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Cómo podemos ayudarle si trabaja mientras está incapacitado

SSA Publication No. 05-10995 (Working While Disabled—How We Can Help); January 2008; ICN 487110; (para verlo en pdf) Para obtener Adobe Acrobat Reader(In English)

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Nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay un número de cosas que usted puede hacer por Internet (disponible solamente en inglés).

Además de usar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis, 1-800-772-1213. Podemos contestar preguntas específicas desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m., de lunes a viernes. Ofrecemos información automatizada por teléfono las 24 horas al día. (Puede usar nuestro sistema automatizado de respuestas para decirnos una dirección nueva o pedir una tarjeta de reemplazo de Medicare.)  Si usted es sordo o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle a llevar a cabo sus trámites de Seguro Social. Estos servicios de intérprete están disponibles tanto por teléfono como en las oficinas de Seguro Social. Cuando llame a nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si necesita un intérprete en español y manténgase en la línea hasta que un representante le conteste.

Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. También queremos asegurar que usted reciba un servicio cortés y correcto. Por eso un segundo representante escucha algunas llamadas telefónicas.

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Lo que hay adentro

¿Recibe beneficios por incapacidad? Podemos ayudarle a a ingresar a la fuerza laboral
Un vistazo a los incentivos de trabajo del Seguro Social
Cómo sus ganancias afectan sus beneficios de Seguro Social
Si usted pierde su trabajo
Reglas especiales para trabajadores ciegos
Un vistazo a los incentivos de trabajo de SSI
Cómo sus ganancias afectan sus pagos de SSI
Por cuánto tiempo continuará su protección de Medicaid
Programa de Planificación y Ayuda con los incentivos de trabajo

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¿Recibe beneficios por incapacidad? Podemos ayudarle a ingresar a la fuerza laboral

Si recibe beneficios por incapacidad, tenemos buenas noticias para usted. Los programas de incentivos de trabajo y del Boleto para trabajar del Seguro Social pueden ayudarle si está interesado en trabajar.

Ciertas reglas especiales permiten a las personas que reciben beneficios de Seguro Social por incapacidad o de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés) trabajar y todavía recibir pagos mensuales.

Si no puede continuar trabajando debido a su padecimiento médico, sus beneficios pueden comenzar nuevamente —posiblemente no tenga que presentar una solicitud nueva.

Los incentivos de trabajo incluyen:

  • Continuación de beneficios en efectivo mientras trabaja;
  • Continuación de la cobertura de Medicare o Medicaid mientras trabaja; y
  • Ayuda con su educación, adiestramiento y rehabilitación para comenzar una nuevo oficio o profesión.

Las reglas son diferentes para el Seguro Social y SSI. En diferentes secciones de esta publicación explicamos las reglas de cada programa.

Es importante que nos avise inmediatamente cuando comience o deje de trabajar o si ocurre algún cambio que pueda afectar sus beneficios, sin importar si recibe Seguro Social o SSI.

El programa del Boleto para trabajar también puede ayudarle si usted quisiera ingresar a la fuerza laboral. Usted puede recibir, completamente gratis, rehabilitación vocacional, adiestramiento, referidos de trabajo y otros servicios de apoyo para empleo. Usted no será sometido a revisiones médicas mientras esté usando su boleto.

Puede obtener más información sobre el programa del Boleto para trabajar llamando al teléfono gratis al 1-866-968-7842, (TTY 1-866-833-2967). También puede ver la publicación titulada, Su Boleto para trabajar (publicación número 05-10961).

Para informarse mejor, usted también puede visitar el sitio del Boleto para trabajar en el Internet en www.segurosocial.gov/work (disponible solamente en inglés).

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Un vistazo a los incentivos de trabajo del Seguro Social

Período probatorio de trabajo—El período probatorio de trabajo le permite probar su habilidad para trabajar por lo menos nueve meses. Durante su período probatorio de trabajo, usted recibirá sus beneficios completos de Seguro Social sin importar cuánto gane siempre y cuando informe su actividad laboral y continúe incapacitado. En el 2008, un mes probatorio es cualquier mes en que el total de sus ganancias sea $670 o más o, si trabaja por cuenta propia, usted gane más de $670 (después de descontar gastos) o le dedique más de 80 horas a su negocio. El período probatorio de trabajo continúa hasta que usted haya trabajado nueve meses dentro de un período de 60 meses.

Período de derecho extendido—Después de su período probatorio de trabajo, usted tiene 36 meses durante los cuales puede trabajar y todavía recibir beneficios en cualquier mes que sus ganancias no sean «sustanciales». En el 2008, ganancias de $940 o más ($1,570 si es ciego) se considerarán sustanciales. No se necesita una solicitud o decisión de incapacidad nueva para recibir beneficios de Seguro Social por incapacidad durante este período.

Restitución acelerada—Después que sus beneficios sean suspendidos debido a que sus ganancias son sustanciales, tiene cinco años durante los cuales puede pedir que sus beneficios comiencen inmediatamente si encuentra que no puede continuar trabajando debido a su padecimiento. No tendrá que presentar una solicitud nueva de incapacidad ni tampoco tendrá que esperar que sus beneficios comiencen mientras su padecimiento médico es revisado para confirmar que todavía está incapacitado.

Continuación de Medicare—Si sus beneficios de Seguro Social por incapacidad son suspendidos debido a sus ganancias, pero continúa tarjeta de Medicareincapacitado, la cobertura gratis de la Parte A de Medicare continuará por lo menos 93 meses después del período probatorio de trabajo de nueve meses. Después de esto, usted podrá comprar la cobertura de la Parte A de Medicare, pagando una prima mensual. Si tiene cobertura de la Parte B de Medicare, debe continuar pagando las primas. Si desea terminar su cobertura de la Parte B, debe pedirlo por escrito.

Gastos de trabajo relacionados con su incapacidad—Si usted trabaja, es posible que tenga que pagar por ciertos artículos y servicios que las personas sin incapacidades no pagan. Por ejemplo, debido a su padecimiento médico, es posible que necesite tomar un taxi para ir al trabajo en vez de transportación pública. Posiblemente podamos deducir el costo del taxi de sus ganancias mensuales antes de decidir si usted todavía tiene derecho a beneficios.

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Cómo sus ganancias afectan sus beneficios de Seguro Social

Durante el período probatorio de trabajo, no hay límites en sus ganancias. Por lo regular, durante el período extendido de derecho de 36 meses, usted no puede ganar más de $940 al mes o sus beneficios cesarán. Sin embargo, los gastos de trabajo que tenga como resultado de su incapacidad son deducidos cuando contamos sus ganancias para ver si pueden ayudarle a mantener una cantidad más grande de sus beneficios. Si usted tiene gastos adicionales de trabajo, sus ganancias podrían sobrepasar los $940 antes de que afecten sus beneficios. Esta cantidad de ganancias sustanciales usualmente aumenta cada año.

Deducimos los gastos de trabajo relacionados con su incapacidad de sus ganancias antes de decidir si todavía tiene derecho a beneficios. Estos gastos pueden incluir el costo de cualquier artículo o servicio que necesite para trabajar, aun si el artículo o servicio también es útil para otras actividades del diario vivir. Algunos ejemplos incluyen los medicamentos recetados, transportación de ida y vuelta al trabajo (bajo ciertas condiciones), un asistente personal o entrenador de trabajo, una silla de ruedas o cualquier equipo especializado.

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Si usted pierde su trabajo

Si usted pierde su trabajo durante el período probatorio de trabajo, sus beneficios no serán afectados. Si pierde su trabajo durante el período de derecho extendido de 36 meses, llámenos y sus beneficios serán restituidos siempre y cuando usted continúe incapacitado.

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Reglas especiales para trabajadores ciegos

Hay reglas especiales para las personas ciegas que trabajan mientras reciben beneficios de Seguro Social.

  • En el 2008, usted puede ganar hasta $1,570 al mes antes de que sus ganancias puedan afectar sus beneficios.
  • Si gana demasiado para recibir beneficios por incapacidad, todavía tiene derecho a un «período fijo» de incapacidad. Esto significa que no contaremos esos años en los que usted tuvo pocas o cero ganancias debido a su incapacidad, al calcular sus beneficios futuros.

Esto puede ayudarle porque sus beneficios están basados en sus ganancias más altas durante su vida laboral. Para informarse mejor sobre las reglas especiales para personas ciegas, pida la publicación titulada, Cómo podemos ayudarle si usted es ciego o tiene problemas de visión (publicación número 05-10952).

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Un vistazo a los incentivos de trabajo de SSI

Continuación de beneficios de SSI —Los pagos de SSI se hacen a personas que tienen 65 años de edad, son ciegos o con incapacidades que tienen pocos ingresos o recursos. Si usted trabaja a pesar de su incapacidad, puede continuar recibiendo pagos hasta que sus ganancias, junto con cualquier otro ingreso, excedan los límites de ingreso de SSI. Este límite es diferente en cada estado. Aun si su pago de SSI es suspendido, su cobertura de Medicaid generalmente continuará si sus ganancias son menos que el nivel de su estado.

Restitución acelerada —Si suspendimos sus beneficios debido a sus ganancias y usted no puede trabajar de nuevo debido a su padecimiento médico, puede pedirnos que comencemos sus pagos nuevamente. Usted no tendrá que someter una nueva solicitud por incapacidad si hace el pedido dentro de cinco años después del mes en que sus beneficios cesaron.

Gastos de trabajo relacionados con su incapacidad —Si usted trabaja, es posible que tenga que pagar ciertos artículos y servicios que las personas sin incapacidades no pagan. Por ejemplo, debido a su padecimiento médico, es posible que necesite tomar un taxi para ir al trabajo en vez de transportación pública. Es posible que podamos deducir el costo del taxi de sus ganancias mensuales antes de determinar si todavía tiene derecho a los beneficios.

Plan para lograr la autosuficiencia —Si usted desarrolla un plan para una meta laboral que le ayude a darse de baja de los registros de SSI, cualquier dinero que use para este propósito no se contará cuando calculemos cómo sus ingresos y recursos actuales afectan la cantidad de sus pagos. Para informarse mejor, vea la publicación titulada, Trabajando mientras está incapacitado —Una guía de un plan para lograr la autosuficiencia (publicación número 05-10997).

Estudiantes con incapacidades —No contamos hasta $1,550 de sus ganancias mensuales en el 2008 (un máximo de $6,240 para el 2008) cuando calculamos la cantidad de su pago de SSI si usted es menor de 22 años y va a la escuela o está en un programa de adiestramiento con regularidad.

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Cómo sus ganancias afectan sus pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario

La cantidad de sus pagos de SSI depende de los otros ingresos que usted tenga. Cuando su otro ingreso aumenta, sus pagos de SSI, generalmente, disminuyen. Así es que cuando usted gane más del límite de SSI, sus pagos se suspenderán por esos meses. Sin embargo, sus pagos comienzan automáticamente cualquier mes en que sus ingresos sean menos que el límite de SSI. Simplemente notifíquenos si sus ganancias son reducidas, o si deja de trabajar.

Si su único ingreso además de SSI es el dinero que gana de su trabajo, entonces no contamos los primeros $85 de sus ganancias mensuales. Deducimos 50 centavos de sus pagos de SSI por cada dólar que gane después de la deducción de $85.

Ejemplo: Usted trabajó y ganó $1,000 en un mes. Usted no recibe ningún otro ingreso además de sus ganancias y SSI.

$1,000
- 85
$915 dividido por 2 = $457.50

Deduciremos $457.50 de su pago de SSI.

Es posible que usted tenga derecho a un «plan para lograr la autosuficiencia» el cuál le permite usar su dinero y recursos para una meta específica de trabajo. Estos fondos no cuentan cuando calculamos cómo sus ingresos y recursos actuales afectan la cantidad de su beneficio.

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Por cuánto tiempo continuará su protección de Medicaid

Generalmente, su protección de Medicaid continuará, aun después de que sus pagos de SSI terminen, hasta que su ingreso alcance cierto nivel. Ese nivel varía en cada estado y refleja el costo de cuidado de salud del estado en que vive. (Le podemos decir el nivel de Medicaid para su estado.) Sin embargo, si sus costos de cuidado de salud son más altos que este nivel, puede tener más ingresos y mantener su cobertura de Medicaid. En la mayoría de los estados, para que su cobertura de Medicaid continúe, usted debe:

  • Necesitarla para poder trabajar;
  • No poder costear una protección médica similar sin SSI;
  • Continuar teniendo una condición que lo incapacite; y
  • Cumplir con todos los otros requisitos para el derecho a SSI.

Si tiene derecho a Medicaid bajo estas reglas, revisaremos su caso de vez en cuando para ver si usted aún está incapacitado o ciego y si aún gana menos del nivel permitido por su estado.

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Programa de Planificación y Ayuda con los incentivos de trabajo

El Seguro Social tiene un programa de Planificación y Ayuda con los Incentivos de Trabajo (WIPA, sus siglas en inglés) que le ayudará a contestar preguntas sobre los incentivos de trabajo del Seguro Social y le ayudará a tomar una decisión sobre trabajar.

Hay organizaciones en su comunidad que proveen información y planificación y ayuda con los incentivos de trabajo para las personas que están recibiendo beneficios de Seguro Social o de SSI por incapacidad y que están trabajando o que están considerando trabajar. El coordinador de incentivos de trabajo en su comunidad puede ayudarle a entender cómo el trabajo afecta sus pagos y explicarle qué otros programas de apoyo federal, estatal o municipal existen para las personas con incapacidades que quieren ingresarse en la fuerza laboral.

Para localizar el proyecto de WIPA más cercano a usted, favor de llamar al 1-866-968-7842 (TTY 1-866-833-2967). Usted también puede encontrar un listado con información de contacto en nuestro sitio de Internet www.segurosocial.gov/work/ServiceProviders/WIPADirectory.html (disponible sólo en inglés).

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