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LUNES, 7 DE MARZO DE 2005
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CASO DE DISCRIMINACIÓN EN LA VIVIENDA RESUELTO EN CONTRA DE URBANIZADORES DE UN COMPLEJO DE APARTAMENTOS EN BOISE, IDAHO


WASHINGTON, D.C. - El Departamento de Justicia anunció hoy un convenio con el propietario y urbanizador de Columbia Village Apartments, un complejo de apartamentos en Boise, Idaho, para solucionar una demanda que imputaba que el complejo era inaccesible para personas con discapacidades, contraviniendo así la Ley de Equidad en la Vivienda.

Los inculpados responsables de la construcción y diseño de la unidad Village de Columbia Apartments en Boise han acordado resolver una demanda interpuesta por el Departamento de Justicia mediante la adecuación retroactiva del complejo para que este sea accesible a personas con discapacidades y el pago de hasta $42,000 dólares en indemnización monetaria por daños a las personas afectadas por el incumplimiento de la Ley de Equidad en la Vivienda por parte de los inculpados.

"Los requisitos de diseño y construcción de la Ley de Equidad en la Vivienda son claros y fácilmente alcanzables en una construcción nueva", dijo R. Alexander Acosta, Secretario de Justicia Adjunto de los Estados Unidos para Derechos Civiles. "El Departamento continuará responsabilizando a entidades de negocios altamente desarrolladas, como esta, de sus obligaciones legales de proveer vivienda accesible".

La solución, que todavía debe ser aprobada por el Juez de Distrito de EE.UU., B. Lynn Winmill, resuelve una demanda entablada por el Departamento de Justicia en abril de 2003. La demanda alegaba que los inculpados contravinieron la Ley de Equidad en la Vivienda cuando diseñaron y construyeron la unidad Village en el complejo de Columbia Apartments en Boise sin las características de accesibilidad requeridas por la Ley de Equidad en la Vivienda. La solución requiere que los inculpados adecuen de manera retroactiva el complejo mediante, entre otras cosas, la reconstrucción o modificación de banquetas, rampas y descansos en las áreas públicas del complejo; modificación de espacios de estacionamiento para hacerlos accesibles; adecuar retroactivamente la casa club; y ensanchar los umbrales de las puertas dentro de las unidades de apartamentos. Adicionalmente, el inculpado debe reservar $40,000 dólares para otras personas que fueron lesionadas por la carencia de características de accesibilidad en el complejo.

Este asunto surgió de una denuncia registrada por el Consejo Pro Equidad en la Vivienda Inter-mountain en 1998 ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano [Housing and Urban Development (HUD)]. Después de investigar la denuncia, el HUD refirió el asunto al Departamento de Justicia, quien interpuso la demanda.

Aquellas personas que crean que tal vez resultaron afectados por la carencia de características de accesibilidad en la Village of Columbia pueden comunicarse con la Sección de Vivienda y Coacción Civil del Departamento de Justicia, al 800-896-7743, extensión #6. Hay información adicional disponible en el portal del Departamento de Justicia en el www.usdoj.gov/crt/housing.

La Ley de Equidad en la Vivienda prohíbe la discriminación en materia de vivienda con base en raza, color de la piel, religión, género, situación familiar, nación de origen y discapacidad. Desde el 21 de enero de 2001, la División ha registrado 63 casos bajo la Ley de Equidad en la Vivienda imputando discriminación con base en discapacidad, 31 de los cuales acusaban de contravenciones a las disposiciones de diseño y construcción de la Ley.

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