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Avisos de verificaciones anuales de Medicare: preguntas frecuentes

SSA Publication No. 05-10910 (Medicare Annual Verification Notices: Frequently Asked Questions), January 2008, ICN 478525 (para verlo en PDF Para obtener Adobe Acrobat Reader) – (In English)

 

Contenido

¿Por qué recibí otra carta sobre mi prima de la Parte B de Medicare para el año en curso?

 
¿Cuándo recibiré mi reembolso?
¿Puedo apelar la decisión del Seguro Social acerca del dinero que debo? Si es así, ¿cómo puedo apelarla?
No estoy de acuerdo con la información sobre impuestos que el IRS le dio al Seguro Social. ¿Puedo proveer una copia de mi declaración de impuestos?
Si debo un ajuste relacionado a mi ingreso para el 2007, ¿puedo pagar la cantidad que debo a plazos?
Mi ingreso disminuyó. No tengo que pagar un ajuste relacionado a mi ingreso en el 2008, pero debo un ajuste relacionado a mi ingreso para el 2007. No tengo los medios para pagar este dinero. ¿Pueden exonerar lo que debo?
En noviembre del 2007 recibí un aviso informándome que tenía que pagar una prima de la Parte B de Medicare mayor para el año 2007 basado en mi ingreso del 2005. Sin embargo, me divorcié en noviembre del 2007 y mi ingreso disminuyó. Estamos en febrero del 2008, ¿qué puedo hacer?
Cómo comunicarse con el Seguro Social
 

¿Por qué recibí otra carta sobre mi prima de la Parte B de Medicare para el año en curso?

Recibió otra carta sobre su prima de la Parte B de Medicare para el año en curso porque hubo un cambio en la cantidad de su prima. Aunque el Seguro Social generalmente usa la información que provee el Servicio de Impuestos Internos (IRS, sus siglas en inglés) sobre la modificación del ingreso bruto ajustado (MAGI, sus siglas en inglés) de dos años atrás para decidir si usted debe pagar un ajuste relacionado a su ingreso, a veces tenemos que usar información de tres años atrás. Otras veces, tomamos nuestra decisión basada en la información sobre impuestos que usted nos proveyó. Cada otoño, cuando le pedimos al IRS información para calcular la prima de la Parte B del próximo año, le pedimos información sobre impuestos para verificar los informes de los beneficiarios. También pedimos al IRS la información sobre la MAGI de dos años atrás, si temporalmente usamos la MAGI de tres años atrás. Cuando encontramos una diferencia entre la información del IRS y la información que habíamos usado, y esto causa un cambio en su prima de la Parte B, le avisamos sobre el cambio.

 
 

¿Cuándo recibiré mi reembolso?

Si usted recibió una carta que explica que recibirá un reembolso, debió recibir el reembolso a no más tardar de finales de noviembre. Si no recibió su reembolso para finales de noviembre, por favor llámenos gratis al 1-800-772-1213 o al número de su oficina local del Seguro Social que se encuentra en las páginas azules de su guía telefónica. Si es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

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¿Puedo apelar la decisión del Seguro Social acerca del dinero que debo? Si es así, ¿cómo puedo apelarla?

Sí, usted puede apelar la decisión. Nos puede llamar al 1-800-772-1213 y le enviaremos el formulario SSA-561-U2 («Request for Reconsideration»). Cuando llame, le diremos qué tipo de pruebas debe presentar con su solicitud de apelación. Si necesita ayuda para llenar la solicitud, puede pedir una cita en su oficina local llamando al número que se encuentra en las páginas azules de su guía telefónica. Si es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

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No estoy de acuerdo con la información sobre impuestos que el IRS le dio al Seguro Social. ¿Puedo proveer una copia de mi declaración de impuestos?

Si no está de acuerdo con la información sobre impuestos que nos proveyó el IRS, usted tendrá que probar que tiene información más correcta. Una prueba de información correcta sería:

  • Su declaración de impuestos enmendada junto con una carta del IRS que acepta su declaración enmendada o una transcripción del IRS;
  • Una carta o declaración del IRS que indica que corrigieron su información de impuestos y describe la corrección;
  • La copia de su declaración de impuestos que muestra un error obvio en la transcripción del IRS respecto al ingreso de intereses exento de impuestos; o

Su testimonio bajo pena de perjurio de que no vivió con su cónyuge en ningún momento durante ese año, cuando presentó su declaración de impuestos como casado, presentando por separado.

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Si debo un ajuste relacionado a mi ingreso para el 2007, ¿puedo pagar la cantidad que debo a plazos?

Sí, cualquier persona que deba dinero de su prima e indique que no puede hacer un pago por la cantidad total, puede pagar a plazos. Si desea pagar a plazos, por favor llámenos gratis al 1-800-772-1213 o al número de su oficina local del Seguro Social  que se encuentra en las páginas azules de su guía telefónica. Si es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

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Mi ingreso disminuyó. No tengo que pagar un ajuste relacionado a mi ingreso en el 2008, pero debo un ajuste relacionado a mi ingreso para el 2007. No tengo los medios para pagar este dinero. ¿Pueden exonerar lo que debo?

Usted puede pedir una exoneración del ajuste relacionado a su ingreso, si el pago de las primas le causará dificultad financiera severa. Si desea pedir una exoneración, favor de llamarnos gratis al 1-800-772-1213 o al número de su oficina local del Seguro Social que se encuentra en las páginas azules de su guía telefónica. Si es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

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En noviembre del 2007 recibí un aviso informándome que tenía que pagar una prima de la Parte B de Medicare mayor para el año 2007 basado en mi ingreso del 2005. Sin embargo, me divorcié en noviembre del 2007 y mi ingreso disminuyó. Estamos en febrero del 2008, ¿qué puedo hacer?

Podemos tomar una determinación inicial nueva sobre su prima de la Parte B de Medicare. Generalmente, no  tomamos una determinación inicial nueva para un año anterior. Existe una excepción; podemos tomar una determinación inicial nueva si un hecho o acontecimiento que «cambia la vida» causó la reducción en la modificación del ingreso bruto ajustado en los últimos tres meses del año calendario y recibimos la petición para una determinación inicial nueva a no más tardar del 31 de marzo del año siguiente. Usted necesitará pedir una determinación inicial nueva y mostrar prueba de su divorcio (u otro hecho que «cambia la vida») junto con la información de sus impuestos del 2007. 

Los hechos que cambian la vida incluyen:

  1. Muerte de un cónyuge
  2. Matrimonio
  3. Divorcio o anulación del matrimonio
  4. Reducción de trabajo
  5. Terminación de trabajo
  6. Reducción de ingreso debido a la pérdida de una propiedad que producía ingreso
  7. Reducción o pérdida de ciertos tipos de ingreso por concepto de pensión

Si desea informar uno de los hechos que cambian la vida, por favor llámenos gratis al 1-800-772-1213 o al número de su oficina local del Seguro Social que se encuentra en las páginas azules de su guía telefónica. Si es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

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Cómo comunicarse con el Seguro Social

Para informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol/mediinfo_sp.html, o llámenos gratis al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Para más información sobre la cobertura de la Parte B de Medicare, visite www.medicare.gov o llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227; TTY 1-877-486-2048).

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