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MARTES, 13 DE NOVIEMBRE DE 2007
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El Departamento de Justicia exige desinversión en la compra por Vulcan de Florida Rock

La desinversión de nueve instalaciones de agregado en Georgia, Tennessee y Virginia preservará la competencia.

WASHINGTON – El Departamento de Justicia anunció hoy que ha realizado un acuerdo conciliatorio que exigirá que Vulcan Materials Company y Florida Rock Industries Inc. desinvierta ocho canteras que producen agregado grueso en Georgia, Tennessee y Virginia y un corral de distribución en Virginia, a fin de proseguir con su fusión propuesta por un valor de 4.6 miles de millones de dólares. El Departamento indicó que, sin las desinversiones, la adquisición probablemente resultaría en precios más altos para los compradores de agregado grueso en ciertas áreas atendidas por las canteras a ser desinvertidas.

La División Antimonopolio del Departamento presentó hoy una demanda civil antimonopolio hoy en el Tribunal Federal de Distrito en Washington D.C. para frenar la transacción propuesta. Al mismo tiempo, el Departamento presentó una propuesta de decreto por consentimiento que, si es aprobada por el tribunal, resolvería la demanda y las inquietudes del Departamento respecto de la competencia.

"Sin las desinversiones obtenidas por el Departamento, compradores de agregado grueso en partes del área metropolitana de Atlanta, en Columbus, Ga., en Chattanooga, Tenn., y en South Hampton Roads, Va., probablemente tendrían que pagar precios más altos como resultado de esta transacción", dijo Thomas O. Barnett, Secretario de Justicia Auxiliar a cargo de la División Antimonopolios del Departamento. "Las desinversiones asegurarán que estos clientes sigan recibiendo los beneficios de la competencia".

El agregado grueso, un tipo de agregado para la construcción, es piedra triturada producida en canteras o minas. Se lo usa en una variedad de aplicaciones, tales como construcción de caminos y para la producción de hormigón premezclado y asfalto.

El Departamento concluyó que la fusión propuesta habría resultado en precios más altos para el agregado grueso en varias áreas. En el sudeste de Atlanta y el área de South Hampton Roads en Virginia, Vulcan y Florida Rock son las únicas dos empresas que compiten por el suministro de agregado grueso. Las partes son dos de solo tres o cuatro empresas que proveen agregado grueso en Columbus, Ga.; Chattanooga, Tenn., y otras partes del área metropolitana de la gran Atlanta.

Bajo los términos del decreto por consentimiento propuesto, Vulcan y Florida Rock deben desinvertir cuatro canteras de agregado operativas y una cantera en desarrollo en el área metropolitana de Atlanta; una cantera en Columbus, Ga.; una cantera en Chattanooga, Tenn.; y una cantera en Richmond, Va., junto con un corral de distribución asociado en Chesapeake, Va. utilizado por la cantera de Richmond para atender el área de South Hampton Roads. Se adjunta una lista de activos a ser desinvertidos como apéndice. Según el decreto por consentimiento propuesto, la División Antimonopolio del Departamento debe aprobar el comprador de cada uno de los activos de desinversión.

Vulcan, con sede en Birmingham, Ala., es el mayor productor de agregados para la construcción en los Estados Unidos. Produce, distribuye y vende, entre otros productos, agregados para la construcción, hormigón premezclado, asfalto de mezcla en caliente, y revestimiento de asfalto a clientes en 21 estados, el Distrito de Columbia y México. En 2006, Vulcan informó ventas totales de aproximadamente 3 mil millones de dólares.

Florida Rock, con sede en Jacksonville, Fla., produce, distribuye y vende, entre otros productos, agregados para la construcción, hormigón premezclado, hormigón pretensado y cemento en los estados del sudeste y atlántico central. Florida Rock es uno de los proveedores más grandes de los Estados Unidos de agregados para la construcción. En 2006, Florida Rock informó ventas totales de aproximadamente 1.4 mil millones de dólares.

Como lo requiere la Ley Tunney, el decreto por consentimiento propuesto, junto con la declaración de impacto sobre la competencia realizada por el Departamento, será publicado en el Registro Federal. Cualquier persona puede presentar comentarios por escrito relacionados con el decreto propuesto durante un periodo de comentario de 60 días a Maribeth Petrizzi, Chief, Litigation II Section, Antitrust Division, U.S. Department of Justice, 1401 H Street, N.W., Suite 3000, Washington, D.C. 20530. Al finalizar el periodo de comentario de 60 días, el tribunal puede emitir su fallo final sobre este hecho de interés público.

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