El Horario De Las Líneas Telefónicas De Inscripción Por El Desastre Cambiará El Sábado

Fecha de Publicación: 6 de marzo de 2008
Número de Publicación: 1746-013

» Kentucky Severas Tormentas, Tornados, Alineamientos de Vientos e Inundaciones

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LEXINGTON, Ky. -- El horario de la línea telefónica de inscripción de los solicitantes cambiará el sábado. El nuevo horario será de 8 a.m. a 6 p.m., hora local, hasta nuevo aviso. La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) y la División para el Manejo de Emergencias de Kentucky (KYEM, por sus siglas en inglés) señalaron que el cambio ayudará a las personas que fueron afectadas por las tormentas y tornados del 5 y el 6 de febrero.

Los condados que se declararon originalmente en el reciente desastre fueron: Allen, Christian, Fayette, Hardin, Hart, Meade, Mercer, Monroe y Muhlenberg. También fueron declarados seis condados adicionales: Bath, Harrison, Hopkins, Nicholas, Shelby y Spencer. Un total de 15 condados han sido declarados ya con derecho a recibir asistencia individual por el desastre.

¿Cómo solicito ayuda por el desastre?
Las personas afectadas por el reciente desastre se pueden inscribir por Internet en www.fema.gov/spanisho llamar al teléfono gratuito de inscripción de FEMA al 800-621-3362 (oprima la opción 2 para un operador de habla hispana) o TTY 800-462-7585 para las personas que tienen impedimentos auditivos o del habla. Ambos números operarán desde las 8 a.m. a las 6 p.m., hora local, los siete días de la semana. Las personas afectadas por las recientes tormentas y tornados también pueden acudir a un Centro de Recuperación por Desastre en el área de la mancomunidad desde las 8 a.m. a las 6 p.m., hora local, de lunes a sábado.

Antes de llamar o visitar el sitio en Internet, debe recopilar la siguiente información para acelerar el proceso:

¿Hay algún costo asociado con la inscripción para recibir asistencia por el desastre?
No. No hay costo alguno relacionado con la inscripción para recibir asistencia federal por el desastre. Si le piden que pague para recibir la asistencia federal por el desastre, comuníquese con la línea de ayuda del Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General, al 800-323-8603 o la oficina del Fiscal General de Kentucky al 502-696-5300 o 888-432-9257 y elija la opción 3.

¿Qué tipos de asistencia se pueden proporcionar?
La siguiente lista describe algunos de los tipos de ayuda disponibles a través del Programa de Viviendas e Individuos (IHP, por sus siglas en inglés) de FEMA:

·     Vivienda temporal (un sitio para vivir durante un período de tiempo limitado) – Hay dinero disponible para alquilar otro lugar donde vivir.

·     Reparación – Hay dinero disponible para los dueños de viviendas para que reparen los daños provocados por el desastre que no están cubiertos por el seguro. El objetivo es hacer que la casa que ha sido dañada sea segura, higiénica y funcional.

·     Reemplazos – Hay dinero disponible para los propietarios de viviendas para que reemplacen una casa destruida por el desastre y que no esté cubierta por el seguro. El objetivo es ayudar al propietario de vivienda con el costo de reemplazar la casa que fue destruida.

·     Construcción de vivienda permanente – Asistencia directa o monetaria para la construcción de una casa.

·     Otras necesidades – Hay dinero disponible para los gastos necesarios y necesidades serias provocadas por el desastre. Esto incluye gastos médicos, dentales, funerales, de propiedad personal, de transporte, de mudanza y almacenamiento y otros.  

·     Administración de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos – préstamos por el desastre a los propietarios de viviendas, inquilinos, organizaciones privadas no lucrativas y negocios de todos los tamaños.

La Asistencia de Vivienda Temporal de FEMA no requiere que el solicitante pida un préstamo de la SBA. Sin embargo, el solicitante tiene que completar una solicitud de préstamo de la SBA para tener derecho a recibir asistencia adicional en conformidad con la parte del programa de Asistencia con Otras Necesidades (ONA, por sus siglas en inglés) que cubre la propiedad personal, la reparación o el reemplazo de vehículos y gastos de mudanza y almacenamiento. Hay otras subvenciones de la ONA como gastos de transporte público, gastos médicos y dentales, y gastos funerarios y de entierros, que no requieren que la persona solicite un préstamo de la SBA para cumplir con los requisitos.

FEMA tramitará las solicitudes para asistencia con la vivienda sin importar si el solicitante ha pedido un préstamo de la SBA, y no se obstaculizará la determinación del derecho de las personas que soliciten asistencia temporal de vivienda por el hecho de que no hayan rellenado una solicitud de la SBA.

FEMA coordina el papel del gobierno federal en la preparación, prevención, mitigación de los efectos, respuesta y recuperación de todos los desastres en el país, ya sean naturales o provocados por el hombre, incluidos los actos de terrorismo.

Fecha de la última actualización: Miércoles, 12-Mar-2008 15:15:45