Malentendidos Comunes Pueden Provocar Que Algunas Víctimas De La Tormenta No Reciban Ayuda Por Desastre

Fecha de Publicación: 9 de marzo de 2008
Número de Publicación: 1746-018

» Kentucky Severas Tormentas, Tornados, Alineamientos de Vientos e Inundaciones

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LEXINGTON, Ky. -- La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional de los EE.UU. y la División para el Manejo de Emergencias de Kentucky (KDEM, por sus siglas en inglés) dijeron que en las primeras semanas siguientes a un desastre, las verdades a medias y los rumores pueden confundir a los afectados.

"Cuando usted ha sufrido una pérdida, la última cosa que necesita es mala información", dijo Michael Bolch, coordinador de FEMA. "Si bien no podemos reparar en su totalidad las vidas de las víctimas de la tormenta, sí que podemos proporcionar asistencia que los ayude a recuperarse, y es importante obtener información correcta sobre dicha asistencia".

Los funcionarios estatales y federales de recuperación por desastre dijeron que existen dos formas sencillas para comenzar el proceso de solicitud de asistencia. Usted puede llamar a la línea de teléfono gratuita 800-621-FEMA (3362) o al TTY 800-462-7585 para las personas con discapacidades auditivas o del habla. Ambas líneas funcionan de las 8 a.m. a las 6 p.m. hora local, los siete días de la semana hasta nuevo aviso. Hay también operadores multilingües disponibles para contestar su llamada. Los residentes que tengan acceso a Internet pueden también inscribirse en el sitio de Internet de la agencia en www.fema.gov, donde también encontrarán valiosa información acerca de la recuperación.

A continuación se aclaran algunos malentendidos comunes acerca de la asistencia por desastre:

Yo tengo seguro. He oído que puede haber aún más ayuda disponible para mí.
Verdadero. Su seguro es su fuente principal de dinero para poner su vida nuevamente en orden después de un desastre. Pero existen muchas cosas que el seguro no cubre. Es aquí donde los programas federales para desastres pueden ayudar. Muchas víctimas se dan cuenta que están "sub-aseguradas", y la asistencia por desastre les puede ayudar a compensar la diferencia.

Tengo que esperar al ajustador de mi seguro antes de solicitar ayuda por el desastre.
Falso. Usted no tiene que esperar la inspección de un agente o un ajustador para solicitar ayuda o para iniciar las reparaciones necesarias para que su casa esté segura, salubre y funcional. Sin embargo, si usted tiene seguro, es importante que sepa lo que cubre su póliza y debe asegurarse de guardar los papeles y recibos de cualquier trabajo realizado. Si usted todavía tiene necesidades no cubiertas relacionadas con el desastre, FEMA posiblemente pueda ayudarle. Para evitar la duplicación de beneficios, puede que deba proporcionar información adicional sobre el seguro.

Ya reparé mi casa. Es demasiado tarde para solicitar ayuda
Falso.Puede tener derecho a obtener un reembolso de los gastos que no cubriera su seguro.

Tengo que hacer una reservación e ir a un Centro de Recuperación por Desastre (DRC, por sus siglas en inglés) para solicitar ayuda.
Falso.Existen dos maneras de presentar una solicitud de asistencia. Puede llamar a la línea telefónica gratuita 800-621-FEMA (3362) o al TTY 800 462-7585 para personas con discapacidades auditivas o del habla de 8 a.m. a 6 p.m. hora local, siete días a la semana. Aquellas personas que tengan acceso a Internet pueden presentar una solicitud en el sitio de la agencia en www.fema.gov. Los Centros de Recuperación por Desastre (DRC) están diseñados para proporcionar información o asistencia adicional. No se necesita una cita: usted puede visitar cualquier DRC, aunque no esté ubicado en su pueblo o condado. En los DRC también se encuentran disponibles funcionarios de la Administración de Pequeños Negocios de los EE.UU. (SBA, por sus siglas en inglés) para asistirlo con solicitudes para préstamos por desastre a bajo interés para dueños de viviendas, inquilinos y negocios de todos los tamaños.

Obtuve ayuda de la Cruz Roja Americana, pero todavía debo presentar una solicitud en FEMA si necesito asistencia.
Verdadero. FEMA coordina varios programas para ayudar a víctimas de desastres. Estos programas son distintos a los programas de alimento, ropa y refugio de emergencia que proveen inicialmente la Cruz Roja Americana, el Ejército de Salvación y otras agencias voluntarias. La inscripción con la Cruz Roja u otra agencia voluntaria no es lo mismo que presentar una solicitud a FEMA. Para obtener asistencia federal y estatal, usted debe presentar una solicitud, para lo cual puede llamar a la línea gratuita especial para solicitudes 800-621-FEMA (3362) o al 800-462-7585 para aquellas personas discapacitadas auditivas o del habla.

Tengo que ser pobre para tener derecho a asistencia por desastre.
Falso. Puede haber programas federales y estatales de asistencia disponibles para aquellas personas que hayan sufrido daños, sin importar sus ingresos. Los programas no son "asistencia social". Los tipos de ayuda que se ofrecen dependen de las circunstancias y las necesidades todavía sin satisfacerse del solicitante.

Para poder solicitar un préstamo por desastre, primero me tiene que rechazar mi banco.
Falso. La SBA, que maneja préstamos por desastre a bajo interés, tiene sus propios criterios para determinar si cada solicitante de préstamo cumple con los requisitos. Si usted no cumple los requisitos para recibir un préstamo, es posible que cumpla los requisitos para recibir otra asistencia, pero primero es necesario realizar el proceso de solicitud de la SBA.

Puedo solicitar un préstamo de la SBA a pesar de que no soy propietario de un negocio.
Verdadero. Los inquilinos, propietarios de viviendas y organizaciones privadas sin fines de lucro pueden tener derecho a préstamos a bajo interés por pérdidas de vivienda o por pérdidas de propiedad personal no asegurada o insuficientemente asegurada relacionadas con el desastre. No permita que el nombre le despiste. En una declaración presidencial de desastre, la SBA es la fuente principal de asistencia financiera federal.

En realidad no deseo recibir un préstamo, pero he oído que debo rellenar la solicitud de la SBA cuando la reciba.
Verdadero. Si no cumple los requisitos para recibir un préstamo, usted puede ser considerado para otras formas de asistencia, como el programa Asistencia para Otras Necesidades, que está diseñado para ayudar a cubrir necesidades importantes relacionadas con el desastre. Sin embargo, debe completar y entregar la solicitud de préstamo de la SBA. Si no entrega la solicitud de préstamo, puede que usted no cumpla los requisitos para recibir asistencia por desastre.

Alquilo un apartamento. No puedo obtener ayuda para reemplazar mis propiedades dañadas.
Falso. Un inquilino también puede cumplir los requisitos para recibir un préstamo por desastre a bajo interés de la SBA o para una subvención en efectivo de FEMA para reemplazar propiedad personal. Un tipo de subvención puede cubrir necesidades de vivienda temporal si el inquilino tiene que mudarse. Puede encontrarse disponible otro tipo de subvención para individuos o familias elegibles con necesidades y gastos graves relacionados con un desastre y que no estén cubiertos por un seguro u otros programas de asistencia por desastre.

He presentado la solicitud, ¿qué sucede luego?
Después de haber presentado su solicitud, FEMA le enviará una copia de su propia solicitud y un ejemplar de la publicación "Ayuda después de un Desastre: Guía para Solicitantes al Programa para Individuos y Familias" que resolverá muchas de sus dudas. Esta útil publicación explica cómo funciona el programa de FEMA de asistencia por desastre, describe tipos adicionales de ayuda de otras agencias federales, estatales y voluntarias a las que puede acceder y le da muchos consejos importantes de cómo hacer que estos programas cubran mejor sus necesidades.

Si su hogar o su contenido están dañados y no tiene seguro, debe solicitar la visita de un inspector de FEMA. Un inspector le contactará dentro del plazo de 10 días hábiles para visitar la casa dañada. Todos los inspectores portan una identificación con fotografía que muestra que trabajan para el gobierno de los Estados Unidos. Si recibe por correo un formulario de solicitud de préstamo por desastre de la SBA, usted deberá completarlo y entregarlo para poder optar a un préstamo.

Necesito verificar el estado de mi caso.
Visite www.fema.gov o llame a la línea de ayuda de FEMA al 800-800-621-3362 (FEMA), o al (TTY) 800-800-462-7585 para aquellas personas con discapacidades auditivas o del habla.

Tengo que ser residente legal de los Estados Unidos para poder recibir Asistencia Individual.
Sí. Para poder ser elegible para recibir asistencia en efectivo de FEMA debe ser ciudadano de los Estados Unidos o extranjero que reúna los requisitos exigidos. Los extranjeros que reúnen los requisitos exigidos normalmente son residentes permanentes legales (que poseen una tarjeta de residencia legal) o aquellos que tienen estatus legal por ser asilados, refugiados, tener libertad condicional en los Estados Unidos por razones humanitarias, tener la deportación suspendida, o sufrir violencia doméstica. Consulte con un experto en inmigración si tiene dudas acerca de su situación legal.

Soy un inmigrante indocumentado, ¿existe alguna asistencia disponible?
Posiblemente. Usted puede solicitar Asistencia Individual en representación de un hijo que sea ciudadano de los Estados Unidos o que sea residente legal o extranjero que reúna los requisitos. Otro adulto en la familia podría tener derecho a asistencia familiar si es inmigrante legal. Usted también puede ser elegible bajo diferentes programas manejados por agencias del estado, locales o voluntarias para varios tipos de asistencia en efectivo. Un inmigrante indocumentado puede ser elegible para recibir ayuda no financiera de FEMA por corto plazo.

FEMA coordina el papel del gobierno federal en la preparación, prevención, mitigación de los efectos, respuesta y recuperación de todos los desastres en el país, ya sean naturales o provocados por el hombre, incluidos los actos de terrorismo.

Fecha de la última actualización: Jueves, 20-Mar-2008 10:22:05