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GUÍA DE DERECHO LABORAL
Capítulo: Seguridad y salud ocupacional
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Actualización: Septiembre de 2005
Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 (Ley OSH)
(Código
de los Estados Unidos 29 §§651 y siguientes;
Código Federal de Reglamentaciones 29 Partes 1900 a 2400)
Quiénes
cuentan con protección
En general, la
Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Act of 1970
(OSH)) de 1970 cubre a todos los empleadores y empleados de los 50 estados, del
distrito de Columbia, Puerto Rico y otros territorios de los Estados Unidos. La
cobertura se encuentra a cargo de la Administración Federal de Salud y Seguridad
Ocupacional (OSHA) o de un plan estatal de seguridad y salud en el trabajo
aprobado por OSHA. También se encuentran
cubiertos los empleados del servicio postal de los Estados Unidos.
La ley define a
un empleador como “toda persona que lleve a cabo actividades relacionadas con el
comercio y que contrate empleados, sin incluir a los Estados Unidos ni a los
estados o sus subdivisiones políticas”. Por lo
tanto, la ley se aplica a empleadores y empleados de campos tan diversos como la
producción industrial, la construcción, las tareas portuarias, la agricultura,
el derecho y la medicina, las actividades de beneficencia y de asistencia en
caso de catástrofes, las actividades sindicales y la educación privada.
La ley establece un programa separado para los empleados gubernamentales
federales y extiende la cobertura a los empleados de gobiernos estatales y
locales únicamente mediante los planes aprobados por OSHA.
La ley no
ofrece protección a:
-
Trabajadores independientes;
-
Fincas donde trabajen únicamente familiares directos del agricultor;
-
Condiciones de trabajo reguladas por otras agencias federales de conformidad con
otras leyes federales sobre seguridad laboral.
Esta categoría incluye a la mayor parte de las condiciones de trabajo en minas,
industria de energía nuclear y fabricación de armas nucleares, así como también
las diversas áreas de las industrias relacionadas con el transporte; y
-
Empleados de los gobiernos estatales y locales, a menos que el estado en el que
se encuentran haya adherido a los planes estatales aprobados por OSHA.
Disposiciones básicas y requisitos
La ley asigna a
OSHA dos funciones regulatorias: establecer estándares y llevar a cabo
inspecciones a fin de garantizar que los empleadores suministren lugares de
trabajo seguros y saludables. Los estándares de
OSHA pueden requerir que los empleadores adopten prácticas, medios, métodos o
procesos razonables que resulten necesarios y adecuados a fin de proteger a los
trabajadores en su lugar de trabajo. Los
empleadores deben familiarizarse con los estándares aplicables a sus
establecimientos y eliminar riesgos.
Entre los
estándares requeridos, puede incluirse la obligación de garantizar que los
empleados tengan y utilicen equipos de protección personal cuando así resulte
necesario para resguardar su salud o seguridad, y que hayan sido entrenados
correctamente para su uso. Los empleados deben
cumplir con estas leyes y disposiciones aplicables a su conducta y proceder.
Incluso en las
áreas en las que OSHA no ha establecido estándares específicos respecto de un
determinado peligro, los empleadores deben responsabilizarse del cumplimiento de
la cláusula de “obligaciones generales” de la ley OSH.
La cláusula de obligaciones generales (Artículo 5(a)(1)) dispone que todo
empleador “deberá proveer. . . un lugar de
trabajo libre de riesgos conocidos que ocasionen o puedan ocasionar la muerte o
lesiones físicas de gravedad a sus empleados”.
La ley fomenta
el desarrollo y operación de programas de salud y seguridad laboral por parte de
los propios estados. OSHA aprueba y supervisa
estos “planes estatales” que funcionan en cumplimiento de las disposiciones de
las leyes estatales. Hoy en día, 22 estados y
jurisdicciones administran planes estatales completos (con cobertura de los
empleados del sector privado y del gobierno estatal y local) y cuatro
(Connecticut, Nueva Jersey, Nueva York, y las Islas Vírgenes) que únicamente
cubren a los empleados del gobierno local y estatal.
Los estados que cuenten con planes de seguridad y salud en el trabajo
aprobados por OSHA deben establecer estándares al menos tan eficaces como los de
sus equivalentes federales. La mayor parte de
los estados adheridos al plan han adoptado estándares idénticos a los federales.
Estándares
federales de OSHA.
Estos estándares
se agrupan en cuatro categorías principales: la
industria en general (Código Federal de Reglamentaciones 29 §1910); la
construcción (Código Federal de Reglamentaciones 29 §1926); la industria
marítima (astilleros, terminales marítimas, tareas portuarias — Código Federal
de Reglamentaciones -29 §§1915-19); y agricultura (Código Federal de
Reglamentaciones 29 §1928). Aunque algunos
estándares son específicos de una categoría, otros se aplican a la totalidad de
las industrias. Entre los estándares que
disponen requisitos similares para todos los sectores de la industria se
encuentran aquéllos que establecen el libre acceso a los registros médicos y de
exposición a sustancias tóxicas y la comunicación de riesgos.
Acceso a
registros médicos y de exposición a sustancias tóxicas:
Esta
disposición permite el acceso por parte del empleado, sus representantes
asignados y OSHA a todo registro médico personal, incluyídos los registros
relativos a la exposición a sustancias tóxicas por parte de ese empleado.
Equipos de
protección personal:
Este
estándar, que se define en forma separada para cada sector de la industria con
excepción de la agricultura, requiere que los empleadores suministren a sus
empleados equipos de protección personal a fin de evitar ciertos riesgos y se
aseguren de que éstos reciban la capacitación apropiada sobre el uso de los
mismos. Entre estos equipos, pueden incluirse
los cascos de protección para impedir lesiones en la cabeza, de aplicación en la
industria de la construcción y las tareas de manipulación de carga, la
protección ocular y auditiva, el uso de zapatos con puntera, gafas especiales
para soldadores y guantes de trabajo para trabajadores de la industria del
hierro.
Comunicación de
riesgos:
Este
estándar obliga a los productores e importadores de sustancias tóxicas a
realizar evaluaciones de riesgo de los productos que fabrican o importan.
De determinarse que un producto es tóxico en virtud de lo dispuesto por
el estándar, su fabricante o importador deberá consignarlo en los contenedores
del producto, y el primer envío del producto a un nuevo cliente deberá incluir
un informe de seguridad (MSDS). Los empleadores
deberán utilizar estos informes MSDS para enseñar a sus empleados a reconocer y
evitar los riesgos inherentes a esas sustancias.
Asimismo, las
disposiciones de OSHA cubren temas relativos a registros, elaboración de
informes y colocación de anuncios.
Registros:
Todo
empleador con más de 10 empleados que se encuentre cubierto por OSHA, con
excepción de los empleadores de determinadas industrias de bajo riesgo, como los
sectores de venta minorista, finanzas, seguros, compraventa de bienes inmuebles
y servicios; deberán llevar los tres tipos de registros especificados por OSHA
respecto de las enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo.
El formulario
300 de OSHA es un registro de enfermedades y lesiones en el que debe consignarse
de forma separada toda enfermedad o lesión producida en el lugar de trabajo.
Debe incluirse toda muerte, lesión o enfermedad relacionada con la
actividad laboral, con excepción de lesiones menores que únicamente requieran de
primeros auxilios y no de un tratamiento médico posterior, en tanto no se haya
producido la pérdida del conocimiento, ni ningún tipo de limitación para la
realización de actividades laborales; ni haya determinado la transferencia del
empleado a otro puesto de trabajo. Todos los
años, el empleador deberá colocar bien visible en el lugar de trabajo, un
formulario 300A, que consiste en un resumen de las lesiones y enfermedades
producidas durante el año anterior. El
formulario 300A deberá colocarse el 1 de febrero y no retirarse antes del 30 de
abril.
El formulario
301 de OSHA es un informe individual de incidentes que brinda información
adicional sobre cada lesión o enfermedad en particular que deba consignarse.
El formulario 301 de OSHA puede reemplazarse por un formulario
alternativo de seguro o de indemnización de trabajadores en el que se consignen
los mismos detalles.
Los empleadores
que tengan 10 empleados o menos y los empleadores de industrias que
estadísticamente son menos riesgosas (enumeradas en el Código de Federal de
Reglamentaciones 29 1904, Subparte B) quedan exceptuados de llevar estos
registros. Las industrias actualmente
designadas como de bajo riesgo incluyen:
concesionarios de automóviles, locales de vestimenta y accesorios, locales
gastronómicos; la mayoría de las industrias financieras, de seguros e
inmobiliarias; y ciertas industrias de servicios como prestación de servicios
personales y comerciales, consultorios médicos y odontológicos y organizaciones
legales, educativas y de membresía.
Sin embargo, los
empleadores deben conservar estos registros en caso de que OSHA o el
Departamento de Estadísticas de Trabajo (Bureau of Labor Statistics
(BLS)) efectuaran un estudio anual sobre las lesiones y enfermedades producidas
en el lugar. Los empleadores seleccionados para el estudio, incluso aquellos
exceptuados de cumplir con los requisitos sobre los registros de lesiones y
enfermedades, serán notificados antes de finalizar el año previo para que
conserven dichos registros durante el año correspondiente al estudio.
Informes:
Cada
empleador, cualquiera sea la categoría de la industria o el número de sus
empleados, deberá comunicar a la
oficina de OSHA más cercana cualquier accidente que produzca una o
más víctimas fatales o la hospitalización de tres o más empleados.
El empleador deberá efectuar la notificación a OSHA dentro de las ocho
horas posteriores al accidente. OSHA a menudo
investiga estos accidentes para determinar si las infracciones a los estándares
contribuyeron a que se produzca el accidente.
Programas de
cooperación:
OSHA
ofrece numerosas oportunidades para que los empleadores, empleados y
organizaciones trabajen en conjunto con la Agencia.
Los principales programas de cooperación de OSHA son el Programa
Voluntario de Protección (Voluntary Protections Program (VPP)), el Programa de
Reconocimiento de Logros en la Salud y la Seguridad (Safety and Health
Achievement Recognition Program (SHARP)), el Programa de la Alianza (Alliance
Program) y el Programa de Asociación Estratégica de OSHA (OSHA Strategic
Partnership Program (OSPP)). Para obtener más
información, visite
la sección del sitio Web sobre los Programas de cooperación de OSHA.
Programa
voluntario de protección.
Los
Programas Voluntario de Protección (Voluntary Protection Program (VPP)) son una
iniciativa de OSHA tendiente a ampliar la protección del trabajador más allá del
mínimo exigido por los estándares de OSHA. Los
VPP han sido ideados para:
-
reconocer los logros destacados de quienes han incorporado programas integrales
de seguridad y salud en sus sistemas de administración;
-
motivar a otros a que obtengan óptimos resultados de seguridad y salud de la
misma forma; y
-
establecer una relación entre empleadores, empleados y OSHA que se base en la
cooperación y no en la coerción.
Los empleadores
pueden solicitar un VPP en la
oficina regional de OSHA más cercana.
OSHA revisa la solicitud del VPP del empleador y visita el lugar de
trabajo para verificar que el programa de seguridad y salud que se describe
efectivamente se aplique en ese lugar. Todos
los participantes deben enviar anualmente la información sobre lesiones a su
oficina regional de OSHA. En los lugares de
trabajo que participan en el VPP, no se realizan inspecciones programadas.
Sin embargo, OSHA analiza quejas de los empleados, accidentes graves o el
escape de sustancias químicas de magnitud de acuerdo con los procedimientos de
rutina.
El VPP se
encuentra disponible en estados sujetos a la jurisdicción federal.
Algunos estados adheridos a los planes estatales aprobados por OSHA
también tienen otros planes similares. Las
empresas interesadas de estos estados deben contactarse con la agencia estatal
adecuada para obtener más información.
Programa de
reconocimientos de logros en la salud y la seguridad (SHARP).
Este
programa reconoce a los empleadores de pequeñas empresas que implementan un
sistema de salud y seguridad ejemplar. Aquellos
empleadores aceptados en el SHARP se identifican como modelos de seguridad y
salud en el lugar de trabajo. Cuando reciben el
reconocimiento de SHARP, el lugar de trabajo se exceptúa de las inspecciones
programadas durante el período de validez del certificado expedido por SHARP.
Para participar de este programa, el empleador debe contactarse con el
Programa de Consultoría de su estado y solicitar una visita de inspección que
implica un estudio detallado de los peligros potenciales.
Programa de
alianza.
Este
programa les permite a las organizaciones profesionales o comerciales, empresas,
organizaciones de trabajo e instituciones educativas que comparten cierto
interés por la salud y seguridad en el lugar de trabajo colaborar con OSHA para
prevenir lesiones y enfermedades en el ámbito laboral.
OSHA y la organización celebran un contrato formal con objetivos
dirigidos a la capacitación y educación, la difusión y comunicación, y a
fomentar el diálogo nacional sobre la salud y seguridad en el lugar de trabajo.
Programa de
asociación estratégica.
En este
programa, OSHA celebra un acuerdo de cooperación voluntaria y extendida con
empleadores, asociaciones, sindicatos, consejos y, en ocasiones, todo un sector
de la industria. Los lugares de trabajo
asociados podrían ser muy amplios, pero mayormente se trata de pequeñas empresas
con un promedio de 50 empleados o menos. Las
Asociaciones Estratégicas están destinadas a fomentar, asistir y reconocer los
esfuerzos realizados para eliminar los peligros graves y alcanzar un alto nivel
de salud y seguridad en el lugar de trabajo.
Todas las Asociaciones enfatizan la continuación de los esfuerzos realizados y
los resultados alcanzados subsiguientes a los tres años de duración del
convenio.
Derechos de
los empleados
La ley otorga
importantes derechos a los trabajadores. Entre
ellos se encuentra el derecho a reclamar ante OSHA sobre alguna condición de
seguridad o salud en el lugar de trabajo y, en el grado que la ley lo permita,
el derecho a mantener la confidencialidad de su identidad, el derecho a impugnar
el período que OSHA autoriza para corregir las infracciones a los estándares y a
participar en las inspecciones que OSHA realiza en el lugar de trabajo.
Los empleados
del sector privado que ejerzan sus derechos conferidos por OSHA podrán obtener
protección frente a las represalias de los empleadores conforme se describe en
el Artículo 11(c) de la ley OSH. Los empleados
deben efectuar una notificación a OSHA dentro de los 30 días posteriores a la
fecha en que tomaron conocimiento del acto discriminatorio que alegan.
Luego, OSHA llevará a cabo una investigación y, de comprobar que se
produjo el acto de discriminación, le solicitará al empleador que restituya los
beneficios perdidos al empleado afectado. De
resultar necesario, OSHA podrá iniciar acciones legales contra el empleador.
En esos casos, el empleado no paga ningún tipo de arancel judicial.
Los planes estatales aprobados por OSHA están sujetos a disposiciones
paralelas sobre los derechos de los empleados, incluyendo protecciones contra
las represalias de los empleadores.
Asistencia
disponible para el cumplimiento
Estándares:
El
Registro Federal (Federal Register) es una fuente excelente de información
sobre estándares dado que contiene la versión final de los estándares de OSHA,
al igual que sus modificaciones, correcciones, inserciones y supresiones.
Puede obtenerse una copia de las notificaciones del Registro Federal en
el
sitio Web de OSHA.
Los estándares y
normas de OSHA recopilados en diversos volúmenes en el Título 29 del Código de
Reglamentaciones Federales, Partes 1900 a 1999 se encuentran disponibles en la
página Web de OSHA sobre estándares.
Para que el
público pueda entender y aplicar los estándares y reglamentaciones, OSHA
proporciona numerosas herramientas impresas y basadas en el sitio Web,
incluyendo resúmenes técnicos, folletos, Asesores especializados, herramientas
en Internet y páginas sobre Temas de salud y seguridad.
OSHA tiene una
sección de asistencia relativa al cumplimiento de las leyes en su sitio Web
que provee enlaces a estos materiales.
Dado que los
estados que cuentan con programas de seguridad y salud del trabajo aprobados por
OSHA adoptan y exigen el cumplimiento de sus propios estándares en virtud de la
legislación estatal, las copias de estos estándares pueden obtenerse en los
distintos estados. Este material puede
obtenerse de los sitios Web estatales desde los enlaces en
la página Web de los Planes de Seguridad y Salud Ocupacional de OSHA.
Educación y
capacitación:
OSHA
cuenta con más de 70 oficinas de campo que ofrecen una amplia variedad de
servicios de información tales como publicaciones, asesoría técnica, material
audiovisual sobre peligros en el lugar de trabajo y conferencias.
Cada una de
estas oficinas de campo cuenta con un Especialista de Asistencia disponible para
el Cumplimiento (Specialist Assistance Compliance (CAS)).
Los CAS proporcionan información general sobre los estándares OSHA y las
fuentes de asistencia disponible para el cumplimiento, y se encuentran
disponibles para seminarios, talleres y conferencias.
Promocionan los programas de cooperación de OSHA y además estimulan a los
empleadores a hacer uso de los servicios de capacitación y las herramientas
disponibles en el
sitio Web de OSHA.
El Instituto de
Capacitación de OSHA en Arlington Heights, Illinois, brinda educación y
capacitación básicas y avanzadas sobre seguridad y salud para funcionarios
estatales y federales de la seguridad y la salud, consultores estatales,
personal de otras agencias federales y empleadores del sector privado, empleados
y sus representantes. Entre los temas de los
cursos, se incluyen, por ejemplo, peligros eléctricos, protección de máquinas,
ventilación y ergonomía.
Las
instalaciones del instituto incluyen aulas, laboratorios, una biblioteca y una
unidad audiovisual. Los laboratorios contienen
diversas demostraciones y equipamientos tales como prensas eléctricas, talleres
de carpintería y soldadura, una unidad completa de ventilación industrial y un
laboratorio de prueba de ruido. Existen sesenta
y un cursos disponibles para estudiantes del sector privado sobre temas como la
seguridad y la salud en la industria de la construcción y los métodos
voluntarios de cumplimiento de los estándares de OSHA.
El Instituto de
Capacitación de OSHA se ha asociado a otras instituciones de educación y
capacitación para implementar cursos pertinentes.
Estos Centros de Educación, ubicados en todo el país, constituyen una
nueva oportunidad para que el público reciba capacitación sobre temas de salud y
seguridad.
Mediante el
programa de subsidios Susan Harwood, OSHA también proporciona fondos a
organizaciones sin fines de lucro para que desarrollen materiales educativos y
de capacitación, además de instruir a empleados y empleadores.
Las
organizaciones que reciben estos subsidios utilizan los fondos para desarrollar
programas de educación y capacitación dirigidos a trabajadores y empleadores
cuyos programas resultan inapropiados y ofrecen estos programas a empleadores y
empleados. El Instituto de Capacitación es el
punto de comunicación de OSHA para conocer los valiosos productos y materiales
de capacitación desarrollados por medio de esos subsidios.
Dado que OSHA no
distribuye materiales de subsidios en forma directa, ofrece las direcciones y
números de teléfono de personas a quienes puede efectuarse tal solicitud.
Sin embargo, OSHA ofrece a préstamo, por tiempo limitado, los programas
audiovisuales de capacitación producidos con los subsidios, a través del
Proyecto de Circulación Audiovisual del Centro de Recursos (Resource Center
Audiovisual Circulation Project). Contáctese
con el
Instituto de Capacitación de OSHA al
1-847-297-4810 o visite la
Página de Capacitación en el sitio Web de OSHA.
Servicios de
consultoría:
Los servicios de consultoría se encuentran disponibles para empleadores que
necesiten ayuda a fin de establecer y mantener lugares de trabajo seguros y
saludables. Este servicio, financiado en gran medida por OSHA, se encuentra
disponible en todos los estados y territorios. El servicio se presta sin costo
alguno para el empleador. Principalmente dirigido a pequeños empleadores que
realizan operaciones peligrosas, el servicio de consultoría es prestado por las
agencias del gobierno estatal o las universidades que a su vez contratan a
consultores profesionales sobre seguridad y salud.
Los servicios de
consultoría de OSHA en el lugar de trabajo incluyen una reunión inicial con el
empleador para explicar los lineamentos del servicio, un recorrido por el lugar
de trabajo para identificar peligros específicos y para examinar aquellos
aspectos del programa de seguridad y salud relativos al objeto de la visita y
una reunión final. Luego, el consultor envía al
empleador un informe con las conclusiones y recomendaciones.
A diferencia del programa de cumplimiento efectivo de OSHA, no existen
multas o citaciones exigibles.
El proceso
comienza con la solicitud del servicio de consultoría por parte del empleador,
que debe incluir un compromiso de corregir los peligros relativos a la seguridad
y salud que se detecten. El consultor no
informará al personal de cumplimiento de OSHA sobre posibles infracciones a los
estándares de OSHA a menos que el empleador se niegue o no elimine o controle la
exposición de los trabajadores a cualquier peligro serio o inminente que se haya
detectado. En caso de que esto ocurra, OSHA
puede llevar a cabo una investigación e iniciar acciones para exigir su
cumplimiento. El empleador también debe
permitir que el consultor converse libremente con los empleados durante su
visita al lugar de trabajo.
Para obtener más
información sobre los servicios de consultoría, además de una lista de los
proyectos de consultoría financiados por OSHA, visite la
página Web sobre el Programa de consultoría de OSHA.
Fuentes de
información:
Podrá
obtenerse información sobre programas estatales, VPP, programas de consultoría e
inspecciones en la
oficina de distrito, área o región de OSHA más cercana.
Estas oficinas se encuentran consignadas en los directorios telefónicos
locales del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.
Podrá obtenerse información de contacto de las oficinas de área o región,
así como también de los programas de consultoría y estatales, en el
sitio Web de OSHA.
OSHA también
cuenta con un número de asistencia gratuito:
1-800-321-OSHA (6742). Es un servicio
disponible las 24 horas del día. Cuenta con
operadores de habla hispana. El público también
puede enviar sus inquietudes a OSHA mediante correo electrónico o postal. Visite la
página Contacto para conocer las distintas formas de comunicarse con
la agencia.
La
página Web de OSHA contiene información sobre otras actividades
desarrolladas por OSHA, estadísticas, publicaciones y asistencia para el
cumplimiento, como así también enlaces a otros sitios Web sobre seguridad y
salud. OSHA cuenta con una cantidad de asesores
interactivos que ayudan a los empleadores a cumplir con los requerimientos de
los estándares.
En el
sitio Web Publicaciones de OSHA se encuentra disponible una gran
variedad de información, incluyendo los formularios en línea para solicitar
publicaciones, el póster de OSHA, una guía sobre cómo llevar los registros de
OSHA y acceso en línea a diversas publicaciones en formato PDF.
Pueden solicitarse estas publicaciones llamando a la Oficina de
Publicaciones de OSHA al (202) 693-1888.
La Oficina de Asistencia a las Pequeñas Empresas de OSHA
administra el
Programa de consultoría in situ y funciona como enlace y punto de contacto entre
la Agencia y las pequeñas empresas. OSHA provee
numerosos servicios destinados a ayudar a las pequeñas empresas y agradece todo
comentario y sugerencia de los propietarios de estas empresas y sus empleados.
Toda pregunta
sobre los programas de OSHA y el estado de las actividades en curso para
establecer estándares, así como también toda otra consulta general sobre OSHA
puede dirigirse a: U.S. Department of Labor, OSHA Office of Communications, Room
N-3637, 200 Constitution Avenue NW, Washington, DC 20210; teléfono 202-693-1999.
Sanciones
Cada
establecimiento amparado por esta ley está sujeto a las inspecciones que
realizan los oficiales de seguridad y salud de OSHA (CSHO).
Estos individuos, elegidos por sus conocimientos y experiencia en
seguridad y salud ocupacional, cuentan con una vasta capacitación en los
estándares de OSHA que les permite reconocer los riesgos de seguridad y salud
ocupacional. En los estados con un plan estatal
propio aprobado por OSHA, conforme a las leyes estatales, los funcionarios
estatales son los encargados de realizar las inspecciones, emitir citaciones por
incumplimiento y proponer sanciones que sean al menos tan efectivas como las de
sus equivalentes federales.
OSHA realiza dos
tipos generales de inspecciones: programadas y no programadas.
Los establecimientos con altas tasas de lesiones reciben inspecciones
programadas, en tanto las inspecciones no programadas se realizan como respuesta
a catástrofes, víctimas fatales y quejas (que luego se tratan conforme a las
políticas y procedimientos de quejas de OSHA).
Varias publicaciones y documentos de OSHA detallan las políticas y
procedimientos de OSHA para la realización de inspecciones.
Tipos de
infracciones que pueden ser citadas y sanciones propuestas:
La Ley OSH
autoriza a OSHA a tratar ciertos incumplimientos, que no guardan relación
directa o inmediata con la salud y la seguridad, como violaciones mínimas de la
ley, y no requieren multas o correcciones de la infracción. OSHA no emite citaciones por violaciones mínimas.
Infracción
menor:
Infracción que tiene una relación directa con la seguridad y salud del trabajo
pero con escasas probabilidades de producir la muerte o lesiones físicas de
gravedad. La multa propuesta, de hasta $7,000
por cada infracción, tiene carácter discrecional.
Infracción
grave:
Infracción en la que existe una probabilidad sustancial de que se produzca una
muerte o lesiones físicas graves y en la que el empleador tenía conocimiento,
del riesgo, o debería haberlo tenido. Debe
proponerse una multa de hasta $7,000 por cada infracción.
Infracción
intencional:
Infracción cometida por el empleador en forma intencional y maliciosa. El
empleador sabe que su accionar constituye una infracción o tiene conocimiento de
que existe una condición que genera un riesgo y no realiza ningún esfuerzo para
eliminarla. La ley prevé que un empleador que intencionalmente infrinja la ley
será pasible de una multa de entre $5,000 y $70,000 por infracción. Las
sanciones propuestas para las infracciones menores y violaciones graves podrían
reducirse dependiendo de la buena fe del empleador (estos es, los esfuerzos
demostrados para cumplir con las disposiciones de la ley mediante la
implementación de un programa efectivo de salud y seguridad), los antecedentes
de infracciones previas y el tamaño de la organización.
Las sanciones propuestas para las infracciones
intencionales podrían reducirse según el tamaño de la empresa.
Generalmente no se efectúa reducción alguna sobre la base de la buena fe
del empleador.
Si un empleador
es condenado por una infracción intencional de un estándar que ha producido la
muerte de un empleado, el delito puede ser penado con una multa impuesta por el
tribunal o por prisión de hasta seis meses, o ambas. En caso de que exista una
condena penal, puede imponerse una multa de hasta $250,000 para el caso de un
individuo o $500,000 para el caso de una organización (autorizada en virtud de
las disposiciones de la Ley Ómnibus de Control del Crimen de 1984 (1984 OCCA),
no la ley OSH).
Infracción
reiterada:
Infracción reiterada de cualquier estándar, norma o disposición, comprobada
luego de realizarse una nueva inspección. Las
infracciones reiteradas pueden ser pasibles de multas de hasta $70,000 por
infracción. Para constituir la base para una
citación reiterada, la citación original debe ser final; la citación que se
encuentre en litigio no se considerará como base para una citación reiterada
posterior.
Incumplimiento
del deber de corregir la infracción previa:
El
incumplimiento del deber de corregir una infracción previa puede ser objeto de
una multa civil de hasta $7,000 por cada día en que continúe la infracción a
partir de la fecha límite prescripta para corregir la infracción.
Los
procedimientos de citación y multas pueden variar en aquellos estados que poseen
sus propios programas OSH.
Procesos de
apelación:
Apelación por
parte de los empleados:
Si la
queja de un empleado provocó la inspección, el empleado o su representante
autorizado pueden solicitar una revisión informal de cualquier decisión de no
emitir una citación.
Los empleados no
pueden impugnar citaciones, modificaciones a citaciones, multas o falta de
multas. Sin embargo, pueden impugnar el plazo
establecido en la citación para corregir la condición peligrosa.
También pueden impugnar la Petición de modificación del plazo para
corregir la infracción (PMA), efectuada por el empleador, por la cual se
solicita una extensión del plazo para corregir la condición peligrosa.
Los empleados que deseen impugnar la PMA deben hacerlo dentro de los 10
días hábiles posteriores a su envío por correo o dentro de los 10 días
posteriores a la recepción de una copia por parte del representante autorizado
del empleado.
Dentro de los 15
días hábiles posteriores a la recepción de la citación por parte del empleador,
el empleado puede presentar una objeción por escrito ante OSHA con respecto al
plazo límite para corregir la condición peligrosa.
El director de área de OSHA remite la objeción a la Comisión Revisora de
Seguridad y Salud Ocupacional que opera independientemente de OSHA.
Los empleados
pueden solicitar una reunión informal con OSHA para tratar cualquier asunto que
surja de la inspección, citación, notificación de la multa propuesta o de la
notificación del empleador de su intención de realizar una impugnación.
Apelación por
parte de los empleadores:
Una vez
emitida una citación o notificación de una multa propuesta, el empleador podrá
solicitar una reunión informal con el director de área de OSHA para tratar el
caso. Los representantes de los empleados
podrán ser invitados a participar de la reunión.
Para evitar disputas legales prolongadas, el director de área está
autorizado a celebrar acuerdos que permitan reconsiderar las citaciones y las
multas.
Notificación de
impugnación:
Si un
empleador decide impugnar una citación, el plazo para corregir la infracción o
la multa propuesta, cuenta con 15 días hábiles a partir de la recepción de la
citación o de la multa propuesta para efectuar una notificación por escrito al
director de área de OSHA. La expresión verbal
de su desacuerdo no será suficiente. Se
denomina “notificación de impugnación” (Notice of Contest) a esta notificación
escrita.
No existe un
formato específico para efectuar la notificación de impugnación.
No obstante, debe identificar claramente los fundamentos del empleador
para impugnar la citación, la notificación de la multa propuesta, el plazo para
corregir la infracción o la notificación del incumplimiento del deber de
corregir las infracciones. Para identificar
mejor el alcance de la impugnación, también debe indicar en número de inspección
y de citación que pretende impugnar.
Debe entregarse
una copia de la notificación de impugnación al representante autorizado de los
empleados. Si alguno de los empleados afectados
no se encuentra representado por un agente de negociación reconocido, debe
colocarse una copia de la notificación en un lugar visible del lugar de trabajo
o bien notificar personalmente a cada empleado que no cuente con representación.
Procedimiento de
revisión de la apelación:
Si la
Notificación de impugnación ha sido presentada dentro de los 15 días hábiles, el
director de área de OSHA remite el caso a la Comisión Revisora de Seguridad y
Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Review Commission (OSHRC)).
La Comisión es una agencia independiente no asociada a OSHA ni al
Departamento de Trabajo. La Comisión asigna el
caso a un Juez en Cuestiones Administrativas (ALJ).
El Juez en
Cuestiones Administrativas puede rechazar la impugnación si comprueba que es
legalmente nula, o bien puede fijar una audiencia en un lugar público cercano al
lugar de trabajo del empleador. El empleador y
los empleados tienen el derecho de participar en la audiencia; el OSHRC no exige
que estén representados por abogados.
Una vez que el
Juez en Cuestiones Administrativas emite su dictamen, cualquiera de las partes
puede solicitar una revisión por parte de OSHRC.
Asimismo, cualquiera de los tres miembros de OSHRC podrá, de forma
individual, someter un caso a la revisión de la Comisión.
Los dictámenes de la Comisión podrán apelarse ante los Tribunales de
Apelación de los Estados Unidos.
Apelaciones en
los estados que cuentan con planes estatales:
Los
estados que cuentan con sus propios programas de seguridad y salud ocupacional
tienen sus propios sistemas de revisión y apelación de citaciones, multas y
plazos para corregir las infracciones. Los
procedimientos generalmente son similares a los federales de OSHA, pero en estos
casos una junta revisora estatal o una autoridad equivalente toma conocimiento
de los casos.
Vinculación
con otras leyes federales, estatales o locales
La Ley OSH
también comprende todas las condiciones laborales del sector privado que no se
encuentran amparadas por las normas de seguridad y salud de otra agencia federal
en virtud de otra legislación. OSHA también
tiene la facultad de controlar la seguridad y la salud de los empleados
federales. Los estados con planes estatales
aprobados por OSHA también los aplican a los empleados gubernamentales locales y
del estado.
Finalmente, OSHA
también es responsable de la administración de una cantidad de leyes sobre
informantes relativas a la seguridad y salud conforme se describe en la sección
Protección a Informantes de esta Guía.
La Guía
de Derecho Laboral es un recurso de acceso público.
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