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October 5, 2008    DOL Home > Compliance Assistance > Guía de Derecho Laboral > Seguridad y salud en las minas
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GUÍA DE DERECHO LABORAL

--> Capítulo: Seguridad y salud en las minas

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Compliance Assistance By Law

DOL Agency Assistance

Actualización: Septiembre de 2005


La Ley Federal de Seguridad y Salubridad Minera de 1977 (Mine Act) (Código de los Estados Unidos §§ 801 y siguientes; Código Federal de Reglamentaciones 30 Partes 1 a 199)

Quiénes cuentan con protección

La Ley Federal de Seguridad y Salubridad Minera (Federal Mine Safety and Health Act) ampara a todos los operadores de las minas y a todos los mineros del territorio de los Estados Unidos, incluido el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes, Samoa, Guam y el Territorio de las Islas del Pacífico. En la Ley de Minería, se define al “operador” de la mina del siguiente modo: “cualquier propietario, arrendatario u otra persona que opere, controle o supervise una mina carbonífera o de cualquier otro tipo, así como también cualquier contratista independiente que preste servicios o realice construcciones en esa mina”. Un “minero” es una persona que trabaja en una mina carbonífera o de otro tipo. En la actualidad, la Ley de Minería ampara a aproximadamente 300,000 mineros y 14,000 minas.

Disposiciones básicas / requisitos

La Ley de Minería exige que la Administración de Seguridad y Salubridad Minera (MSHA) inspeccione todas las minas cada año. Todas las minas subterráneas deben recibir al menos cuatro inspecciones anuales y las operaciones en la superficie deben inspeccionarse al menos dos veces por año. Se prohíbe expresamente a MSHA efectuar una notificación previa acerca de la realización de una inspección, y asimismo se autoriza expresamente a ingresar en la propiedad de la mina sin una orden judicial.

La Ley de Minería solicita o autoriza inspecciones e investigaciones adicionales para garantizar ambientes de trabajo seguros y saludables para los mineros. Por ejemplo, las minas que liberan gran cantidad de gas metano recibirán inspecciones más frecuentes; las minas que se consideren extremadamente peligrosas recibirán inspecciones más frecuentes aún. Además, MSHA debe investigar todos los accidentes fatales y las quejas de los mineros por actos de discriminación basadas en el ejercicio de sus derechos conferidos por la Ley de Minería.

Con el fin de promover el cumplimiento de las disposiciones de la ley y de sus estándares de seguridad y salud, deben citarse todas las infracciones que se encuentren durante las inspecciones e investigaciones. Todas las infracciones están sujetas a multas y deberán corregirse dentro de los plazos establecidos por MSHA.

La Ley de Minería permite que los representantes del operador y de los mineros acompañen a MSHA durante las inspecciones y participen en las charlas previas y  posteriores a la inspección. Si se citan infracciones, las circunstancias que las rodean se discuten durante las charlas posteriores a la inspección.

En caso de que en estas reuniones no se tome ninguna resolución, el operador de la mina podrá apelar la citación y la multa ante la Comisión Revisora de Seguridad y Salubridad Minera (Federal Mine Safety and Health Review Commission), que es una agencia independiente, con la posibilidad de realizar una apelación posterior ante los Tribunales de Apelación de los Estados Unidos.

Además de establecer estándares de seguridad y salud para prevenir condiciones peligrosas e insalubres, las normas de MSHA establecen requisitos para la notificación inmediata de accidentes, lesiones o enfermedades; para los programas de capacitación que cumplen con las exigencias de la Ley de Minería; y para obtener la aprobación de determinados equipos que se utilizan en las minas subterráneas con posible presencia de gas.

Los operadores de las minas deben notificar a MSHA cuando abren o cierran una mina y pueden solicitar la modificación de un estándar de seguridad existente en base a cada uno de los lugares de trabajo. En virtud de la Ley de Minería, MSHA puede aprobar modificaciones únicamente si determina que el método alternativo propuesto garantizará como mínimo las mismas medidas de protección que prevé el estándar existente o bien que la aplicación del estándar de MSHA en la mina provocará una disminución de la seguridad de los mineros.

Derechos de los empleados

El éxito de un programa de seguridad y salud depende de la participación activa y del interés de todos en el lugar de trabajo. Dado que el Congreso desea fomentar un rol activo y responsable de todas las partes en temas relativos a la seguridad y salud minera, la Ley de Seguridad y Salubridad Minera de 1977 otorga derechos a los mineros, a sus representantes y a los postulantes para el trabajo. La cantidad de muertes, lesiones y enfermedades que se producen en el lugar de trabajo pueden disminuir si todas las partes hacen uso de estos derechos.

La Ley confiere a los mineros los siguientes derechos:

  • designar un representante para que acompañe a los inspectores federales durante las inspecciones a la mina;

  • obtener una inspección de la mina cuando existen fundamentos razonables para  creer que existe un peligro inminente o una infracción a la Ley o a un estándar de  seguridad y salud;

  • recibir capacitación sobre seguridad y salud;

  • percibir remuneración durante ciertos períodos en los que la mina o parte de la mina ha sido cerrada debido a una orden de clausura;

  • recibir protección frente a actos de discriminación basados en el ejercicio de sus derechos en virtud de la las disposiciones de la ley; y

  • recibir información y participar en los procedimientos legales y de cumplimiento en virtud de las disposiciones de la ley.

Los representantes de los mineros también tienen derechos específicos conferidos por la ley, además de los derechos conferidos a los mineros en particular. Por otra parte, los postulantes para trabajar en las minas tienen el derecho a no ser discriminados en su contratación debido a que con anterioridad han ejercido derechos conferidos por la ley.

Si un minero, representante de mineros o postulante desea formular una pregunta específica o general sobre los derechos conferidos por la ley, debe contactarse con la oficina de MSHA más cercana. El sitio Web de MSHA cuenta con una lista de las direcciones y números de teléfono de sus oficinas en todo el país.

 

Asistencia disponible para el cumplimiento

MSHA desarrolla programas de capacitación sobre seguridad y salud en colaboración con el sector industrial y laboral, prueba equipamiento de minería nuevo, trabaja con otras agencias para mejorar los programas de investigación sobre seguridad y salud y recopila y analiza la información sobre accidentes, lesiones y enfermedades para poder encarar los graves peligros que se suscitan en los lugares de trabajo en forma más eficaz.

MSHA ha desarrollado folletos, panfletos y tarjetas laminadas de tamaño de bolsillo que indican los peligros reconocidos relativos a la seguridad y la salud y identifica los procesos aceptables de cumplimiento. MSHA distribuye su material para la prevención de accidentes a la industria minera en general o a aquellos sectores de la industria que sufren las lesiones que se mencionan en el material.

El sitio Web de MSHA contiene información sobre asistencia, orientación y consejos útiles para la comunidad de la explotación minera. Por ejemplo, enumera los próximos seminarios dirigidos a operadores de minas y a otros en los que podrán recibir la última información sobre las exigencias de una norma  o bien escuchar soluciones a diversos problemas de seguridad y salud.

A su vez, el sitio Web provee formularios modelo, registros y planes que el operador de minas puede utilizar para cumplir con los requerimientos de MSHA, y de este modo evitar la tarea de crear estos elementos por su cuenta. A través del sitio Web, los operadores pueden presentar diversos informes directamente a MSHA.

La Oficina de Minas Pequeñas (Small Mine Office (SMO)) trabaja estrechamente y en el lugar con los operadores de minas que tienen 5 empleados o menos para desarrollar e implementar programas de salubridad y seguridad adaptados de tal manera que identifiquen y eliminen las condiciones peligrosas en esas minas. La gran variedad de servicios suministrados comprende un análisis del lugar de trabajo concerniente a las condiciones de seguridad y salubridad, asistencia para el desarrollo de un programa escrito sobre dichas condiciones y charlas informativas sobre estos temas para capacitar a los empleados.

El Programa de Alianza permite que las asociaciones comerciales o sociedades profesionales, organizaciones de trabajo, instituciones educativas y otras partes interesadas en la seguridad y salubridad minera colaboren con MSHA para prevenir lesiones y enfermedades en las minas de todo el país. OSHA y la organización celebran un contrato formal con objetivos dirigidos a la capacitación y educación, la difusión y comunicación, la asistencia técnica y a fomentar el diálogo nacional sobre la salud y seguridad en las minas.

La Ley de Minería autoriza un programa de subsidios estatales, con fondos de hasta $7.6 millones anuales, que administra MSHA. MSHA trabaja con los estados para estimular el desarrollo de programas estatales individuales que se centran en problemas identificables de seguridad y salud. Muchos de los estados utilizan los subsidios para educación y capacitación en explotaciones mineras pequeñas que no pueden brindar una capacitación actualizada y eficaz.

La Academia Nacional de Seguridad y Salubridad Mineras de MSHA (Mine Health and Safety Academy), con sede en Beckley, West Virginia, desarrolla y dicta cursos de capacitación en seguridad y salud para sus propios inspectores y para los sectores de la industria y del trabajo. El “Laboratorio de simulación de minas”, ubicado en las instalaciones de la Academia brinda un entrenamiento práctico en operaciones de rescate y recuperación en casos de emergencia que generalmente se producen en las minas.

El Centro de Aprobación y Certificación de MSHA (Approval and Certification Center (A&CC)), ubicado cerca de Wheeling, West Virginia, cuenta con laboratorios, equipamiento y personal para probar equipos que deben ser aprobados antes de su utilización en ciertas áreas de minas subterráneas con posible presencia de gas. A&CC también es responsable de controlar el rendimiento de los productos aprobados para garantizar que cumplen con los estándares en virtud de los cuales fueron aprobados originalmente.

En el sitio Web de MSHA se puede encontrar una variedad de información sobre los programas de MSHA como así también sobre sus estándares actuales y sobre los propuestos. Además, MSHA cuenta con Asesores de elaws que brindan asistencia en la comprensión y aplicación de las normas de MSHA.

MSHA cuenta con una línea de atención telefónica gratuita durante las 24 horas que puede utilizarse para informar accidentes. El número es 1-800-746-1553. MSHA tiene otra línea gratuita para informar condiciones peligrosas. Ese número es 1-800-746-1554 y no es necesario que la persona que llama se identifique. También se puede contactar a la oficina de distrito de MSHA correspondiente.

Puede obtenerse más información sobre MSHA, sus programas y políticas en la Oficina de Informes de MSHA, Room 601, 4015 Wilson Boulevard, Arlington, Virginia, 22203-1984. El número de teléfono es 202-693-9422.

Sanciones

La Ley de Minería estableció una multa máxima de $10,000 por cada infracción cometida por operadores de minas por violaciones encontradas y citadas. Como resultado de la sanción de la Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria (Omnibus Budget Reconciliation Act) de 1990, el máximo se incrementó a $55,000.

Las infracciones menores (infracciones que no se señalan como “significativas o sustanciales”) que se corrigen a la brevedad generalmente se sancionan con una “única multa” de $55. Las infracciones más serias o las infracciones menores que no se corrigen a la brevedad, generalmente se sancionan utilizando una fórmula que incorpora seis criterios, establecida por la Ley de Minería para la determinación de los montos de las multas.

Algunas infracciones son de una naturaleza o gravedad tal que el uso de la fórmula no permitiría la obtención de una multa adecuada. En estos casos, que generalmente presentan víctimas fatales, lesiones graves e incumplimiento injustificado de los estándares, MSHA podrá no utilizar la fórmula y proponer un “cálculo especial”. Al calcular el monto, se revisan los hechos en forma independiente para determinar el monto de la multa que provocará el efecto disuasivo contemplado por la ley. El Título 30, Parte 100 del Código de Reglamentaciones Federales contienen las normas que rigen el proceso civil de multas.

La Ley de Minería también estipula multas civiles contra individuos que cometen infracciones “a sabiendas” y sanciones penales para los operadores de minas que “intencionalmente” violan los estándares de seguridad y salud. MSHA revisa algunas citaciones y dictámenes para detectar posibles infracciones a sabiendas  o intencionales. En general, las infracciones revisadas son aquéllas que involucran situaciones de peligro inminente y un alto grado de negligencia o imprudencia. MSHA inicia y conduce las investigaciones de posibles infracciones intencionales o a sabiendas. Si se encuentran pruebas de infracciones intencionales, el caso se remite al Departamento de Justicia.

Vinculación con otras leyes federales, estatales o locales

La Ley de Minería no le otorga la facultad a MSHA para ceder sus responsabilidades a estados u otras subdivisiones políticas. La Ley de Minería no reemplaza a las leyes estatales de seguridad y salud minera, con excepción de que éstas entren en conflicto con las disposiciones de la Ley de Minería o con las normas de MSHA. Los estados pueden contar con estándares de seguridad y salud más estrictos.

La Guía de Derecho Laboral es un recurso de acceso público. No origina nuevas obligaciones legales ni sustituye al Código de los Estados Unidos, al Registro Federal ni al Código de Reglamentaciones Federales como fuentes oficiales de las leyes aplicables. Se han realizado todos los esfuerzos necesarios a fin de garantizar que la información contenida en el presente documento sea fiel y completa al momento de su publicación y en lo sucesivo. Si desea obtener una versión posterior de esta Guía, visite el sitio www.dol.gov/compliance o llame a nuestra línea de asistencia gratuita: 1-866-4–USA–DOL (1-866-487-2365).

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