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Nuevos números para las víctimas de la violencia doméstica

SSA Publication No. 05-10993 (New Numbers for Domestic Violence Victims) ICN 487104; Octubre 2006 (para verlo en pdf) pdf logo (In English)

 

La violencia doméstica no discrimina. Cualquier persona puede ser víctima de la violencia familiar u hostigamiento, el abuso o situaciones que ponen su vida en peligro. Si usted es una víctima de la violencia familiar, es posible que el Seguro Social pueda ayudarle.

Las campañas de concientización pública enfatizan la importancia de que las víctimas desarrollen un plan de seguridad que incluya recopilar documentos personales y escoger un sitio seguro adonde ir. A veces, la mejor manera de evadir a un abusador y reducir el riesgo de más violencia, es reubicarse y establecer una nueva identidad. Después de estos cambios, es posible que también le ayude obtener un número de Seguro Social nuevo.

Aunque el Seguro Social no asigna números nuevos rutinariamente, lo hacemos cuando la evidencia indica que usted está siendo hostigado o abusado o su vida está en peligro.

Solicitar un número de Seguro Social es una gran decisión. Puede impactar su habilidad de conducir negocios con agencias estatales y federales, empleadores y otras entidades. Esto es porque sus registros financieros, médicos, laborales y más estarán bajo su nombre (si se lo cambia) y número de Seguro Social anteriores. Si espera cambiar su nombre, le recomendamos que lo haga antes de solicitar un nuevo número.

 

Contenido

Cómo solicitar un número nuevo
La evidencia que necesita proveer
Cómo comunicarse con el Seguro Social

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Cómo solicitar un número nuevo

Usted debe solicitar personalmente en cualquier oficina del Seguro Social. Le ayudaremos a escribir una declaración explicando por qué usted necesita un número nuevo y a llenar la solicitud para un recibir un número nuevo.

Usted necesitará presentar:

  • Evidencia que documente el hostigamiento o abuso;
  • Su número de Seguro Social actual;
  • Documentos originales o copias certificadas por el organismo que emitió los originales que establecen su:
    • Estado de ciudadanía y de inmigración;
    • Edad;
    • Identidad; y
    • Evidencia de su cambio legal de nombre, si se lo cambió.

También necesitará documentos que muestren que usted tiene custodia de cualquier niño por cual está solicitando un nuevo número y documentos que comprueben la ciudadanía, edad, e identidad del niño.

Estado de ciudadanía e inmigración

Ciudadanos de los Estados Unidos: Podemos aceptar solamente ciertos documentos como prueba de ciudadanía. Estos incluyen un acta de nacimiento de los Estados Unidos, un informe consular estadounidense de nacimiento, pasaporte, Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

Personas que no son ciudadanas de los Estados Unidos: Para comprobar su estado de inmigración, tiene que mostrarnos el documento de la inmigración estadounidense, I-94, Arrival/Departure Record (en español, Registro de entrada y salida), que se le emitió a usted cuando llegó a los Estados Unidos. Si usted es un estudiante F-1 o M-1, también tiene que mostrarnos su I-20, Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student Status (en español, Certificado de derecho al estado de estudiante que no es ciudadano). Si usted es un J-1 o J-2 visitante de intercambio, debe mostrarnos su DS-2019, Certificate of Eligibility for Exchange Visitor Status (en español, Certificado de derecho al estado de visitante de intercambio).

Edad

Tiene que mostrar su certificado de nacimiento si lo tiene o si lo puede obtener fácilmente. De lo contrario, podemos tomar en cuenta otros documentos emitidos por el Departamento De Seguridad Nacional para comprobar su edad.

Identidad

Podemos aceptar solamente ciertos documentos como prueba de identidad. Un documento aceptable tiene que ser actual (no caducado) y mostrar su nombre, información que lo identifique y preferiblemente una fotografía.

Ciudadanos de los Estados Unidos: El Seguro Social le pedirá que muestre una licencia estadounidense para conducir, una tarjeta de identificación, no de conductor, emitida por el estado o un pasaporte como comprobante de identidad. Si no tiene el documento específico que le pedimos, le pediremos que muestre otros documentos incluyendo:

  • Tarjeta de identificación de empleado;
  • Tarjeta de identificación de la escuela;
  • Documentos de matrimonio;
  • Tarjeta de Seguro de Salud (no de Medicare);
  • Tarjeta de identificación de las fuerzas armadas estadounidenses;
  • Decreto de adopción; o
  • Póliza de Seguro de vida.

Personas que no son ciudadanas: El Seguro Social le pedirá que muestre sus documentos de inmigración de los Estados Unidos. Documentos de inmigración aceptables son:

  • Formulario I-551 (incluye la visa de inmigrante que puede ser leída por una maquina, con su pasaporte extranjero no caducado);
  • I-94 con su pasaporte extranjero no caducado; o
  • Tarjeta de permiso para trabajar, DHS (I-766 o I-688B).

Cambio de nombre

Si usted cambia su nombre legalmente debido a que se casó, divorció, por orden judicial o por alguna otra razón, infórmeselo al Seguro Social para que pueda obtener una tarjeta corregida.  Si está trabajando, también infórmeselo a su empleador.  Si no nos informa sobre un cambio de nombre, es posible que:

  • Se retrase su devolución de impuestos; y
  • Sus salarios no sean anotados correctamente en su registro de Seguro Social, lo cual podría reducir la cantidad de sus beneficios futuros de Seguro Social.

Si necesita cambiar su nombre en su tarjeta de Seguro Social, tiene que mostrarnos un documento emitido recientemente como prueba de su cambio de nombre legal.  Los documentos que el Seguro Social puede aceptar como prueba de un cambio de nombre legal incluyen:

  • Un documento de matrimonio;
  • Un decreto de divorcio;
  • El certificado de naturalización que muestre el nombre nuevo; o
  • Una orden judicial para un cambio de nombre.

Si el documento que usted provea como evidencia de un cambio de nombre legal no muestra suficiente información para identificarlo en nuestros registros o si cambió su nombre legalmente más de dos años atrás, tendrá que proveer documentación adicional al Seguro Social.

Matrimonio, divorcio o anulación: Además de mostrarnos un documento legal como prueba de su matrimonio, divorcio o anulación, tiene que proveer un documento de identidad.  Este documento debe mostrar su nombre anterior al igual que otra información que lo identifique o una fotografía reciente.  (Podemos aceptar un documento caducado como evidencia de su nombre anterior.)

Adopción, naturalización u otro cambio de nombre: Además de mostrarnos un documento legal mostrando su nombre nuevo, tal como una orden judicial, decreto de adopción o certificado de naturalización, tiene que proveernos dos documentos de identidad, incluyendo:

  • Un documento de identificación con su nombre anterior (el cual puede estar caducado); y
  • Un documento con su nombre legal nuevo, el cual debe ser vigente (que no haya caducado).

Ambos documentos deben mostrar información que lo identifique o tener una fotografía reciente.

Ciudadanía: Además, si es ciudadano de los Estados Unidos nacido fuera de los EE.UU. y nuestros registros no muestran que es ciudadano, tendrá que proveer prueba de su ciudadanía estadounidense.  Si no es ciudadano estadounidense, el Seguro Social le pedirá ver sus documentos vigentes de inmigración.

Su tarjeta nueva tendrá el mismo número que su tarjeta anterior, pero mostrará su nombre nuevo.

Todos los documentos tienen que ser originales o copias certificadas por la agencia que las emitió. No podemos aceptar fotocopias o copias notariadas. Podemos usar un documento para dos propósitos. Por ejemplo, podemos usar su pasaporte como comprobante de ambas, su ciudadanía e identidad. O podemos usar su certificado de nacimiento como comprobante de edad y ciudadanía. Sin embargo, debe proveer por lo menos dos documentos individuales.

Le enviaremos por correo su tarjeta y número tan pronto tengamos toda su información y hayamos verificado sus documentos con las agencias que los emitieron.

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La evidencia que necesita proveer

La mejor evidencia de abuso proviene de terceras personas, tales como la policía o personal médico, y describe la naturaleza y la magnitud del hostigamiento, abuso o peligro a su vida. Otra evidencia puede incluir las órdenes de protección de la corte y cartas de refugios, miembros familiares, amigos, consejeros u otros que tienen conocimiento de la violencia doméstica o el abuso. Le ayudaremos a conseguir cualquier evidencia adicional que sea necesaria.

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Cómo comunicarse con el Seguro Social

Para informarse mejor y obtener copias de nuestras publicaciones, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213. (Si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778.) Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes, desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día.

Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante.

Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas.

 

Línea de ayuda nacional
contra la violencia doméstica
1-800-799-SAFE (7233)
(TTY) 1-800-787-3224

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