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Beneficios por defunción

Usted puede encontrar aquí las respuestas a preguntas más frecuentes sobre los beneficios por defunción. Seleccione una pregunta para leer la respuesta.

¿Cómo reporto una defunción?

Para reportar la defunción de alguien que recibe nuestros beneficios, usted puede:

  • Llamarnos gratuitamente al 1 888 767 6738. Si se encuentra en el área de Washington, D.C., llámenos al 202 606 0500.
  • Contáctenos en línea.
  • Escribirnos a:
    U. S. Office of Personnel Management
    Post Office Box 45
    Boyers, PA 16017-0045
    .

También, los oficiales de beneficios puede utilizar el espacio web para reportar la defunción de un empleado y ayudarnos a acelerar los pagos a los miembros de la familia.

Si está reportando la defunción de alguien que recibe nuestros beneficios, por favor provea el nombre completo del fallecido y la fecha de la defunción, así como también el número de reclamo de retiro, si lo sabe, y el número de Seguro Social. Le diremos si hay algún otro beneficio pagable y le enviaremos los formularios necesarios. En muchos casos, podemos comenzar a enviar los pagos mensuales al cónyuge sobreviviente basados en la elección del fallecido que tengamos en archivo.

Como retirado, ¿qué clase de beneficios se le pagarán a mis sobrevivientes?

Los beneficios de sobrevivientes se pagan mensualmente a cualquiera de los siguientes:

  • Su cónyuge, si eligió proveer un beneficio de sobreviviente;
  • Su ex-cónyuge, si eligió proveerle a su ex-cónyuge una pensión anual cuando se retiró o si una orden judicial proveyó el beneficio;
  • Sus hijos. Los beneficios para sus hijos se pagan automáticamente hasta los 18 años de edad; usted no los tiene que elegir.

También se le puede hacer un pago global, el cual constará de los beneficios que haya acumulado desde el día primero del mes hasta el día de su defunción. Generalmente, esos beneficios se le pagan al cónyuge sobreviviente, a menos que usted nos provea una Designación de beneficiario.

¿Cómo mis sobrevivientes solicitarán los beneficios?

En muchos casos, podemos comenzar a enviar los pagos mensuales de beneficio de sobreviviente al cónyuge solamente con una llamada. En todos los casos, le diremos a los sobrevivientes que nos contacten qué beneficios son pagables, le proveeremos los formularios de reclamo necesarios y le proveeremos cualquier ayuda que necesiten para solicitar los beneficios.

¿Cómo reclamo los beneficios de mi seguro de vida familiar?

Si está inscrito a un seguro de vida familiar y un miembro de su familia fallece, puede contactarnos a través de una de las siguientes maneras:

  • Llamarnos gratuitamente al 1 888 767 6738. Si se encuentra en el área de Washington, D.C., llámenos al 202 606 0500.
  • Enviarnos un mensaje al correo electrónico..
  • Escribirnos a:
    U. S. Office of Personnel Management
    Post Office Box 45
    Boyers, PA 16017-0045
    .

Usted puede bajar a través de la Internet el formulario de reclamo necesario e instrucciones, o nos puede contactar y solicitar que se la enviemos.

¿Quién obtiene el beneficio de mi seguro de vida?

Cuando usted fallezca, la Oficina del Seguro de Vida Grupal de Empleados Federales (OFEGLI) pagará sus beneficios de seguro de vida en un orden particular, determinado por la ley.

Si asignó el título de propiedad del seguro de vida, la Oficina del Seguro de Vida Grupal de Empleados Federales (OFEGLI), pagará los beneficios en el siguiente orden de precedencia:

Primero, al (los) beneficiario(s) designado(s) por su cesionario(s), si alguno;

Segundo, si no existe tal beneficiario, a su cesionario(s).

Si usted no asigna su título de propiedad y existe en archivo una orden judicial válida, la Oficina del Seguro de Vida Grupal de Empleados Federales (OFEGLI) pagará los beneficios de acuerdo con esa orden judicial.

Si usted no asigna su título de propiedad y no existe en archivo una orden judicial válida, la Oficina del Seguro de Vida Grupal de Empleados Federales (OFEGLI) pagará los beneficios en el siguiente orden de precedencia:

  1. Al (los) beneficiario(s) que designó;
  2. Si no existe tal beneficiario, a su viudo(a);
  3. Si ninguno de los anteriores, a su hijo(a/os), con la parte de cualquier hijo(a) fallecido distribuida entre los descendientes de ese hijo(a) (usualmente, una corte tiene que asignar un tutor para recibir el pago de un menor de edad);
  4. Si ninguno de los anteriores, a sus padres en partes iguales o la cantidad completa al padre sobreviviente;
  5. Si ninguno de los anteriores, al ejecutor o administrador de su estado;
  6. Si ninguno de los anteriores, a sus parientes más cercanos, determinado bajo la ley de estado en el cual esté residiendo cuando fallezca.

Usted puede bajar a través de la Internet el formulario estándar (SF) 2823, Designación de beneficiario, e instrucciones, o nos puede contactar y solicitar que se lo enviemos.

Necesita tener la dirección del beneficiario designado al día. Si no la mantiene al día, es posible que no podamos localizar al beneficiario y por lo tanto, no le podamos pagar a esa persona. La mejor manera de hacer esto es llenando una nueva Designación de beneficiario cuando la dirección de éste cambie. No se le puede añadir directamente una nueva dirección a la Designación de beneficiario existente, ya que cualquier tachadura, borrón o alteración invalida la misma.

¿Puede mi familia continuar con la póliza de salud aún después de mi defunción?

Si al menos un miembro de su familia recibiera una vez al mes un beneficio de sobreviviente, la inscripción continuará automáticamente después de su defunción y el costo de la misma se le retendrá del pago mensual. Si usted fallece y nadie de su familia recibe un beneficio de sobreviviente, la inscripción de la póliza de salud termina.

¿ Recibirán mis sobrevivientes los aumentos en el costo de vida?

Sí. Actualmente todos los sobrevivientes reciben un ajuste en el costo de vida efectivo cada 1ero de diciembre. Esto se reflejará en el primer pago de enero, el cual es el beneficio de diciembre. Le enviaremos un Informe de ajuste anual mostrándole el aumento en su beneficio.

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