Antecedentes
Las normas de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) exigen que las
radiodifusoras, televisoras y operadores de cable hagan accesible
la información de emergencia local a personas sordas o con
dificultades para oír y ciegas o con discapacidad visual. Esto
significa que la información de emergencia debe darse en formato
auditivo y visual.
¿Qué situaciones se consideran una emergencia?
La información de emergencia se considera aquella que se
transmite para proteger la vida, la salud, la seguridad o la propiedad. Algunos
ejemplos incluyen, pero no se limitan a lo siguiente:
-
situaciones climáticas peligrosas: tornados, huracanes,
inundaciones, maremotos, terremotos, formación de hielo, tormentas de nieve,
incendios generalizados, advertencias y alertas de cambios inminentes en el
clima.
-
situaciones peligrosas para la comunidad tales como:
emanación de gases tóxicos, apagones generalizados, explosiones industriales,
disturbios civiles, cierres de escuelas y cambios en los horarios de los
autobuses escolares debido a estas situaciones.
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¿Cómo se hace accesible la información de
emergencia?
En el caso de personas sordas o con
dificultad para oír, la información de emergencia que se transmite
en la porción de audio del programa debe presentarse con
subtítulos opcionales u otros métodos de presentación visual, como
subtítulos abiertos y rótulos o títulos que se desplazan en
la pantalla. La información de emergencia que se transmite por
medios diferentes al subtitulado opcional no debe bloquear ningún
subtitulado, y a su vez éste no debe bloquear ninguna información
de emergencia que se transmita por otros métodos. El subtitulado
opcional muestra textos visuales que están codificados en la señal
de video los cuales se puede acceder con su control remoto o el
menú de la pantalla del televisor (todos los televisores con una
pantalla de 13” de diámetro o mayor, fabricados después de 1993
tienen el circuito decodificador de subtitulado) o con un
decodificador especial. El subtitulado abierto forma parte
integral de la imagen del televisor, como los subtítulos en una
película de cine. En otras palabras, la subtitulación no puede
eliminarse. Los textos que avanzan muy lentamente a lo largo de la
parte inferior de la pantalla y los textos o gráficos que se
mueven hacia arriba y hacia abajo de la pantalla reciben el nombre
de titulares.
En el caso de personas con problemas de
visión, la información de emergencia que se proporcione en la
porción de video de un noticiario regular o uno que interrumpe la
programación normal debe ser accesible. Esto significa tener la
descripción auditiva de la información de emergencia en el audio
principal. Si la información de emergencia se transmite en la
porción de video del programa que no es un noticiario de la
programación regular, o uno que interrumpe la programación regular
(por ejemplo, el programador da la información mediante titulares
durante la programación regular), esta información debe ir
acompañada de una señal auditiva que le avisa a las personas con
discapacidad visual que la televisora está dando información de
emergencia y para que sintonicen otras fuentes informativas como
el radio, para más información.
¿Qué información debe darse sobre la emergencia?
La información proporcionada de manera visual
y auditiva debe incluir detalles críticos relacionados con la
emergencia y cómo responder a la misma. Algunos detalles críticos
podrían incluir entre otras cosas:
-
detalles específicos relacionados con las
áreas que se verán afectadas por la emergencia;
-
órdenes de evacuación, descripciones
detalladas de las áreas por evacuar y las rutas específicas de
evacuación; y
-
refugios aprobados o la forma de protegerse
en su propia casa, instrucciones de cómo asegurar las
pertenencias personales, cierre de calles y cómo obtener ayuda
para damnificados.
Para determinar si los detalles específicos
necesitan presentarse en forma visual y auditiva, los
programadores pueden basarse en su propio criterio y buena fe.
Podría haber un número limitado de casos donde una emergencia
puede afectar la estación de radio o televisión o a la red o
distribuidora no transmisora y podría ser imposible dar
información de emergencia accesible.
Presentación de quejas
Si tiene alguna queja por no haber tenido
acceso al formato accesible para información de emergencia,
primero trate de solucionar el problema con su distribuidor de
programas de video. Si el problema no se soluciona, usted puede
presentar una queja con la FCC para que tome medidas y haga
cumplir las normas. No tendrá que pagar por hacerlo. La queja
puede ser presentada electrónicamente, llenando el Formulario
2000C que se encuentra en el sitio Web de la FCC en
www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html. También puede
escribir al Centro para el Consumidor a
fccinfo@fcc.gov; llamar al
1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232; o
escribir a:
Federal Communications
Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554.
Lo que debe incluir su queja
La mejor manera de proporcionar la
información que la FCC necesita para evaluar su queja es a través
del Formulario 2000C. Si no usa dicho formulario, su queja debe
indicar como mínimo:
-
su nombre, dirección, su dirección de
correo electrónico y un número de teléfono para localizarlo;
-
si está presentando la queja en nombre de
otra persona y si es así, dar su nombre, dirección, dirección de
correo electrónico, teléfono donde se localiza durante el día la
persona y cuál es su relación con ella;
-
formato o método de respuesta preferido
(carta, fax, teléfono de voz, correo electrónico, TRS, TTY,
texto ASCII, grabación de audio o Braille);
-
que su queja se relaciona con el acceso a
la información de emergencia en la televisión;
-
el nombre, dirección y número de teléfono
(si lo sabe) de la compañía o compañías involucradas en su
queja;
-
la fecha y hora u otros detalles de cuando
no pudo tener acceso a la información de emergencia en la
televisión;
-
la identificación de la estación de
televisión (WZUE), canal de TV (13), ubicación (ciudad y
estado), fecha, hora y descripción detallada de la emergencia;
-
una breve descripción de su queja, la
solución que está buscando y una descripción completa del equipo
o servicio del cual se queja, incluyendo la fecha de compra, uso
o intento de uso.
¿Qué sucede después de presentar una queja?
La FCC notificará al distribuidor del
programa de video de la queja la cual debe ser contestada por el
distribuidor en 30 días. Tomando en cuenta la información de la
queja y la respuesta y cualquier otra información que pueda
solicitar la FCC a cualquiera de las partes, la Comisión tomará
una decisión y la acción adecuada que procede.
Para más información
Para más información sobre el acceso a los programas de
emergencia televisados, visite el sitio Web del Despacho de los Derechos de los
Discapacitados en www.fcc.gov/cgb/dro/welcomeSpanish.html o contacte al
Centro del Consumidor usando la información proporcionada en la sección de
presentación de quejas.
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