Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo

Estudios del Programa de Mediación

Varios estudios del programa de mediación de la EEOC fueron realizados a través de un consorcio de profesores universitarios con experiencia en la evaluación de programas ADR.

El primer informe, titulado Una Evaluación del Programa de Mediación de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (en inglés), examinó el programa desde la perspectiva de las partes querellantes y los que responden, y su satisfacción con el proceso de mediación de la EEOC. El estudio de las partes que participaron en el programa encontró que el proceso es imparcial y neutral, y el 96 % de los que respondieron y el 91% de las partes querellantes indicaron que usarían el proceso de mediación nuevamente si surgiera la oportunidad, aun cuando los resultados de la mediación fueron distintos a lo que ellos habían esperado.

Un estudio posterior, titulado El Programa de Mediación en la EEOC: La Perspectiva de los Mediadores Sobre las Partes, Los Procesos y Resultados (en inglés), es el segundo informe de investigación sobre la evaluación del programa de mediación de la EEOC. Este informe presenta la respuesta del mediador sobre la dinámica del proceso de mediación, incluyendo la conducta que facilita la resolución de la disputa, por qué no se resolvió la disputa, las tácticas del mediador, la conducta que actúa como barrera a una resolución, el papel del asesor legal y otros representantes y los momentos de decisión en una mediación exitosa. El informe también se concentra en las sugerencias del mediador respecto a las mejoras del proceso. El estudio proveyó a la EEOC visiones valiosas e información de línea de base para el desarrollo de entrenamiento de habilidades avanzadas para sus mediadores. Aunque el informe observa que los mediadores de la EEOC usan técnicas de evaluación, como prueba de realidad y cambio de roles, que ayudan a las partes a clarificar posiciones e identificar opciones de resolución, la última resolución descansa en las partes. El mediador no da una opinión o decisión. Para dirigir una percepción de que las partes querellantes pueden beneficiarse a partir de la representación legal, la EEOC proveyó entrenamiento para el mediador sobre “nivelar el campo de juego” y sigue explorando las sociedades con entidades calificadas externas, tales como la ABA y las asociaciones de colegios de abogados locales, para proveer representación pro bono a las partes querellantes y los patronos.

El tercer y más reciente informe se titula Una Investigación de las Razónes para la Falta de Participación del Empleado en el Programa de Mediación de la EEOC (en inglés). El estudio capturó la respuesta de los patronos y sus representantes y las razónes por las que se negaron a mediar un caso particular ante la EEOC. El estudio encontró que la mayoría de los patronos están bien informados sobre el programa de mediación de la EEOC, y la EEOC podría no haber hecho nada diferente para tentarlos a mediar una querella particular. Los patronos se niegan a la mediación porque realizaron su propia investigación interna y creen que la querella específico no tiene mérito o concluyen que la EEOC no emitirá un dictamen razonable. El informe concluye que es la calidad percibida de las querellas y no la calidad percibida del programa de mediación lo que determina si el patrono mediará o no la querella.


Esta página fue modificada por última vez el 11 de Enero de 2005.

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