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Trabajadores extranjeros y números de Seguro Social

SSA Publication No. 05-10967 (Foreign Workers And Social Security Numbers); January 2006 (para verlo en pdf) Para obtener Adobe Acrobat Reader — (In English)

 

¿Está usted en los Estados Unidos temporalmente para trabajar? Si es así, su empleador le pedirá su número de Seguro Social. Los números de Seguro Social se usan para registrar sus ganancias con el gobierno y para determinar si tiene derecho a los beneficios de Seguro Social. Los números de Seguro Social pueden ser asignados a los trabajadores extranjeros que están autorizados para trabajar en los Estados Unidos.

 
 

Contenido

¿Que necesito hacer para trabajar en los Estados Unidos?
¿Cómo solicito un número de Seguro Social y una tarjeta?
¿Cuánto tiempo se tomará para recibir el número de Seguro Social?
¿Necesito tener mi número antes de empezar a trabajar?
Cómo comunicarse con el Seguro Social

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¿Que necesito hacer para trabajar en los Estados Unidos?

Primeramente, usted debe obtener documentos del Departamento de Seguridad Nacional, (DHS, sus siglas en inglés) que indican su estado de inmigración y su derecho a trabajar mientras está en los Estados Unidos. Luego, usted debe solicitar un número y tarjeta de Seguro Social de la Administración del Seguro Social.

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¿Cómo solicito un número de Seguro Social y una tarjeta?

Usted puede solicitar una tarjeta y número de Seguro Social gratis. Para solicitar un número de Seguro Social:

Estado inmigratorio

Como prueba de su estado inmigratorio en los Estados Unidos, usted tiene que presentar un documento vigente emitido por el gobierno de los Estados Unidos, la I-94, Arrival/Departure Record (en español, Registro de llegada/salida), emitido cuando usted llegó a los Estados Unidos. Si usted es un estudiante con una visa F-1 ó M-1, también necesita mostrarnos su I-20, Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student Status (en español, Certificado de Eligibilidad bajo estado de estudiante quien no es un inmigrante). Si usted tiene una visa J-1 ó J-2 como visitante de intercambio, usted tiene que mostrarnos su DS-2019, Certificate of Eligibility for Exhange Visitor Status (en español, Certificado de eligibilidad como visitante de intercambio).

Derecho a trabajar

Para la mayoría de los trabajadores extranjeros, solamente necesitamos ver su I-94, Arrival/Departure Record (en español, Registro de llegada/salida). Algunos trabajadores extranjeros también tienen que mostrar su permiso de trabajo emitido por el DHS (I-766 o I-688B). Los estudiantes internacionales tienen que producir aún más documentación. Para informarse mejor vea la publicación titulada Estudiantes internacionales y números de Seguro Social (publicación número 05-10971).

Edad

Usted tiene que presentar su certificado de nacimiento si lo tiene consigo o si lo puede obtener con facilidad. Si no lo tiene, podemos tomar en cuenta otros documentos como prueba de su edad tales como su pasaporte o algún documento emitido por el DHS.

Identidad

El Seguro Social le pedirá que muestre sus documentos vigentes de inmigración estadounidense. Los documentos de inmigración que podemos aceptar incluyen su:

  • Formulario I-551 (inclusive su visa de inmigrante que es legible por maquina junto con su pasaporte extranjero vigente);
  • La I-94 con su pasaporte extranjero vigente; o
  • Su tarjeta de permiso de trabajo del DHS (I-766 o I-688B).

Todos los documentos tienen que ser originales o copias certificadas por la agencia que los emitió. No podemos aceptar fotocopias ni copias notariadas de los documentos. Igualmente, no podemos aceptar un recibo que demuestra que usted ha solicitado el documento que se requiere. Es posible que un documento sirva para dos cosas. Por ejemplo, es posible que usemos su permiso de trabajo del DHS como prueba de ambos derecho a trabajar y de identificación. Sin embargo, usted tiene que mostrar por lo menos dos documentos individuales.

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¿Cuánto tiempo se tomará para recibir el número de Seguro Social?

Tenemos que verificar sus documentos con el DHS antes de asignarle un número de Seguro Social. Le asignaremos un número de Seguro Social y le enviaremos por correo su tarjeta, una vez que hayamos recibido verificación del DHS. La mayoría del tiempo podemos verificar los documentos rápido en línea con el DHS. Si no podemos verificar los documentos en línea, existe la posibilidad de que le tome varias semanas al DHS en responder a nuestro pedido. Al presente estamos trabajando en colaboración con el DHS para reducir estas demoras.

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¿Necesito tener mi número antes de empezar a trabajar?

No requerimos que tenga un número de Seguro Social antes de trabajar. Sin embargo el Servicio de Impuestos Internos (IRS, sus siglas en inglés) requiere que los empleadores informen sus ganancias usando el número de Seguro Social. Mientras usted espera por su número de Seguro Social, su empleador puede usar una carta emitida por nosotros declarando que usted ha solicitado un número. Su empleador puede usar sus documentos del DHS como prueba de su autorización para trabajar en los Estados Unidos. Los empleadores pueden informarse mejor visitando el sitio de Internet www.segurosocial.gov/employer/hiring.htm (sólo disponible en inglés).

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Cómo comunicarse con el Seguro Social

Para informarse mejor y obtener copias de nuestras publicaciones, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213. (Si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778.) Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes, desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día.

Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante.

Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas.

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