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LA CARTA DE DERECHOS

(10 enmiendas a la Constitución de Estados Unidos, añadidas en 1791 para la protección de los derechos de los individuos y los estados)


Enmienda I - El Congreso no aprobará ninguna ley con respecto al establecimiento de religión alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma o que coarte la libertad de palabra o de prensa, o bien, el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y a solicitar del Gobierno la reparación de agravios.

Enmienda II - Siendo necesaria para la seguridad de un Estado libre una Milicia bien organizada, no se coartará el derecho del pueblo a tener y portar armas.

Enmienda III - En tiempos de paz, ningún Soldado será alojado en vivienda alguna sin el consentimiento del Propietario, ni tampoco lo será en tiempos de guerra, salvo en la forma que lo prescriba la ley.

Enmienda IV - No se violará el derecho del pueblo a la seguridad de sus personas, hogares, documentos y pertenencias contra allanamientos e incautaciones irrazonables....

Enmienda V - Ninguna persona será obligada a responder por delito capital o infamante, sino en virtud de denuncia o acusación por un Gran Jurado.... ni podrá persona alguna ser sometida dos veces por el mismo delito a un juicio que pueda ocasionarle la pérdida de la vida o la integridad corporal, ni será compelida en ningún caso criminal a declarar contra sí misma, ni será privada de su vida, de su libertad o de su propiedad sin el debido procedimiento de ley, ni se podrá tomar una propiedad privada para uso público, sin justa compensación.

Enmienda VI - En todas las causas criminales, el acusado gozará del derecho a un juicio expedito y público, ante un jurado imparcial del Estado y distrito en el que haya sido cometido el delito, distrito que será previamente fijado por ley; a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; a carearse con los testigos en su contra; a que se adopten medidas compulsivas para la comparecencia de los testigos que cite a su favor, y a la Asistencia de un Abogado para su defensa.

Enmienda VII - En Litigios de Derecho Común en los que el valor en controversia exceda de veinte dólares, se mantendrá el derecho a juicio por jurado....

Enmienda VIII - No se exigirán fianzas excesivas ni se impondrán multas excesivas, ni castigos crueles e inusitados.

Enmienda IX - La inclusión de ciertos derechos en la Constitución no se interpretará en el sentido de denegar o restringir otros derechos que se haya reservado el pueblo para sí mismo.

Enmienda X - Las facultades que esta Constitución no delegue a Estados Unidos ni prohíba a los Estados, quedan reservadas respectivamente a los Estados o al pueblo.

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