Antecedentes
La Ley de Protección al Consumidor de
Servicios Telefónicos (TCPA, por sus siglas en inglés) y las
normas de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus
siglas en inglés) generalmente prohíben la mayoría de los
anuncios no solicitados por fax. Además, la Ley de Prevención de
Fax Indeseable (Junk) que aprobó el Congreso en 2005 lleva a la
FCC a enmendar sus normas autorizadas conforme la TCPA, con
relación a la publicidad por fax. Las normas que ha revisado la
FCC: (1) codifican una exención a la prohibición de enviar
publicidad no solicitada vía fax cuando existe una relación de
negocios establecida (EBR, por sus siglas en inglés); (2)
definen una EBR para los anuncios publicitarios por fax no
solicitados; (3) piden que el remitente de la publicidad incluya
en el fax la notificación específica e información de la persona
a contactar que le permita al destinatario su “exclusión
voluntaria” para recibir faxes en el futuro; y (4) especifican
las circunstancias para que la solicitud de “exclusión” cumpla
con la ley.
Definiciones
Para entender las normas revisadas,
debe comprender primero el significado de los términos
“publicidad no solicitada” y “relación comercial
establecida”. Como lo definen las normas de la FCC, la
“publicidad no solicitada” es cualquier material que
anuncia la disponibilidad comercial o calidad de
cualquier propiedad, bien o servicio, que se transmite a
cualquier persona sin su previa solicitud o permiso
específico por escrito o por cualquier otro medio”.
También, según lo definen las
normas de la FCC, una “relación comercial establecida” o
EBR es “aquella existente o que ya existía voluntaria y
bilateralmente entre una persona o entidad y una empresa
o abonado residencial con o sin un intercambio de
prestación (pago), con base a una encuesta, solicitud,
compra o transacción por el abonado o negocio con
relación a los productos o servicios que ofrece dicha
persona o entidad, y cuya relación no se ha terminado
previamente por ambas partes”. |
Enmienda a las normas y exención para las
relaciones de negocios establecidas
Las normas establecen que es ilegal enviar
publicidad no solicitada a cualquier máquina de fax, incluyendo
las de negocios y residencias, sin un previa solicitud o permiso
expreso. Sin embargo, se puede enviar publicidad a destinatarios
con los cuales hay una EBR siempre y cuando hayan dado su número
de fax voluntariamente. El remitente específicamente, puede
enviar publicidad por fax a un cliente con una EBR, si además:
-
Obtiene el número de fax directamente del
destinatario, por ejemplo, a través de una solicitud, formulario
de información de contactos o de renovación de una membresía; o
-
Obtiene el número de fax del propio
directorio del destinatario, publicidad o sitio de Internet, a
menos que el destinatario haya indicado en dichos materiales que
no acepta la publicidad no solicitada al número de fax en
cuestión; o
-
Ha tomado las medidas pertinentes para
verificar que el destinatario ha autorizado que su número se
incluya en las listas, si se obtiene de un directorio u otra
fuente de información obtenida por un tercero. Si el remitente tenía una EBR con el
destinatario y tenía su número de fax antes del 9 de julio de
2005 (fecha en la cual se aprobó la Ley de Prevención de Fax
Indeseable), el remitente podrá enviar la publicidad por fax sin
tener que demostrar cómo obtuvo el número.
Si el remitente tenía una EBR con el
destinatario y tenía su número de fax antes del 9 de julio de
2005 (fecha en la cual se aprobó la Ley de Prevención de Fax
Indeseable), el remitente podrá enviar la publicidad por fax sin
tener que demostrar cómo obtuvo el número.
Requisitos para la notificación de exclusión
voluntaria
Los remitentes de publicidad permitida por
fax (enviada por una EBR o con la previa y expresa autorización
del destinatario) deben dar información del contacto o
notificación en el fax que permita a los destinatarios pedir la
exclusión voluntaria para no recibir faxes en el futuro. La
notificación debe:
-
Ser clara, específica y estar ubicada en la
primera página de la publicidad;
-
Establecer que el destinatario puede
solicitar que no se le envíen más faxes y que si no cumple con
esta solicitud en 30 días, viola la ley; e
-
Incluir el número de teléfono, fax y
mecanismo gratuito (incluyendo un número de teléfono sin costo,
número local para los destinatarios locales, número de fax sin
costo, dirección del sitio Web o de correo electrónico) para
pedir la exclusión de su lista para el envío de faxes. Estos
números y mecanismos sin costo deberán permitir que el
consumidor solicite la exclusión las 24 horas del día, los 7
días de la semana. Los remitentes que reciben una solicitud para
que no sigan enviando faxes y la misma cumple con los requisitos
indicados en la siguiente sección deben reconocer dicha solicitud
lo más pronto posible una vez que la reciben sin exceder de 30
días. Tienen prohibido seguir enviando publicidad por fax a menos
que el consumidor dé su previa y expresa autorización para ello.
Los remitentes que reciben una solicitud para
que no sigan enviando faxes y la misma cumple con los requisitos
indicados en la siguiente sección deben reconocer dicha
solicitud lo más pronto posible una vez que la reciben sin
exceder de 30 días. Tienen prohibido seguir enviando publicidad
por fax a menos que el consumidor dé su previa y expresa
autorización para ello.
Solicitudes de los consumidores para su exclusión
voluntaria
Para detener la publicidad indeseada por fax,
las solicitudes para la exclusión voluntaria deben:
-
identificar el número o números de fax
que se relacionan con la solicitud; y
-
enviarse al número telefónico o de fax,
direcctión del sitio Web, o de correo electrónico que se
indica en la publicidad enviada.
Si cambia de opinión sobre la recepción de
anuncios por fax, puede dar su permiso expreso para recibir
faxes de un remitente específico, por escrito o verbalmente.
Emisores de fax
Con frecuencia, los anuncios publicitarios
por fax se envían en paquetes en nombre de un negocio o entidad
por emisores profesionales de fax independientes. Generalmente,
la persona o negocio en nombre de quién se envía un fax o cuya
propiedad, bien o servicio se anuncia es responsable si viola
las normas de fax indeseado, aún si la persona o negocio no
envió físicamente el fax. Un emisor de fax puede también ser
responsable por violar las normas si está “muy implicado” en los
mensajes de fax del remitente, como es el proporcionar los
números de fax a los que envía el mensaje; dar una fuente de
números de fax; hacer representaciones sobre la legalidad de
enviar faxes a esos números, o aconsejando sobre la forma de
cumplir con las normas para faxes indeseados. También, si un
emisor de fax está “muy implicado” en los mensajes de fax del
remitente, el emisor debe proporcionar su nombre en el fax.
Números de fax y el registro nacional "no
llamar"
El registrar el teléfono de una casa en el
registro nacional “no llamar” evita sólo la venta por teléfono
dirigida a ese número, más no la publicidad por fax al teléfono
de su casa o negocio. Para más información sobre las normas de
publicidad por fax, consulte la hoja de datos para el consumidor en http://www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/sp_tcpa.html,
o visite nuestro sitio Web en http://www.fcc.gov/cgb/donotcall/welcomeSpanish.html.
Sin embargo las normas de fax indeseado de la FCC prohíben los
anuncios publicitarios por fax a menos que haya tenido una EBR
con el remitente o le haya dado permiso específico previo para
recibir el fax.
Cómo puede ayudarle la FCC
La FCC puede emitir citaciones de advertencia
e imponer multas contra las compañías que han violado o que se
sospecha han violado las normas de fax indeseado, pero no
reconoce daños individuales. Si ha recibido publicidad por fax
de alguien que no tiene una EBR con usted o que no tiene su
previo y expreso consentimiento, puede presentar una queja con
la FCC. La forma más fácil de hacerlo es ir a los formularios en
línea que se encuentran en el sitio Web de la FCC en
http://www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html;
Se le pedirá que marque el cuadro correcto que lo llevará al
formulario correcto, el formulario 1088A. También puede
presentar su queja con el Centro para el Consumidor por correo
electrónico a fccinfo@fcc.gov;
llamando al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; enviando un fax a 1-866-418-0232; o
escribiendo a:
Federal Communications
Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.
Qué debe incluir en
su queja
La mejor forma de proporcionarle a la
FCC toda la información que necesita para procesar su
queja sobre faxes indeseados es llenando por completo el
formulario 1088 de quejas en línea. Si no usa este
formulario, su queja deberá incluir por lo menos:
-
Su nombre, dirección y número
telefónico donde se le puede localizar;
-
El número telefónico de la casa o
empresa donde recibió el anuncio no solicitado por fax;
-
La fecha y hora en que recibió el
fax;
-
Si el fax anunciaba o vendía alguna
propiedad, bien o servicio;
-
El nombre del remitente, número
telefónico o número de la máquina de fax que envió el
mensaje y si la información se proporcionó en la primera
página o en el margen superior o inferior de cada
página;
-
Cualquier otra información como
sitio Web o dirección de correo electrónico que pueda
ayudar a identificar al remitente o individuo o compañía
cuyas propiedades, bienes o servicios se anunciaban o
vendían;
-
Cualquier número, sitio Web o
dirección de correo electrónico proporcionado para
permitirle la exclusión voluntaria para no recibir faxes
en el futuro;
-
Si usted o alguna otra persona de
su casa le dio permiso al remitente de enviarle un
anuncio por fax;
-
Si usted tiene una EBR con el
remitente (específicamente, si usted o cualquier otra
persona en su casa o negocio compró alguna propiedad,
bien o servicio del remitente o hizo alguna pregunta o
presentó una solicitud con el individuo o la compañía
antes de recibir el fax); y
-
Si usted o alguna otra persona de
su casa o negocio solicitó previamente al remitente, o
individuo o compañía cuyas propiedades, bienes o
servicios se anunciaron o vendieron, que NO le
mandaran faxes y cuándo y cómo (por teléfono, correo
electrónico, o sitio Web) hizo dicha solicitud.
También puede presentar una copia
del fax con su queja, ya sea en forma electrónica, por
fax o correo usando la información de contactos del
Centro para el Consumidor proporcionada arriba. |
Lugares adicionales donde puede acudir para
ayuda
Puede presentar sus quejas relacionadas con
la TCPA con las autoridades estatales, incluyendo la oficina de
protección al consumidor local o del estado o la oficina del
fiscal general. La información sobre los contactos para estas
organizaciones la puede encontrar en las páginas azules o
sección de oficinas de gobierno de su directorio telefónico
local.
Es posible que desee entablar una demanda
privada contra el infractor en un tribunal estatal apropiado.
Mediante una demanda privada, podrá recuperar la pérdida
monetaria real que resultó de la violación a la TCPA o recibir
hasta $500 en daños por cada violación, la cantidad que sea
mayor. El tribunal puede triplicar el valor de los daños para
cada violación si considera que el demandado infringió la ley
con conocimiento o intencionalmente. El presentar una queja con
la FCC no le impide que pueda también interponer una demanda en
el tribunal del estado.
Para más
información
Para más información sobre éste o
cualquier otro tema de telecomunicaciones, visite el
sitio Web de la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del
Consumidor en www.fcc.gov/cgb, o
comuníquese con el Centro para el Consumidor usando la
información proporcionada arriba en la sección de
presentación de quejas. |
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