para Negocios Los pr stamos a bajo inter s de la Administraci n de Peque os Negocios (SBA) es la fuente primaria de asistencia federal para la recuperaci n a largo plazo de propietarios, inquilinos y negocios de cualquier tama o. Estos pr stamos suministran fondos para reparaci n de da os a la propiedad privada que no est n cubiertos totalmente por un seguro. Los pr stamos a bajo inter s de SBA ayudan a los damnificados a pagar por las reparaciones y a la vez reduce los costos para los contribuyentes. Pr stamos para propietarios e inquilinos. Hay pr stamos de hasta $200,000 disponibles a propietarios para hacer reparaciones a inmuebles. Los propietarios e inquilinos pueden tomar prestados hasta $40,000 para reemplazar propiedad personal da ada por el desastre. En adici n, los due os de vivienda podr an ser elegibles para fondos adicionales de hasta un 20 por ciento para cubrir los costos relacionados a medidas de mitigaci n de futuros da os. SBA analiza los ingresos y las deudas del propietario o inquilino antes de proveer un pr stamo. Si se determina que el solicitante no puede pagar un pr stamo por desastre, SBA lo puede referir a otra fuente de ayuda. Pr stamos por desastre para negocios. Los negocios de cualquier tama o y las organizaciones sin fines de lucro, pueden solicitar pr stamos a bajo inter s de SBA para reparar o reemplazar propiedad inmueble, maquinaria y equipo, inventario y otros bienes afectados por el desastre. Hay pr stamos de hasta $1.5 millones disponibles para p rdidas no cubiertas completamente por un seguro. Para los peque os negocios, SBA ofrece Pr stamos por P rdida Econ mica a causa de Desastre (EIDL) para costear las deudas necesarios hasta que las operaciones regresen a la normailidad, luego de un desastre. Estos pr stamos est n disponibles para los negocios afectados econ micamente por el desastre, aunque no sufrieran da os a la propiedad. Inscr base con FEMA para los pr stamos por desastre de SBA. Llamando al 1-800- 621-FEMA (3362) o visitando la p gina de internet www.sba.gov. ¿Sin trabajo a causa del desastre? El programa Federal de Asistencia de Desempleo a causa del Desastre provee un cheque semanal si se ha quedado sin trabajo o sufrido una perdida de entrada econ mica a resultado del desastre. El programa es dise ado para ayudar al desempleados, personas que trabajan por su cuenta y agricultores que normalmente no son elegibles para seguros de desempleos. La Asistencia de Desempleo puede proveer beneficios semanales hasta 26 semanas despues de la fecha de declaraci n de desastre. Ser elegible si: ¥ se qued sin trabajo a causa de desastre. ¥ sin trabajo o visa temporera /o trabajo inmigrante que su salario ha sido afectado por el desastre. ¥ empleado sin cubierta de ninguna otra Agencia de Desempleo o compensaci n ¥ sobreviviente, como resultado al desastre, y se convierte en la cabeza de la familia. haga preguntas primero? Empleando a un Contratista. . . Utilize su sentido com n al emplear a un contratista para arreglos o reparaciones en su residencia afectada debido al desastre. Para ayudarle con el proceso y hacerlo lo m s placentero posible, le brindamos algunas sugerencias a seguir: Verifique la reputaci n del contratista. Comunicarse con su agencia local de Buenas Pr cticas Comerciales (Better Business Bureau), asociasones locales de constructores, o con el consejo comercial, y verificar que no existan ning n tipo de reclamos contra se contratista. Pregunte por referencias. Obtenga nombres referencias de trabajo previos, hacer unas llamadas podran ahorrarle grandes disgustos y tiempo. Consulte con amigos, parientes, vecinos, agentes de seguros, o alguna persona de la comunidad si volver a a utilizar sus servicios. Solicite evidencia del Seguro. Aseg rese de que el contratista tenga seguro de responsabilidad p blica e indemnizaci n por accidentes de trabajo. Tenga estimados por escrito. Aseg rese que incluya todas las expectativas y promesas que quiere del contratista. Nunca firme ning n documento hasta que el trabajo este completado. Pregunte por un Contrato. En donde las garant as ofrecidas deber n estar incluidas. Diario Recuperaci n es publicado por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos y la Oficina del Gobernador para el Manejo de Emergencia del Estado de Ohio con la contribuci n de otras agencias federales, estatales y organizaciones voluntarias. Agradeceremos que dirija sus comentarios llamando al 1- 800.621.3362 o http://www.fema.gov. DR1656 Coordinador Federal Jesse Mu oz Coordinadora Estatal NANCY DRAGANI Edici n y Traducci n, FEMA Oficina de Prensa Blair Gately y Mar a Hern ndez Durante la Limpieza Consejos de Salud Para las personas de Ohio, la limpieza despu s de las inundaciones es un proceso bien importante que hay que hacerlo con mucha cautela. Si recibi una puntura o herida contaminada con aguas fecales, tierra, o saliva durante la limpieza, ver un m dico para determinar si una inyecci n de t tano es necesaria. El m dico verificar su historial de vacunas, fechas de la ltima dosis recibida y el tipo de herida. Moho es un problema en los hogares inundandos y tiene un potencial a afectar la salud de todos los miembros de familia. Humedad, materiales porosos, como alfombras, cart n, insoladores papel de empapelar y muebles no pueden ser limpiados o secados y deben ser descartados porque pueden ser un recurso del moho. Si la humedad afuera es menor que el interior y si el clima lo permite abra las puertas y ventanas. Utilice abanicos para circular el aire para secar su hogar. No use acondicionadores centrales o calefacci n si los ductos est n sumergidos en agua. Pueden soplar aire sucio o contaminado. Use humidificadores y aires acondicionados de ventana, especialmente en reas cerradas. Mantenga abierto armarios y gabinetes para que el aire circule. Emplee a un contratista especialzado en el secado de edificios inundados. La comida que ha estado en contacto con agua de inundaci n es de alto riesgo para su salud. Descarte todo alimento que presente un envase abollado, inflado o derrame. Tenga presente que las bacterias pueden adentrarse por los m s peque os e invisibles orificios. Descarte la comida envasada en el hogar que ha estado expuesta a las aguas inundadas, incluyendo aquella envuelta en papel, tela o cart n incluyendo los refrescos y botellas pl sticas. Si usted tiene duda del estado de alg n alimento, desc rtelo de inmediato. Consumir alimentos contaminados es de serio riesgo para su salud y puede provocarle enfermedades y hasta la muerte. CONTRUIR UN FUTURO SEGURO A continuación pasos simples y económicos que puede tomar para proteger su propiedad de futuras inundaciones: Eleve la caja de fusibles el ctricos al menos unas 12 pulgadas por encima de la base de elevaci n de inundaciones o relocalize la caja en un piso m s alto. (Comun quese con su oficina de reglamentos y permisos de construcci n para obtener el dato). Eleve el calentador de agua y el sistema de calefacci n sobre una base de madera al menos 12 pulgadas por encima de la base de elevaci n o relocal zelos en un piso superior. Ancle el tanque de gas al piso o una pared para prevenir que se viren o floten. Si la estructura de anclaje y los sostenedores son de metal deben anticorrosivos. Si fuesen de madera provea para que queden atados bajo presi n. Instale una bomba para contraflujo para prevenir que las aguas negras regresen a su hogar. Los due os de negocios pueden proteger su propiedad en futuros desastre instalando un generador que les brinde energia de emergencia. Es importante protejer sus expedientes y ficheros informativos de su negocio, y preparar un plan de emergencia. Recorte y Guarde  Agencias Federales Solicitud de Fema ............................................... 800-621-FEMA (3362) TTY Impedimentos Audio/Habla....................................800-462-7585 Detecci n de Fraude - Fema ........................................... 800-323-8603 Programa Nacional del Seguro contra Inundaci n ............................................................. 800-720-1090 Asociaci n de Peque os Negocios...............................800-659-2955 Administraci n del Seguro Social ................................. 800-772-1213 (IRS) Contribuciones ........................................................ 800-829-1040 TTY Impedimentos Audio/Habla .................................. 800-829-4059 Depto. de Vivienda y Desarollo Urbano ........................ 800-669-9777 Depto. de Asuntos del Veterano ................................... 800-827-1000  Agencias Estatales Deptos. de Seguros (L nea del Consumidor............ 800-686-1526 L nea de Reportar Fraude.............................................800-686-1527 Comisionado de Seguros................................................614-228-1593 Oficina del Fiscal General.........................614-466-4320;800-382-5516 Depto. de Trabajos y Servicios a la Familia ................. 614-466-6282 Asistencia de Desempleo por Desastre ..................... 877-644-6562 Depto. del Servicios al Envejeciente..............................866-243-5678 Depto. de Salud............................Contactar al Depto. de Salud local Depto. de Transportaci n.................................................614-466-7170 Consejer a en Crisis 24 hrs. Ashtabula.........................................................................1-800-577-7849 Geauga...............................................................................1-888-2855665 Lake...................................................................................1-800-411-0130  Agencias Voluntarias Cruz Roja Americana ....................................................... 866-GET-INFO El Ej rcito de Salvaci n...............................1-800-FL-Help1 (354-3571) Información sobre desastres visitando www.fema.gov