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Las nuevas reglamentaciones de horas de servicio--2005

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LAS NUEVAS REGLAMENTACIONES DE HORAS DE SERVICIO--2005

Con entrada en vigor el 1 de octubre de 2005, cambia la reglamentación de horas de servicio de las Reglamentaciones Federales de Seguridad de Autotransportistas del Título 49 del Código de Reglamentaciones Federales, Parte 395.

Estas nuevas reglamentaciones proporcionan una mayor oportunidad para que los conductores obtengan el descanso y el sueño restaurador necesarios, y al mismo tiempo reconocen las necesidades empresariales de los conductores y de los autotransportistas.

Estas reglamentaciones sólo proceden para los transportistas y conductores de vehículos de autotransporte de carga. Los transportistas de pasajeros y sus conductores continuarán operando de acuerdo a las reglamentaciones anteriores a 2003 mientras se evalúan los temas específicos del sector de transporte de pasajeros.

REGLAMENTACIONES DE HORAS DE SERVICIO
Reglamentación de 2003
Conductores de vehículos de autotransporte de carga
Cumplimiento hasta 30 sept. 2005
Reglamentación de 2005
Conductores de vehículos de autotransporte de carga
Cumplimiento a partir de 1 oct. 2005
Puede manejar un máximo de 11 horas después de 10 horas consecutivas sin laborar. SIN CAMBIOS
No puede manejar más allá de la catorceava hora de estar laborando, y habiendo tenido previamente 10 horas consecutivas sin laborar. SIN CAMBIOS
No puede manejar después de 60/70 horas de servicio en 7/8 días consecutivos.
  • El conductor puede poner a ceros el periodo de 7/8 días consecutivos después de tomar 34 ó más horas consecutivas sin laborar.
SIN CAMBIOS
Los conductores de vehículos de autotransporte que usan camarote tienen que tomar 10 horas sin laborar, pero pueden separar el tiempo de camarote en dos periodos siempre y cuando ninguno sea menor de dos horas. Los conductores de vehículos de autotransporte que usan la disposición del camarote tienen que tomar por lo menos 8 horas consecutivas en camarote, más 2 horas consecutivas, ya sea en camarote, sin laborar o cualquier combinación de ambos.
Los transportistas y conductores de pasajeros no están sujetos a las nuevas reglamentaciones de horas de servicio. Esas operaciones tienen que continuar cumpliendo con las limitaciones de horas de servicio especificadas en la Parte 395.5 del Título 49 del Código de Reglamentaciones Federales.


Dicho de manera sencilla, la nueva reglamentación significa:

  • Los conductores pueden conducir hasta 11 horas dentro de la ventana de labores de 14 horas después de haber empezado a laborar, tras 10 o más horas consecutivas sin laborar.
  • La ventana de labores de 14 horas no puede extenderse con tiempo sin labores de comidas y paradas para cargar combustible, etcétera.
  • La prohibición de manejar después de estar laborando 60 horas en 7 días consecutivos o 70 horas en 8 días consecutivos, sigue siendo la misma, pero los conductores pueden "reiniciar" el periodo de 7/8 días siempre que el conductor tenga 34 horas consecutivas sin laborar.
  • Los conductores de vehículos de autotransporte que usan la disposición de camarote tienen que tomar por lo menos 8 horas consecutivas en camarote, más 2 horas consecutivas ya sea en camarote, sin laborar o cualquier combinación de ambos.

Disposición de transporte en distancias cortas
Los conductores de vehículos de autotransporte de carga que no están obligados a tener una licencia comercial de conductor para operar y que operan dentro de un radio de 150 millas aéreas del lugar en el cual se reportan normalmente a trabajar:
  • Pueden manejar un máximo de 11 horas después de haber empezado a laborar, a continuación de 10 ó más horas consecutivas sin laborar.
  • No tienen la obligación de llevar registros de condiciones de labores.
  • No pueden manejar más allá de la catorceava hora después de haber empezado a laborar durante 5 días a la semana o después de la dieciseisava hora posteriormente a haber empezado a laborar durante 2 días a la semana.

Los patrones deben:

  • Conservar y retener los registros de tiempo exactos durante un periodo de 6 meses que muestren la hora en que inició y terminó el periodo de labores, y las horas totales laborables de cada día en lugar de los registros de condiciones de labores.
Los conductores que usan la disposición de transporte en distancias cortas descrita anteriormente no pueden utilizar la disposición 395.1(e) o la excepción actual de las 16 horas de 395.1 (o).

Al desarrollar estas reglamentaciones de horas de servicio, la Administración Federal de Seguridad de Autotransportistas (FMCSA) investigó sistemática y extensivamente tanto los estudios sobre salud y fatiga de Estados Unidos como los internacionales y consultó a expertos federales de seguridad y salud. Nuestras carreteras están mejor diseñadas, construidas y mantenidas en la red nacional para proporcionar mayor movilidad, accesibilidad y seguridad a todos los usuarios de carreteras. Los vehículos han mejorado impresionantemente en términos de diseño, construcción, seguridad, comodidad, eficiencia, emisiones, tecnología y ergonomía. Estos factores, combinados con años de investigaciones sobre fatiga y desórdenes de sueño de los conductores, llevaron a la edición de las reglamentaciones de las horas de servicio de los conductores.

La FMCSA continuará trabajando con sus socios y las partes interesadas para asegurar una transición suave hacia las nuevas reglamentaciones. Por favor, únase a nosotros, trabajemos juntos y llevemos a cabo estas nuevas reglamentaciones para el mejoramiento continuo de la seguridad de los autotransportistas. Para mayor información o materiales públicos adicionales, visite el sitio de Internet de la FMCSA en la siguiente dirección: http://www.fmcsa.dot.gov/


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